UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 733
(17 de Octubre)
Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 408 de junio 23 de 2017 sobre resultados finales del concurso para vincular docentes Hora Cátedra periodo B -2017
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No.263A de Septiembre de 2004 emanado del Consejo Académico, se aprobó el reglamento para la realización de concursos para vinculación de profesores Hora Cátedra.
Que mediante Resolución No. 349 se fijan los términos para la publicación de la convocatoria para la vinculación de docentes de hora cátedra para el semestre B de 2017.
Que según Resolución No. 372 de junio 2 de 2017, por la cual se convoca o se declara desiertos los concursos para docentes hora cátedra para el semestre B de 2017.
Que mediante Resolución No. 393 de junio 10 de 2017, se publicaron los resultados parciales de los concursos para proveer los cargos de docentes Hora Cátedra en diferentes áreas y se declaró desierta la convocatoria en la cual no hubo ningún aspirante que obtuviera el puntaje mínimo requerido.
Que los comités de selección procedieron a evaluar las hojas de vida de los aspirantes que obtuvieron un puntaje igual o superior a 150 en el examen de conocimientos y emitieron un resultado en apego al acuerdo 263 A de 2004.
Que mediante Resolución No. 408 de junio 23 de 2017 se publicaron los resultados finales del concurso para vincular docentes Hora Cátedra periodo B -2017, en la que se consolido los resultados de las pruebas de conocimiento y la evaluación de hoja de vida y se dio como ganadora del concurso a la profesional DIANA MARIA GUERRERO.
Que mediante Proposición No. 064 del Comité Curricular de la Facultad de Ciencias Agrícolas en el que proponen aprobar la cancelación del concurso de méritos hora cátedra fundamentando que la docente DIANA MARÍA GUERRERO, no cumplió con el requisito de haber convalidado su título de magíster obtenido en el extranjero
Que no se puede declarar desierto un concurso en el que ya se profirió el acto administrativo de ganadores.
En virtud a lo anterior la Vicerrectoría Académica solicita un concepto jurídico frente este caso ya que la aspirante obtuvo más de 150 puntos en las pruebas de conocimiento y fue declarada ganadora a pesar de que no tenía homologado el título de maestría.
Que de acuerdo a la oficina jurídica emite un concepto en el que solicita un nuevo acto administrativo del comité de selección en el que se corrija las irregularidades del acto administrativo en los que se le asignó 40 puntos por postgrado, dicha corrección se debe encaminar a conceder al aspirante un puntaje de cero (0) puntos por concepto de título de postgrado, una vez se surta la corrección y correspondiente publicación, y si la señora DIANA MARIA GUERRERO cumple con el puntaje mínimo requerido de 150 puntos en examen de conocimiento podrá seguir con el proceso de nombramiento en el cargo y en caso contrario declarar desierta.
Que una se vez emita un nuevo acto administrativo haciendo aclaración del puntaje final de la aspirante DIANA GUERRERO PÉREZ, se debe proceder con su nombramiento condicionado a cumplir con el requisito de convalidación dentro de 2 años siguientes a la posesión (Dto. 1785 de 2014).
Que mediante Proposición No. 082 de la Facultad de Ciencias Agrícolas de octubre 10 de 2017, se modifica el puntaje final del concurso hora cátedra de la profesional DIANA CAROLINA GUERRERO PÉREZ en la que no se reconoce el título de postgrado ya que la aspirante no adjunto la convalidación y según el Acuerdo 263ª en su Artículo No.14 afirma “para la evaluación de la hoja de vida se tendrán en cuenta los siguientes parámetros: Título profesional: 178 puntos Títulos de postgrado: Para asignación de puntos los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar debidamente homologados por el Ministerio de Educación Nacional Especialización relacionada con el área de la convocatoria 20 puntos. Por especializaciones adicionales relacionadas con el área de la convocatoria o en docencia 10 puntos hasta un máximo adicional de 20 puntos Por maestrías relacionadas con el área de la convocatoria 40 puntos. Por maestrías adicionales relacionadas con el área de la convocatoria 20 por cada una, hasta un máximo de 40 puntos”.
Que en virtud de lo anterior;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Modificar la Resolución No. 408 específicamente los resultados de las pruebas de conocimiento y evaluación de hoja de vida de la profesional DIANA CAROLINA GUERRERO del concurso de docente en la modalidad de Hora Cátedra, en los siguientes términos:
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, el 17 de octubre de 2017
JAIME HERNAN CABRERA ERASO
Vicerrector Académico