UNIVERSIDAD DE NARIÑO
DIVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS
CIRCULAR No. 014
PARA:
PERSONAL DE ORDEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
DE:
DIVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS
FECHA:
5 de julio de 2017
ASUNTO:
REPORTE DE INFORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SALUD, PENSIÓN Y ARL.
La Universidad de Nariño como Entidad del sector público, y conforme a lo dispuesto en los artículos 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la Ley 1150 de 2007 tiene dentro de sus funciones la de verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar.
De igual manera, en atención a lo dispuesto en el artículo 368 del Estatuto Tributario, actúa como agente retenedor y en dicho sentido debe practicar la retención en la fuente cuando haya lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto a retener.
A partir del mes de julio, y hasta el día 20 de cada mes, el personal de orden de prestación de servicios de la Universidad deberá reportar la información y la planilla respecto a los aportes al Sistema de Seguridad Social (salud, pensión y ARL) a través del aplicativo disponible en http://apoteca.udenar.edu.co/personal_ops . En el aplicativo se verá reflejada la información que las unidades académicas y administrativas hayan diligenciado y reportado a la División de Recursos Humanos hasta el mes de junio de 2017.
En la pantalla de acceso al aplicativo encontrará un enlace para descargar el instructivo detallado para su manejo.
Sin el reporte de cada unidad, no será posible tramitar las mencionadas cuentas, por lo cual solicitamos su concurso para evitar traumatismos en los respectivos pagos.
Gracias por su atención y cumplimiento a lo enunciado.
CRISTHIAN ALEXANDER PEREIRA OTERO
Director (E) División de Recursos Humanos