
CIRCULAR CAP 003
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
San Juan de Pasto, 15 de octubre de 2024.
PARA:
Docentes Tiempo Completo
DE:
Comité de Asignación de Puntaje – Vicerrectoría Académica
Asunto:
Convocatoria recepción de productividad académica para reconocimiento de puntos bonificación, periodo B2024
El Comité de Asignación de Puntaje, se permite informar que estará recibiendo solicitudes de evaluación periódica de Productividad Académica para Puntos Bonificación, únicamente entre el 16 al 22 de octubre de 2024.
El registro de la solicitud debe realizarse a través de la plataforma Sapiens, módulo de asignación de puntaje, bonificación.
La Productividad Académica que se puede evaluar para el reconocimiento de puntos bonificación está regulada por el Artículo 20 del Decreto 1279 de 2002, siempre y cuando se evidencien los créditos a la Universidad de Nariño, Artículo 15 del Decreto 1279 de 2002.
MODALIDADES DE PRODUCTIVIDAD ACADÉMICA PARA PUNTOS BONIFICACION. Decreto 1279 de 2002, Artículo 20.
- Poster y/o Ponencias.
- Publicaciones Impresas Universitarias.
- Dirección de Tesis.
- Estudios Postdoctorales.
- Obras Artísticas.
- Producción de Videos.
- Reseñas críticas o traducciones.
IMPORTANTE
- La productividad académica para reconocimiento de puntos bonificación tiene un tope anual por categoría, establecido en el Decreto 1279 de 2002, por favor revisar los reconocimientos aprobados en la convocatoria del mes de abril 2024.
- Los Docentes que presenten solicitudes deberán regirse por las estipulaciones dadas en el Decreto 1279 de 2002, Acuerdo N° 102 de 2002, Acuerdo N° 123 de 2007 y Acuerdo N° 011 de 2008 emanados del Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño.
- Para los Docentes Tiempo Completo que se encuentren en comisión de estudios es posible reconocer puntos por la productividad académica desarrollada durante ese mismo periodo, siempre y cuando dicha productividad no sea requisito para optar el título, presentar certificación personal.
- Se solicita comedidamente revisar la productividad por la cual ya han recibido reconocimiento, así como las restricciones establecidas por el Decreto 1279 de 2002.
- Las solicitudes que no cumplan con los requisitos o no estén acompañadas de los debidos soportes no serán tenidas en cuenta, ni tramitadas.
Gracias por su atención y gestión.
Original firmado
GIRALDO JAVIER GÓMEZ GUERRA
Vicerrector Académico