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Oficina de Control, Registro Académico y Admisiones - OCARA

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Procedimiento y reglamentación de Admisiones A 2024

Antes de iniciar el proceso de inscripción, verifique los requisitos de inscripción y la reglamentación del proceso que se describen a continuación:

Requisitos aceptados para la inscripción

Para el desarrollo del proceso de admisión del periodo A del año 2024, la Universidad de Nariño se regirá por lo establecido en el Estatuto Estudiantil de Pregrado en el Artículo 1, literal d) que establece: “Hasta tanto la Universidad pueda acreditar una prueba de igual o superior calidad que la realizada por el Servicio Nacional de Pruebas, los ingresos estarán derivados exclusivamente de los resultados obtenidos por los inscritos en los Exámenes de Estado, salvo en aquellos Programas que requieran la comprobación de las aptitudes artísticas de los aspirantes, en cuyo caso podrán realizarse adicionalmente pruebas de aptitud.”

PRIMERA Y SEGUNDA OPCIÓN

El listado de admitidos se obtendrá, asignando los cupos en estricto orden descendente de puntaje ponderados para cada programa, teniendo en cuenta a los aspirantes que se inscribieron en PRIMERA OPCIÓN. Solo en el evento en que un Programa se disponga de cupos, ésta se asignara a los aspirantes inscritos en la SEGUNDA OPCIÓN, los que serán seleccionados de acuerdo con el orden descendente y con base en el puntaje ponderado.

Procedimiento para la inscripción

GENERACIÓN Y PAGO DE PIN DE INSCRIPCIÓN

Genere el PIN de inscripción y pague en los bancos autorizados que encontrará impresos en el mismo.

Una vez cancelado espere 12 horas para su activación (recuerde que son horas hábiles no incluye sábados, domingos ni festivos).

Si realiza el pago en horario extendido, las 12 horas se contarán a partir del siguiente día hábil

Cada aspirante podrá pagar un PIN con el que puede inscribirse a dos programas que se encuentran ofertados en el mismo municipio: El listado de admitidos se obtendrá, asignando los cupos en estricto orden descendente de puntajes ponderados para cada Programa, teniendo en cuenta a los aspirantes que se inscribieron en la PRIMERA OPCIÓN. Sólo en el evento en que en un Programa se disponga de cupos, éstos se asignarán a los aspirantes inscritos en la SEGUNDA OPCIÓN, los que serán seleccionados de acuerdo con el orden descendente y con base en el puntaje ponderado.

Costos de Inscripción

Valor PIN cupos regulares y otras categorías de cupos especiales: $62.000

Valor PIN comunidades Indígenas de Nariño y Putumayo: $17.000

Valor PIN negritudes del Departamento de Nariño: $31.000

Valor PIN Generación E (Componente excelencia): Gratuito

DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

Una vez pagado el PIN de inscripción, el aspirante deberá diligenciar el formulario en las fechas establecidas en el calendario académico y siguiendo estrictamente las indicaciones del mismo.

Al momento de diligenciar el número de Tarjeta Saber 11 esta debe especificar el tipo y número de documento de identificación con el que se presentó. Son válidos los resultados de las pruebas Saber 11 presentadas entre los años 2000 y 2023. Tener en cuenta que si el nombre reportado en su tarjeta icfes es diferente al de su documento de identidad registrado en el formulario, este debe ser reportado por aspirante al correo ocara@udenar.edu.co, adjuntando los soportes que certifiquen el cambio de nombre.

Para formalizar el proceso de inscripción se debe diligenciar el formulario completamente dentro de las fechas y hora establecida y generar el reporte de inscripción, el no hacerlo anula la inscripción, y no podrá concursar en el proceso de selección.

NOTA: los formularios sin finalizar no tienen derecho a la subsanación de documentos.

Documentos que se deben presentar durante la inscripción

Los documentos que deberá presentar obligatoriamente al momento de su inscripción son los siguientes:

Documento de identificación: es el documento que el aspirante tiene vigente al momento de la inscripción El documento de identificación aceptado en el proceso de admisión, puede ser uno de los siguientes:

  • Tarjeta de Identidad
  • Cédula de Ciudadanía
  • Contraseña Registraduría
  • Cédula de Extranjería
  • Permiso Por Protección Temporal PPT, solo en caso de migrantes con nacionalidad venezolana.

Fotocopia legible del documento al 150% por los dos lados, ANTERIOR y POSTERIOR, en el caso de los documentos que así contengan información.

El archivo debe estar en formato PDF; tener un peso no superior a 5 MB; el nombre del archivo NO debe contener símbolos, números o caracteres con tildes.

