UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 0637
(23 de septiembre)
Por medio de la cual se resuelve recursos de reposición en contra de la Resolución No. 0590 del 13 de septiembre de 2019, que publicó los resultados consolidados de pruebas de conocimiento, la lista de elegibles y declaró desiertas las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019.
La vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía en sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.
El artículo 2º de la Constitución Política establece: “Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”.
Para el cumplimiento de los fines del Estado es necesario el aprovisionamiento de bienes y servicios por parte de los órganos públicos mediante la contratación.
El artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, garantiza la Autonomía Universitaria y consagra que las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.
En virtud del artículo 28 de la ley 30 de 1992, se reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional.
Que la Ley 30 de 1992, establece que la incorporación de los docentes de tiempo completo y medio a las Universidades Estatales u Oficiales, se realizará mediante concurso público de méritos cuya reglamentación está en cabeza del Consejo Superior Universitario.
Que la Vicerrectoría Académica, previa revisión del Comité Asesor, propuso al Consejo Académico la apertura de la convocatoria y este a su vez aprobó los requisitos de cada convocatoria y mediante Acuerdo 035 de 2019 dio apertura al concurso de méritos, conforme a los artículos 12 y 13 del Acuerdo 012 de 2017.
Que mediante Resolución No. 0538 de 28 de agosto de 2019, la Vicerrectoría Académica resolvió los recursos de reposición en contra de la Resolución No. 0457 del 15 de julio de 2019, por medio del cual se publicó la lista de aspirantes convocados y no convocados para presentar pruebas de conocimiento en las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019.
Que una vez resueltos los recursos de reposición, mediante Resolución 0590 del 13 de septiembre de 2019, se publicó los resultados consolidados de pruebas de conocimiento, la lista de elegibles y declaró desiertas las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019.
Que el cronograma del concurso señalado por el Acuerdo 035 de 2019 dispuso para la recepción de recursos de reposición al correo concursotc@udenar.edu.co desde el lunes 16 al miércoles 18 de septiembre hasta las 6:00 pm. Considera el Despacho que el anterior término se encuentra cumplido por todos los recurrentes, razón por la cual es procedente entrar a analizarlos y resolverlos así:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
PUBLICAR los resultados de las pruebas de conocimiento realizadas por los distintos aspirantes habilitados para los concursos de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019, cuyos puntajes
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los 23 días del mes de septiembre de año 2019
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica