UNIVERSIDAD DE NARIÑO
VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
COMUNICADO No. 001
Para:
FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
Asunto:
Aplicación Ley de Garantías Electorales para el año 2018
La Vicerrectoría Administrativa de la Oficina de Compras y contratación en aras de materializar el principio de planeación, emite la presente circular para dar aplicación a lo contemplado en la ley 996 de 2005 – ley de garantías, el decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), la circular 005 de 2017 de la Procuraduría General de la Nación y la circular externa No. 24 emitida por el órgano rector de la contratación Pública Colombia Compra Eficiente. teniendo en cuenta que entre el 11 de marzo y el 27 de mayo de 2018 se llevará a cabo el proceso electoral para elegir:
- Congreso de la República: 11 de marzo de 2018.
- Presidente y Vicepresidente de la República: primera vuelta 27 de mayo – segunda vuelta 17 de Junio de 2018
Por ende se considera pertinente señalar las generalidades en materia de contratación contempladas en la ley 996 de 2005, estatutaria de garantías electorales, como se detalla a continuación:
- Restricción para celebrar contratos en la modalidad de contratación directa.
Artículo 33. “Durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la contratación directa por parte de todos los entes del Estado.”
En consecuencia a partir del día 27 de enero de 2018 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido hay restricción para celebrar contratos bajo la modalidad de contratación directa, por ende se hace un llamado para aunar esfuerzos con el objetivo de optimizar el resultado en pro de la buena marcha de la administración en aras de evitar consecuencias por la desatención de la disposición legal en mención.
En virtud de lo anterior, exhortamos atender las siguientes recomendaciones:
- La recepción de solicitudes para la contratación directa se deberán radicar en la Oficina de Compras y Contratación hasta el día 19 de Enero de la presente anualidad con sus respectivos soportes dependiendo del bien o servicio a contratar.
- No se establece restricciones para las prórrogas, modificaciones o adiciones y la cesión de los contratos suscritos antes del periodo de la campaña presidencial1COLOMBIA COMPRA EFICIENTE – Circular externa No. 24 de 12 de mayo de 2017. Verificando el sustento técnico, económico y legal.
La oficina de compras y contratación reitera la obligación y el compromiso de velar por el cumplimiento de las disposiciones en materia de contratación contenidas en la Ley de Garantías.
Sin otro particular se suscribe
JAIRO ANTONIO GUERRERO GARCÍA
VICERRECTOR ADMINISTRATIVO