Si presentó el examen SABER 11 con tarjeta de identidad, y a la fecha de la inscripción ya cumplió la mayoría de edad, debe adjuntar su cédula o contraseña

NOTA: Si el documento de identificación presenta fecha de vencimiento, esta no debe ser anterior al 19 de septiembre de 2023, de lo contrario se tomará como documento no vigente.

Este documento demuestra que el aspirante ha aprobado su bachillerato, el Acta de Grado o Diploma debe contener información que permita la plena identificación de la persona que se ha inscrito como: nombres completos del aspirante y documento de identificación, tiene que estar legible y firmado por las autoridades competentes de la Institución Educativa reconocida por el Ministerio de Educación Nacional (MEN).

El archivo debe ser en formato PDF, tener un peso no superior a 5 MB; el nombre de este archivo debe ser la palabra “acta” o la palabra “diploma” según sea el caso.

Únicamente, para quienes estén cursando el grado once, deben anexar el formulario que deberá descargar de la plataforma de inscripción, correctamente diligenciado por las autoridades competentes de la Institución Educativa, debidamente firmado y con los respectivos sellos en original.

El formulario se encuentra en https://ocara.udenar.edu.co, menú admisiones, punto 3 “Requisitos y reglamentación” o en el enlace https://www.udenar.edu.co/recursos/wp-content/uploads/2022/05/constancia_inscripciones_pregrado_para_IE.pdf.

Si el aspirante elige presentarse por una de las modalidades de cupo especial, deberá anexar además la documentación requerida en cada caso, según lo establecido en el Estatuto Estudiantil de Pregrado, tal como se encuentra en la página de admisiones y en el formulario de inscripción.

En el caso de aspirantes que registren cambio de nombre o apellidos de manera oficial, y que esto afecte la presentación de la documentación de inscripción, deberán enviar una solicitud oficial con los soportes correspondientes al correo de la Oficina de Registro Académico, en las mismas fechas establecidas para la inscripción. OCARA remitirá el listado de personas que registren cambio de nombre a Centro de Informática para que esta dependencia actualice la información. Los soportes consisten en la copia de la escritura pública mediante la cual se efectúo el cambio de nombre expedida por la Registraduría, copia del Registro Civil de Nacimiento Actualizado (con el nombre actual) y si corresponde, copia de la Solicitud de Cambio de nombre realizada ante el ICFES.

En el caso de personas que por disposición de la Resolución 470 de 2017 del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES) estén excluidas de presentar la prueba de inglés, deberán enviar una solicitud oficial con los soportes correspondientes (soportes que demuestren la calidad de la persona para ser exenta de presentar la prueba de inglés) al correo de la Oficina de Registro Académico para que la misma en apoyo con centro de Informática proceda a la ponderación de sus resultados sin tener en cuenta el área de Inglés. OCARA remitirá el listado de personas que sean exentas de presentar la prueba de inglés a Centro de Informática para que esta dependencia realice la ponderación respectiva. Estos documentos deben ser enviados en las mismas fechas establecidas para la inscripción. La Universidad de Nariño no se hace responsable por la falta de envío de esta solicitud y sus respectivos soportes, y la consecuente anulación de la inscripción por el incumplimiento de puntajes mínimos en este caso.

La Universidad de Nariño utilizará medios electrónicos (correo electrónico que el aspirante diligenció en su formulario), para hacer las notificaciones correspondientes al proceso. Esto se indicará al finalizar el formulario y el aspirante deberá aceptar esta condición.

Una vez cerradas las inscripciones, la Universidad verificará que todos los aspirantes que se inscribieron, tengan los documentos completos y con las especificaciones requeridas, así como también verificará que la información registrada en el formulario corresponda con los documentos anexos. En caso de encontrar documentación faltante o con inconsistencias, o información imprecisa en el formulario, su inscripción será anulada.

En caso de presentarse por modalidad de cupo especial

La asignación de cupos especiales se realizará de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Estudiantil de Pregrado, Capítulo VI y reglamentaciones complementarias. Los aspirantes concursarán entre sí por el número de cupos especiales que se determina estatuariamente por programa.

El Articulo 23 del estatuto Estudiantil… de Pregrado establece que es de competencia exclusiva del Consejo Superior establecer los cupos especiales. (adicionado por Acuerdo No. 069 del 2 de septiembre de 2014 – Por la cual se adopta una disposición frente a la adjudicación de cupos).

Mediante Acuerdo 060 de 09 de diciembre de 2021, se modifica el Artículo 19 del Estatuto Estudiantil y adicionar 12 cupos especiales para la admisión a los programas de pregrado de la Universidad de Nariño.

