UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 874
(5 de junio de 2018)
Por medio de la cual se corrigen errores formales de la Resolución No. 857 de 1 de junio de 2018
La Vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1° de la Resolución No. 857 del 1 de junio de 2018 publicó la lista de aspirantes convocados y no convocados a presentar pruebas de conocimiento en las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo y medio tiempo de la Universidad de Nariño año 2018.Que de la lectura pormenorizada del acto administrativo en mención, se observa la presencia de los siguientes errores formales:Que dentro de la convocatoria No. 2018-36 de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, en el Departamento de Química, Área de Química General del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo y medio tiempo en la Universidad de Nariño año 2018, el día 01 de junio 2018 mediante lista de convocados por error de digitación incluyó un número de cédula errado en el antepenúltimo dígito, en el entendido de que el número que aparece en la lista es 36757121 mientras que la cédula correcta corresponde al número 36757021.
Que en la convocatoria 2018-34 de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas del Departamento de Administración de Empresas, Área Contabilidad general, investigación y costos, por error de transcripción se convocó al aspirante identificado con la cédula número 19227384, cuando en realidad este aspirante se presentó a la convocatoria 2018-35, propuesta por el mismo Departamento en el Área Investigación, impuestos y auditoría.
Que el Artículo número 45 del Código de Procesamiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo consagra que “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”
Que en vista de los errores de digitación y transcripción anotados y con fundamento en las facultades legales establedidas por el Código de Procesamiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, resulta menester corregir los errores formales presentados en la Resolución No. 857 de 1 de junio de 2018, específicamente en la convocatoria 2018-36 y las convocatorias 2018-34 y 2018-35.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
CORREGIR el error de digitación presentado en el Artículo No. 1° de la Resolución No. 857 del 1 de junio del 2018, específicamente en la convocatoria 2018-36 de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, en el Departamento de Química, Área de Química
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, el día cinco (5) del mes de junio de 2018
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica