
ACUERDO 086
(29 de octubre de 2025)
Por medio del cual se expide el reglamento para el proceso de inscripciones, admisiones y matrículas, para el programa de Pregrado Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental, Municipio de La unión, para el Periodo 2025 B.
EL COMITÉ DE ADMISIONES
En uso de sus atribuciones legales, estatutarias y reglamentarias, y
CONSIDERANDO
Que el Estatuto Estudiantil de Pregrado en el Artículo 1, literal d) que establece: “Hasta tanto la Universidad pueda acreditar una prueba de igual o superior calidad que la realizada por el Servicio Nacional de Pruebas, los ingresos estarán derivados exclusivamente de los resultados obtenidos por los inscritos en los Exámenes de Estado, salvo en aquellos Programas que requieran la comprobación de las aptitudes artísticas de los aspirantes, en cuyo caso podrán realizarse adicionalmente pruebas de aptitud.”
Que el Estatuto Estudiantil de Pregrado en su Artículo 10, establece son funciones del Comité de Admisiones: c) (Modificado por Acuerdo No. 030 del 15 de mayo de 2017) Adoptar medidas para dar cumplimiento a lo estipulado en el Literal b) del Artículo 1º de este Estatuto, entre lasque se contemplan: La publicación de la Guía de Admisiones y los calendarios, vigilar el cumplimiento estricto de éstos.
Que mediante Proposición 001 del 04 de noviembre del 2022, el Comité de Admisiones aprobó el procedimiento y reglamentación de la convocatoria de admisiones a partir del periodo 2023 A para los programas de pregrado de la Universidad de Nariño en la sede central y municipios.
Que mediante Acuerdo 023 de 18 de octubre de 2023 se modifica la Proposición 001 del 04 de noviembre de 2022, y se ajustan algunos ítems sobre el proceso de admisión.
Que el Estatuto Estudiantil de Pregrado en su Artículo 10 (son funciones del Comité de Admisiones) literal f) establece “Evaluar permanentemente los resultados de los procesos de inscripción y admisión y hacer conocer sus opiniones o sugerencias a los organismos competentes”.
Que mediante Acuerdo 015 de 01 de abril de 2024 del Consejo Superior de la Universidad de Nariño, en su Artículo 4°, modifica el Artículo 11 del Estatuto Estudiantil de Pregrado, e incluir un Parágrafo, el cual quedará así:




