UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 1068 DE 2019
(17 de julio)
Por la cual se interrumpe el periodo vacacional de algunos funcionarios de la Universidad de Nariño
LA RECTORA ENCARGADA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 0648 del 3 de Mayo de 2019 el Rector de la Universidad de Nariño, concedió vacaciones colectivas para el personal de la Universidad de Nariño conforme a lo dispuesto por las normas estatutarias aplicables a personal docente y administrativo cuando se refieren a quiénes tienen derecho al disfrute de las vacaciones en virtud del tiempo acumulado en la prestación de sus servicios.
Que el artículo 15 del Decreto 1045 de 1978 dispone que el disfrute de las vacaciones se interrumpirá cuando se configure alguna de las siguientes causales: por necesidades del servicio.
Que por necesidades del servicio se debe interrumpir el disfrute de las vacaciones del personal administrativo que así lo solicitó, y que de conformidad con la Resolución 0648 del 3 de mayo de 2019, empieza el día 20 de julio hasta el 18 de agosto de 2019.
Que de conformidad con el artículo 36 del Decreto 1279 de Junio 19 de 2002: “Cuando por necesidades del servicio es necesario aplazar las vacaciones de un docente, el Rector o en quien se delegue dicha facultad, expide una resolución motivada y deja constancia en la hoja de vida del docente”.
Que por necesidades del servicio se aplaza el disfrute de las vacaciones del personal docente que así lo solicitó, y que de conformidad Resolución 0648 del 3 de mayo de 2019, empieza el día 20 de julio hasta el día veintiséis (26) de agosto de 2019.
Que de acuerdo con el artículo 10ª del Decreto 3135 de 1968 se encuentra prohibido compensar las vacaciones en dinero, por lo cual las personas a quienes a través del presente acto administrativo se les interrumpe el disfrute de vacaciones, con posterioridad podrán ejercer su derecho, previo acuerdo con Rectoría en periodos en que no se afecten las labores docentes, administrativas, investigativas y de proyección social de la Universidad de Nariño.
Que mediante oficio CDF-FOA-050 del día diecisiete (17) de julio de 2019, el Docente JUAN CARLOS SALAZAR MONTENEGRO, Director del Departamento de Física, solicita se interrumpa su periodo vacacional, durante los días comprendidos entre el 21 y 27 de julio de 2019
Que mediante oficio DFCA-214 del día quince (15) de julio de 2019, el docente HUGO FERNEY LEONEL, Decano de la Facultad de Ciencias Agrícolas, solicita se aplace su periodo vacacional, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio y 18 de agosto de 2019.
Que mediante oficio radicado el día diecisiete (17) de julio de 2019, la Doctora EDITH MARIELA BURBANO ROSERO, Docente Tiempo Completo adscrita al Departamento de Biología, solicita se interrumpa su periodo vacacional, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio y 2 de agosto de 2019.
Que mediante oficio VAC-ACI-234 del día doce (12) de julio de 2019, el doctor JAIME HERNAN CABRERA ERASO, Director de la División de Autoevaluación, Acreditación y Certificación de la Universidad de Nariño, solicita se aplace su periodo vacacional, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio y 18 de agosto de 2019. Solicita también la interrupción del periodo vacacional del Docente FRANCISCO TORRES MARTINEZ, Representante de los docentes de los programas de acreditación o en proceso del área de ciencias de la salud, exactas y naturales, durante los días comprendidos entre el 22 y el 27 de julio de 2019.
En mérito de lo expuesto y por necesidades del servicio,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Aplazar el disfrute de vacaciones colectivas del año 2019 para los docentes y personal administrativo que se enlistan a continuación de acuerdo con las fechas indicadas, así:
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los diecisiete (17) días del mes de Julio de dos mil diecinueve (2019)
Original Firmado
MARTHA SOFIA GONZALEZ INSUASTI
RECTORA (E)