
Resolución No. 026
(17 de enero de 2025)
Por la cual se fijan los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para los GRADOS
SEGUNDO y OCTAVO del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo
2025
LA VICERRECTORIA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias
CONSIDERANDO:
Que, según la Constitución Política de Colombia, la educación es un derecho fundamental y un servicio que cumple una función social a cargo del Estado, la Sociedad y la Familia, la cual es obligatoria y comprende como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.
Que es necesario garantizar la transparencia, la igualdad de oportunidades y la equidad en los procesos de admisión para el ingreso al Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, con base en los principios Liceístas establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Que es necesario establecer procesos claros de asignación de cupos y matrículas que permitan optimizar el acceso al servicio educativo en condiciones de eficiencia y equidad, teniendo en cuenta la alta demanda de cupos que presenta la Institución.
Que luego de culminar el año lectivo y una vez realizados los procesos de evaluación se presentan cupos disponibles para los grados octavo y décimo con el objeto de completar el número de estudiantes establecido a nivel institucional.
Que la Resolución 1852 del 31 de mayo de 2024 de la Secretaría de Educación de Pasto establece el proceso de gestión de la cobertura educativa para el año 2025
Que el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño reconocido históricamente para realizar la oferta educativa de calidad, contempla un plan de estudios para todos los grados que propende por la formación integral de los estudiantes, conformado por áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales que corresponden al 80% y grupos de áreas, asignaturas o proyectos que ha seleccionado la Institución para el logro de los objetivos del Proyecto Educativo Liceísta que corresponden al 20% y que deben cumplirlo todos indistintamente.
Que mediante Proposición No. 001 de 2025, el Director del Liceo de la Universidad de Nariño, presenta los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para los GRADOS SEGUNDO y OCTAVO del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2025.
Que mediante Acuerdo No. 300 del 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a la Vicerrectoría Académica para expedir los actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que el calendario, procesos y asignación de cupos se analizaron según los criterios establecidos a nivel institucional, de acuerdo con el número de estudiantes matriculados en el año 2024 y la proyección del número de alumnos para el siguiente año lectivo.
Que los procesos de admisión de estudiantes para cubrir los cupos disponibles por retiro o no aprobación del año escolar deben obedecer a criterios de transparencia, equidad, oportunidad y en razón del cumplimiento de méritos académicos para todos los aspirantes que deseen continuar su formación básica y media en el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño.
Que para el año escolar 2025, el procedimiento de admisiones para los grados segundo y octavo se realizará con base a méritos académicos demostrados en valoraciones de todas las asignaturas iguales o superiores a 4.2 (Nivel Alto según la escala de valoración Institucional), así como una valoración de comportamiento o disciplina no menor a 4.2 (Nivel Alto según la escala de valoración Institucional). Además, se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Institución y contemplados en la presente Resolución.
Que la Vicerrectoría Académica, en consecuencia;
RESUELVE:
ARTICULO 1º.
Aprobar los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para el GRADO DE TRANSICIÓN del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2025, de la siguiente manera:
Aprobar los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para los GRADOS SEGUNDO y OCTAVO del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2025, de la siguiente manera:
Asignar cuarenta (40) cupos para estudiantes nuevos en el GRADO SEGUNDO y veintiún (21) cupos para estudiantes nuevos en el GRADO OCTAVO, teniendo en cuenta los méritos académicos y de comportamiento o disciplina, verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Institución y contemplados en la presente proposición.
ARTICULO 2º.
Establecer el siguiente procedimiento para inscripciones y asignación de cupos para los GRADOS SEGUNDO y OCTAVO así:
a) Las inscripciones para los GRADOS SEGUNDO y OCTAVO se realizarán únicamente el día lunes 20 de enero de 2025 a través de la página web https://www.udenar.edu.co/, en el horario de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
b) El procedimiento a seguir para los alumnos nuevos que aspiran ingresar a los GRADOS SEGUNDO Y OCTAVO es el siguiente:
- Los aspirantes deben inscribirse en la fecha señalada registrando con veracidad los datos exigidos para la inscripción, a través de la página web de la Universidad de Nariño y adjuntando la documentación solicitada.
- La Universidad de Nariño publicará en su página web institucional, los listados de los inscritos que cumplen con los requisitos exigidos.
- Los padres de familia del aspirante presentarán la documentación completa en las fechas señaladas, con el fin de verificar que la información subida a la página corresponda con lo exigido por la Institución.
