
RESOLUCIÓN NÚMERO 008
(8 de abril de 2024)
Por la cual se revoca el proceso electoral de representante estudiantil al Consejo de Facultad Ciencias de la Salud, para el periodo 2024-2026 (2 años), contenido en la Resolución No. 004 del 22 de marzo de 2024.
LA DECANA (E) DE LA FACULTAD CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO,
En uso de sus atribuciones reglamentarias y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 004 de 2024 “Por la cual se declara la vacancia absoluta de las elecciones de Representante Estudiantil a Consejo de Facultad Ciencias de la Salud conforme a la Resolución 001 de 26 de enero de 2024, y que como consecuencia termina el proceso electoral referenciado y abre un nuevo proceso electoral para elegir representante estudiantil ante el Consejo de Facultad Ciencias de la Salud.” Se convocó al proceso electoral estudiantil a los estudiantes adscritos a la Facultad de Ciencias de la Salud.
Que en el desarrollo del proceso electoral citado anteriormente, se identificó inconsistencias en el acto administrativo promulgado, en su contenido debido a que, la fecha de instalación del comité electoral y de expedición de la Resolución que convocó al proceso electoral no se ajustaban a la fecha de apertura del mismo, ni guardaban correspondencia con la realidad del asunto.
Que además se encontró que la publicación de la Resolución No. 004 de 2024 en la página web de la Universidad de Nariño dispuesta para las elecciones democráticas se realizó de forma tardía, irrumpiendo el normal curso del proceso electoral y vulnerando los principios de publicidad, debido proceso e igualdad de los administrados.
Que, en adición a lo anterior, el proceso electoral que inició con la Resolución No. 006 de 2024 no constituyó nuevo Comité Electoral para las elecciones de representante profesoral, generando dicha omisión una grave afectación del proceso, pues este órgano colegiado se encarga de garantizar el normal curso del proceso electoral en el marco de los principios de imparcialidad, transparencia, participación democrática, con observancia de las condiciones de igualdad para todos los candidatos, en virtud de las garantías electorales que rigen los procesos democráticos al interior de la Universidad de Nariño.
Que, considerando las situaciones mencionadas la Decana encargada de la Facultad Ciencias de la Salud procederá a revocar el acto administrativo contenido en la Resolución No. 004 de 2024, en virtud del artículo 93 de la Ley 1437 de 2011, el cual en su tenor literal consagra: “Art. 93: CAUSALES DE REVOCACIÓN. Los actos administrativos deberán ser revocados por las mismas autoridades que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores jerárquicos o funcionales, de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes casos:
1. Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley.
2. Cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él.” Que, en mérito de lo expuesto;
R E S U E L V E
Artículo 1º.
REVOCAR el proceso electoral consagrado en la Resolución No. 004 de 2024 proferida por la Decanatura de la Facultad Ciencias de la Salud, que convocó a la elección de representantes estudiantiles al Consejo de la Facultad Ciencias de la Salud.
Artículo 2º.
INFÓRMESE de la presente al Ingeniero OSCAR ANDRES BASANTE CASTRO, en calidad de Director del Centro de Informática – Sección Sistemas de Información o a quien haga sus veces, para que realice lo de su cargo en coordinación con las dependencias pertinentes.
Artículo 3º.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 4º.
Contra la presente resolución no procede ningún recurso, conforme a lo previsto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los ocho (8) días del mes de abril de 2024.
Original Firmado
MARTHA ISABEL URDANIVIA
Decana encargada (E)
Original Firmado
ANDREA CORAL GONZÁLEZ
Secretaria Académica (E)