UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 1003
(17 DE AGOSTO)
Por medio de la cual se dan a conocer los resultados de una contracalificación
La Vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía en sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.
Que el Artículo 2º de la Constitución Política establece: “Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.”
Que para el cumplimiento de los fines del Estado es necesario el aprovisionamiento de bienes y servicios por parte de los órganos públicos mediante la contratación.
Que el Artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, garantiza la Autonomía Universitaria y consagra que las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.
Que en virtud del artículo 28 de la ley 30 de 1992, se reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional.
Que mediante el Acuerdo 027 de Mayo 10 de 2018, el Consejo académico de la Universidad de Nariño aprobó los perfiles y autorizó a la Vicerrectoría Académica desarrollar el concurso de méritos con el objeto de vincular docentes tiempo completo y medio tiempo en el año 2018 según el plan de vinculación 2018 – 2020.
Que mediante resolución 857 de junio de 2018, la vicerrectoría académica publicó la lista de aspirantes convocados y no convocados para presentar pruebas de conocimiento en las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo y medio tiempo de la Universidad de Nariño año 2018.
Que en cumplimiento del Artículo 23 del Acuerdo No. 012 de ocho de febrero de 2017, La Vicerrectoría Académica resolverá los recursos en un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente al vencimiento del término para interponer el recurso, en aras de garantizar el debido proceso, el derecho de defensa y el principio de la confianza legítima.
Que mediante escrito de fecha de 06 de agosto de 2018, la persona identificada con C.C. 1.081.594.025, aspirante a la convocatoria 2018-2, presentó en oportunidad recurso de reposición contra la resolución No. 989 de 02 de agosto de 2018, solicitando la contra calificación de la clase magistral.
Que la Vicerrectoría académica concedió recurso de contra calificación de la clase magistral a la persona identificada con C.C. 1.081.594.025, aspirante a la convocatoria 2018-2, en cumplimiento del Artículo 39, parágrafo 2º, el cual fue tramitado conforme lo establecido en su artículo 39, parágrafo 2º literal (a), del Acuerdo No. 012 de febrero de 2017
Que en concordancia con el Acuerdo número 012 de 8 de febrero de 2017, proferido por el Consejo Superior Universitario en su artículo 39, parágrafo 2º designó un nuevo comité de selección y evaluación interno para contracalificar la clase magistral de la aspirante.
Que una vez recibido el resultado de la contracalificación de la clase magistral, es necesario dar a conocer el resultado de la misma.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Dar a conocer el resultado de la prueba de conocimiento de la solicitante incluyendo el valor de la contracalificación de la clase magistral así:
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los 17 días del mes de agosto del año 2018.
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica