UNIVERSIDAD DE NARIÑO
VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
CIRCULAR No. 007
Para:
DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS, DIRECTORES DE CENTROS, DIRECTORES DE CONVENIOS Y PROYECTOS, JEFES DE DEPENDENCIAS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
De:
VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA
Asunto:
FORMATO REQUERIDO PARA REPORTE Y CERTIFICACIÓN DE PAGOS
La Universidad de Nariño como Entidad del sector público, y conforme a lo dispuesto en los artículos 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la Ley 1150 de 2007 tiene dentro de sus funciones la de verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar.
De igual manera, en atención a lo dispuesto en el artículo 368 del Estatuto Tributario, actúa como agente retenedor y en dicho sentido debe practicar la retención en la fuente cuando haya lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto a retener.
Con base en la normatividad citada, se solicita muy comedidamente, que hasta el día 20 de mayo de los corrientes, cada una de sus dependencias remita, a través de correo electrónico, con destino a la División de Recursos Humanos el formato anexo a esta circular, debidamente diligenciado con la información correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y abril, de todas las personas vinculadas por Orden de Prestación de Servicios de apoyo a la gestión y demás servicios personales prestados (cursos especiales, diplomados, entre otros) en sus respectivas dependencias.
Este formato se debe diligenciar por única vez, ya que a partir del mes de mayo, se registrarán únicamente las novedades través del aplicativo que se encuentra desarrollando el Centro de Informática. En el aplicativo se verá reflejada la información que las unidades hayan diligenciado hasta la fecha. Oportunamente se informará sobre el procedimiento de acceso al mismo.
Sin el reporte de cada unidad, no será posible tramitar las mencionadas cuentas, por lo cual solicitamos su concurso Dara evitar traumatismos en los respectivos pagos.
Gracias por su atención y cumplimiento a lo enunciado.
HUGO RUIZ ERASO
Vicerrector Administrativo