UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 0590 DE 2019
(13 de septiembre)
Por medio del cual se dan a conocer los resultados consolidados de pruebas de conocimiento, se establece la lista de elegibles y se declaran desiertas las convocatorias del concurso de méritos para vincular docentes de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019.
La Vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo 074 del 1 de diciembre de 2017, el Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño aprobó el Plan de Vinculación Docente 2018-2020, en atención a la propuesta elaborada por la Administración Central y presentada a través del Consejo Académico.
Que en el presupuesto de la vigencia 2019, se encuentran incorporados los recursos financieros para cubrir los costos del Plan de Vinculación aprobado por el Consejo Superior.
Que mediante Acuerdo 035 de junio 11 de 2019, el Consejo Académico de la Universidad de Nariño aprobó los perfiles y autorizó a la Vicerrectoría académica para desarrollar el concurso de méritos con el objeto de vincular docentes tiempo completo y medio tiempo, según el plan de vinculación 2018-2020.
Que la convocatoria aprobada por el Consejo Académico se abrió oficialmente el día 16 de junio de 2019, dando a la misma suficiente difusión en cumplimiento de los Artículos 14 y 15 del Acuerdo 012 de 8 de febrero de 2017.
Que en aplicación del reglamento de vinculación docente proferido mediante Acuerdo 012 de 8 de febrero de 2017, se cumplieron por parte de la Vicerrectoría Académica todos los procesos relacionados entre los artículos 1 a 36 y capítulos I, II, III y IV, correspondiente a todos los procesos formales del Concurso para Docentes de Tiempo Completo y Medio Tiempo.
Que los distintos comités de selección y evaluación constituidos en cada Departamento con el aval de la Vicerrectoría Académica, desarrollaron los procesos relacionados con la revisión de hojas de vida de todos los inscritos e informaron formalmente los resultados para que se procediera a convocar a la presentación de las pruebas de conocimiento a los aspirantes que cumplieron con los requisitos habilitantes.
Que la Vicerrectora Académica en cumplimiento del Acuerdo 012 de 2017, seleccionó a través de invitación pública a Universidades Acreditadas en Alta Calidad para la elaboración de las pruebas de conocimiento y recibió de ellas tanto los exámenes como las evaluaciones de las pruebas escritas y proyectos de investigación, haciendo uso de los protocolos establecidos para tal fin.
Que una vez recibidos los resultados de las pruebas escritas, proyectos de investigación, idioma extranjero y clase magistral, la Vicerrectora Académica consolidó la información correspondiente y autorizó a los comités de selección para evaluar la hoja de vida de los aspirantes que superaron las pruebas de conocimiento por haber obtenido un puntaje igual o superior a 35 puntos sobre 50.
Que los distintos comités de selección constituidos en cada Departamento con el aval de la Vicerrectoría Académica, desarrollaron los procesos relacionados con la revisión de hojas de vida de los aspirantes que obtuvieron el puntaje requerido en las pruebas de conocimiento en aplicación del Acuerdo 012 de 2017, e informaron los resultados a la Vicerrectoría Académica.
Que en aplicación del artículo 36 del Acuerdo 012 de 2017, la Vicerrectoría Académica procedió a realizar el cálculo de la calificación de las hojas de vida de cada concurso, otorgando 50 puntos al aspirante que obtuvo la mayor valoración y aplicando una regla de tres simple para los demás aspirantes.
Que el artículo 38 del Acuerdo 012 de 2017, establece que “La Vicerrectoría Académica mediante resolución, publicará los resultados consolidados, sumando los puntajes obtenidos en la evaluación de las hojas de vida y la prueba de conocimientos. Con estos resultados se elaborará una lista de elegibles en estricto orden descendente de puntaje. Se declarará ganador al aspirante que ocupe el primer lugar en la lista de elegibles. La resolución se publicará en la página web oficial de la Universidad de Nariño”.
Que a su turno, el artículo 39 de la norma en comento, prevé que contra la resolución que conforma la lista de elegibles podrá interponerse el recurso de reposición dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su publicación y de apelación en segunda instancia ante el Rector dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la respuesta del recurso de reposición.
Que en consecuencia de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
PUBLICAR los resultados de las pruebas de conocimiento realizadas por los distintos aspirantes habilitados para los concursos de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2019, cuyos puntajes
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los 13 días del mes de septiembre del año 2019.
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica