UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No. 0137
(13 de febrero de 2018)
Por la cual se suspende actividades académicas y administrativas en la Universidad de Nariño, durante los días veintiséis (26), veintisiete (27) y veintiocho (28) de marzo de 2018
LA RECTORA ENCARGADA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo No. 031 del 15 de Mayo de 2017, proferido por el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño
CONSIDERANDO:
Que mediante artículo 34 del Acuerdo No. 031 del 15 de Mayo de 2017, proferido por el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño, se delega e forma permanente al Rector de la Universidad de Nariño las siguientes funciones: “1. Suspender, mediante resolución rectoral motivada, actividades académicas o administrativas por motivos de orden público, fuerza mayor, caso fortuito, receso de semana santa, época decembrina y mitad de año”.
Que teniendo en cuenta que durante los días veintiséis (26), veintisiete (27) y veintiocho (28) de marzo de 2018, en la Universidad de Nariño la necesidad en la prestación del servicio se torna mínima, se permite realizar receso académico administrativo.
Que la suspensión de actividades es para el personal Docente de Tiempo completo, Empleados de Carrera, Trabajadores oficiales y de Libre nombramiento y remoción, exceptuándose a los Trabajadores del Fondo de Salud, Granjas y Vigilancia.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.
Suspender las actividades académicas y administrativas durante los días veintiséis (26), veintisiete (27) y veintiocho (28) de marzo de 2018, de conformidad con la parte motiva de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.
Exceptuar de lo contemplado en el Artículo 1º del presente acto administrativo al personal autorizado por Rectoría que por sus conocimientos técnicos o por el trabajo que ejecutan no puede reemplazarse a fin que puedan garantizar el normal cumplimiento de las labores que desarrollan y que para el presente caso son: Fondo de Seguridad Social en Salud, Granjas y Sección de Vigilancia.
Parágrafo. Durante el periodo de suspensión de actividades, la Rectoría conjuntamente con los Directores de las dependencias antes indicadas, establecerán el horarios de trabajo.
ARTÍCULO 3º.
Establecer la siguiente jornada laboral, con la finalidad de reponer los días de receso antes mencionados:
De lunes a viernes a partir del día diecinueve (19) de Febrero hasta el día veintitrés (23) de marzo de 2018, en el horario comprendido de 2:00 p.m a 7:00 p.m y la actividad en el horario de la mañana seguirá normal de 8:00 a.m a 12:00 m.
ARTÍCULO 4º.
Informar al personal de docentes tiempo completo, empleados de carrera, trabajadores oficiales y empleados de libre nombramiento y remoción que el reintegro a sus labores docentes y administrativas se hará a partir del dos (02) de Abril de 2018.
ARTÍCULO 5º.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los trece (13) días del mes de Febrero de 2018.
MARTHA SOFÍA GONZALEZ INSUASTI
RECTORA (E)