Mediante Acuerdo 002 de 27 de enero de 2022 se Aprueba el Plan Excepcional de Admisiones para graduados normalistas superiores de Escuelas Normales Superiores de Nariño y putumayo.

Que el artículo cuarto del Acuerdo 060 de 2021, a partir del período B de 2022, el número de cupos a primer semestre es de 63 estudiantes, distribuidos en 25 cupos especiales y de 38 cupos regulares.

Los cupos especiales y los regulares, se otorgan por méritos académicos, en estricto orden descendente de puntaje ponderado, una vez se cumplan los respectivos requisitos de inscripción y de admisión.

Establecer, que a partir del Semestre A de 2015 y dentro del proceso de admisiones, se tenga en cuenta que:

  • Los cupos especiales de cada programa que no sean asignados, se adjudicarán al grupo de los cupos regulares
  • Las reservas de cupo que quitan cupos ordinarios, se otorguen de los cupos ordinarios.
  • Si después de haber realizado las devoluciones de cupo a quienes hicieron reserva del mismo y quedan cupos disponibles, éstos serán otorgarlos a los ordinarios, hasta cumplir los 61 admitidos. (Adicionado por Acuerdo No. 029 del 15 de mayo de 2017 – Art. 3º). Todos los aspirantes a cupo especial deberán presentar las certificaciones que lo acrediten como tal, en las fechas indicadas en el calendario, de no hacerlo pasarán a concursar por cupo ordinario, a excepción de quienes aspiren por el cupo por Extranjero o Egresado.

Requisitos para inscribirse a cada cupo especial

Para cada cupo especial los requisitos son los siguientes:

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos por programa

REQUISITOS: Diploma o acta de grado de bachiller proveniente de las IEM rurales y urbanas de los municipios que hacen parte de la subregión.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos por programa

REQUISITOS: Diploma o acta de grado de bachiller proveniente de las IEM rurales y urbanas de los municipios que hacen parte de la subregión.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos para cada uno de los siguientes programas: Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería Agronómica, Ingeniería Agroforestal, Ingeniería Ambiental, Medicina Veterinaria, Zootecnia, Ingeniería en Producción Acuícola.

REQUISITOS: Diploma o acta de grado de bachiller, proveniente de las IE rurales y urbanas de modalidad agropecuaria de los municipios del departamento de Nariño.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos únicamente para los programas de Licenciatura.

REQUISITOS: Adjuntar el diploma o acta de grado que los acredite como Normalistas Superiores y que
hayan aprobado el ciclo complementario.

Se entiende por mujeres cabeza de familia: quien, siendo soltera o casada, ejerce la jefatura femenina de hogar y tiene bajo su cargo, afectiva, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar (Artículo 2 de la Ley 1232 de 2008)

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos por programa

REQUISITOS: Adjuntar declaración extra proceso, emitida por una notaría, y que no exceda dos meses
desde su expedición.

 

Para las mujeres víctimas de violencia, en la presente convocatoria se enfocará en la violencia de Género.

Se entiende por violencia de género: cualquier acción u omisión, que le cause daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado.” (Artículo 2, de la Ley 1257, 2008, Ley Rosa Elvira Celis, 1761 de 2015 y Ley 1719 de 2014).

REQUISITOS: Adjuntar la Resolución judicial que acredite la condición de víctima de violencia contra la mujer

Parágrafo: Se aplicará un enfoque diferencial por identidad de género, para las aspirantes mujeres transgénero o transexuales.

Para las aspirantes mujeres transgénero o transexuales, a la hora de su inscripción deberá anexar:

REQUISITOS: Declaración extra proceso para identidad de género.

Para el presente periodo de admisión A-2024, los programas a ofertar son:

  • Licenciatura en Artes Visuales
  • Licenciatura en Español e Inglés
  • Licenciatura en Ciencias Sociales
  • Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental
  • Licenciatura en Lenguas Extranjeras con Énfasis en Inglés
  • Licenciatura en Matemáticas

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: Diez (10) cupos dentro de los diez (10) programas de Licenciatura.

REQUISITOS: Adjuntar el diploma o acta de grado que los acredite como Normalistas Superiores y que hayan aprobado el ciclo complementario Adjuntar un certificado con el PROMEDIO GENERAL de calificaciones (cuantitativas) del ciclo complementario, expedido por la autoridad competente de la Institución Educativa, legalmente firmado y sellado.

Según lo establecido en el Artículo 3 del Acuerdo 002 de 2022, establece como criterios de selección para la admisión en el Plan excepcional de admisión lo siguiente:

  1. Examen SABER 11 (50%)
  2. Promedio general de calificaciones del ciclo complementario (50%)

Parágrafo: el examen de Estado de la Educación Media, SABER 11, debe tener una Vigencia de los últimos 5 años antes de la fecha de inscripción.