- Los cupos se asignarán de acuerdo con los promedios obtenidos en todo el año escolar, en forma ordenada de mayor a menor.
c) Los aspirantes deben presentar certificado de disciplina, comportamiento o convivencia final de la Institución de donde proceden. No se aceptarán aspirantes que a la fecha de inscripción presenten valoración en disciplina, comportamiento o convivencia menor a 4.2 (Nivel Alto según la escala de valoración Institucional).
d) Los aspirantes deben presentar certificado de notas y/o boletín final del año lectivo 2024 de la Institución de procedencia. No se aceptarán aspirantes que a la fecha de inscripción presenten valoraciones inferiores a 4.2 en cualquiera de las áreas correspondientes al plan de estudios cursado en la institución de procedencia.
e) Aquellos certificados o boletines cuyas valoraciones de las áreas sean expedidas de manera cualitativa, los padres de familia deberán solicitar en la respectiva institución la conversión de las notas a la escala cuantitativa (numérica)
PARÁGRAFO: Abstenerse de realizar la inscripción en caso de no cumplimiento de los anteriores requisitos.
f) A los aspirantes que obtengan el cupo, se hará una revisión exhaustiva de los criterios de cumplimiento establecidos en esta proposición, con el fin de verificar la información y poder seguir con el proceso de matrícula.
g) A los aspirantes a quienes se les haya asignado el cupo y posteriormente se les compruebe falsedad en la información presentada durante el proceso de inscripción, matrícula o a posteriori, o alteración en la documentación, o presentación incompleta de la misma, se les cancelará el cupo.
ARTICULO 3º.
Convocar a los aspirantes que deseen ingresar a los GRADOS SEGUNDO y OCTAVO en el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, de acuerdo con el siguiente cronograma:
N° | ACTIVIDAD | FECHA |
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1 | INSCRIPCIONES:
Únicamente a través de la página web de la Universidad de Nariño https://www.udenar.edu.co/ Para la inscripción deberá adjuntar los siguientes documentos en el link correspondiente:
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Lunes 20 de enero de 2025 (Único día.) 9:00 a.m. a 4:00 p.m. |
2 | PUBLICACIÓN DE LISTADO DE ASPIRANTES ADMITIDOS:
A través de la página web de la Universidad de Nariño Nota: A los aspirantes que salgan favorecidos con el cupo, se hará una revisión exhaustiva de los criterios de cumplimiento establecidos en esta proposición, con el fin de verificar la información y poder seguir con el proceso de matrícula. |
Viernes 24 de enero 2025 a partir de las 5:00 p.m.
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3 | REUNIÓN CON PADRES DE FAMILIA DE LOS ASPIRANTES, ADMITIDOS, RECEPCIÓN, VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PARA LA MATRÍCULA.
Lugar: Liceo de la Universidad de Nariño en el Auditorio Miguel Guaitarilla. DOCUMENTOS A ENTREGAR el lunes 28 de enero de 2025: |
Martes 28 de enero de 2025 a las 3:30 p.m. |
4 | CONSULTA E IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS PARA LA MATRÍCULA
A través de Plataforma SAPIENS y Página Web del Colegio. Se debe diligenciar: El Contrato Escolar, la Tarjeta de Matrícula, realizar en la plataforma SAPIENS la Matrícula On line, y gestionarla documentación relacionada en el Instructivo |
29 y 30 enero de 2025, desde 9:00 a.m |
5 | MATRÍCULAS
Lugar: Liceo de la Universidad de Nariño en el Auditorio Miguel Guaitarilla. Presentar el viernes 31 de enero de 2025 los siguientes documentos: a) El Contrato Escolar, la Tarjeta de Matrícula y la NOTA: Durante el proceso de inscripción no se recibirá |
Viernes 31 de enero de 2025 a las 8:00 a.m |
OBSERVACIONES PARA TENER EN CUENTA:
Información adicional sobre el proceso comunicarse al Liceo Integrado de la Universidad de Nariño teléfono 7244309 ext. 2750 Celular 3162379521 – 3164658141 |
ARTICULO 4º.
Las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales durante el proceso de inscripción y asignación de cupos para los GRADOS SEGUNDO y OCTAVO están obligadas a garantizar la reserva de la información, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario 1377 de 2013 o las normas que lo modifiquen, sustituyan o compilen.
ARTICULO 5º.
Liceo de la Universidad de Nariño, Vicerrectoría Académica, Sección de Sistemas de Información, Centro de Comunicaciones y Control Interno, anotarán lo de su cargo.
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los diecisiete (17) días del mes de enero de 2025.
GIRALDO JAVIER GÓMEZ GUERRA
Vicerrector Académico