
VICERRECTORIA DE INVESTIGACIONES E INTERACCIÓN SOCIAL
CIRCULAR 005 DE 2024
24 DE ENERO DE 2024
Por medio de la cual se establecen los criterios requeridos para el trámite de Resoluciones que se surten ante la Unidad de Gestión y Soporte a Proyectos de Investigación e Interacción Social, adscrita a la Vicerrectoría de Investigación e Interacción Social, en concordancia con las circulares dispuestas para efectos de realizar los procesos de anticipos mediante avance, trámites de gasto y vinculación de auxiliares de investigación, tesistas y monitorias.
DE:
VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN E INTERACCIÓN SOCIAL
PARA:
INVESTIGADORES/ PERSONAL ADMINISTRATIVO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
PARA SOLICITUDES DE RESOLUCIONES DE AVANCE
Las solicitudes a ser tramitadas mediante la forma de Resolución de Avance (Diferentes a las reglamentadas en el Acuerdo 050 del 2022) se atenderán conforme a la Resolución 1273 del 2018, esto siempre y cuando el gasto requerido cumpla con alguna de las causales estipuladas en el mismo y este deba ser gestionado mediante esta figura.
Para surtir el proceso de RESOLUCIÓN DE AVANCE, es necesario radicar la siguiente documentación:
- Oficio de solicitud, con los siguientes criterios:
a. Identificación de la necesidad del gasto y el rubro por el cual se solicita.
b. Identificación en el presupuesto oficial aprobado del proyecto, conforme al gasto a realizar.
c. Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
d. Fechas de la ejecución del gasto y/o actividades
e. Valor
f. Otros requerimientos o disposiciones. - Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
- Paz y Salvo (La fecha de Certificación debe ser la misma en la que se realiza el oficio de solicitud).
- Plan de Pagos.
- Cedula de ciudadanía del Beneficiario.
- RUT del Beneficiario.
- Cuenta Bancaria del Beneficiario.
- Cotizaciones y/o soportes adicionales que sustenten la necesidad del gasto.
Original firmado
WILLIAM BALLESTEROS POSSÚ
Vicerrector de Investigación e Interacción Social Universidad de Nariño