En el Artículo 5 del mencionado acuerdo determina que los estudiantes admitidos al Plan Excepcional de Admisión, realizarán la matrícula académica de acuerdos al estudio de homologación que realicen los Comités Curriculares y en aplicación de las políticas de flexibilidad académica de la Institución.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción el aspirante debe estar en la base de datos censal del Ministerio de Interior, con vigencia no mayor a dos años. Quienes se inscriban por esta condición especial, no adjuntarán documento alguno, el Comité de Admisiones verificará la información directamente desde la base de datos censal del Sistema de Información Indígena de Colombia (SIIC), de manera individual con el documento de identificación del aspirante registrado en la plataforma.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción el aspirante debe estar en la base de datos censal del Ministerio de Interior, con vigencia no mayor a dos años. Quienes se inscriban por esta condición especial, no adjuntarán documento alguno, el Comité de Admisiones verificará la información directamente desde la base de datos censal del Sistema de Información Indígena de Colombia (SIIC), de manera individual con el documento de identificación del aspirante registrado en la plataforma.

Si es egresado o profesional, técnico o tecnólogo de la Universidad de Nariño o de cualquier otra institución, puede participar por esta modalidad de cupo (incluye Universidades, Instituciones Universitarias, SENA). “Articulo 19, literal e) Modificado por Acuerdo 050 de 2020) Un cupo para los aspirantes egresados de un programa de formación profesional, técnico o tecnólogo. Para este caso, se entiende por EGRESADO quien haya culminado el plan de estudios, independientemente de que se haya titulado o no. Para ser admitido por este cupo, el egresado debe tener un puntaje ponderado igual o superior al del último admitido en los cupos ordinarios, en el respectivo Programa”.

Tenga en cuenta que según el Acuerdo 130 de 2001 del Consejo Académico establece:

Artículo Único. El estudiante regular de un programa académico de pregrado que se inscriba, sea admitido y se matricule en otro diferente, pierde automáticamente el derecho a estudiar en el primero.

Para el efecto, la suscripción de la matrícula en el nuevo programa se entenderá como una solicitud de retiro definitivo del anterior.

Una vez matriculado en el nuevo programa OCARA registrará en la hoja de vida del estudiante este retiro como voluntario y definitivo de todos los programas de los cuales estuvo matriculado el estudiante con anterioridad.”

Para acceder a este Cupo Especial los aspirantes deben haber culminado el plan de estudios, independientemente de que se hayan titulado o no.

 

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: Un Cupo Por Programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar la Constancia de haber terminado el plan de estudios de una carrera profesional, tecnológica o técnica o fotocopia autenticada del acta de grado o del diploma.

NOTA: Los egresados de programas profesionales deben obligatoriamente concursar por su respectiva modalidad de cupo especial; si no lo hacen, en cualquier tiempo se procederá a anular su inscripción, admisión o matrícula, según el caso; y deben obligatoriamente subir su diploma o acta de grado de bachiller, aparte del soporte que constituye el diploma, acta de grado o certificación de egreso como profesional.

(Modificado por acuerdo 059 del 25 de noviembre de 2022). Un cupo entre los aspirantes extranjeros, los cuales deben cumplir con todos los requisitos de inscripción exigidos para los nacionales, salvo las excepciones contempladas en las leyes o tratados internacionales.

Estos cupos especiales deben otorgarse ÚNICAMENTE A EXTRANJEROS SIN NACIONALIDAD COLOMBIANA, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto 4000 del 30 de noviembre de 2004, que dice: “El Nacional colombiano que goce de doble nacional, se someterá en el territorio nacional a la Constitución Política y a las leyes de la República.

En consecuencia, su ingreso al territorio, su permanencia y su salida deberán hacerse siempre en calidad de colombiano, debiendo identificarse como tal en todos sus actos civiles y políticos”.

La persona que posea doble nacionalidad, una de ellas colombiana, no podrá ser candidata a este cupo especial y deberá identificarse como ciudadano colombiano dentro del proceso de inscripción y posterior matrícula para acceder a los servicios educativos de la Universidad de Nariño.

Parágrafo: Según Directiva Presidencial 05 de 2022, Presidencia de la República, Resolución 971 de 2021, de Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y Decreto 216 de 2021, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se establece el permiso por protección temporal a migrantes Venezolanos, PPT, por tanto, los Venezolanos que tengan este documento PPT, tendrán la alternativa de inscribirse como CUPO REGULAR o CUPO EXTRANJERO, cumpliendo con la reglamentación vigente para cada convocatoria, garantizando así lo expuesto en la normativa gubernamental.

La aceptación del permiso por protección temporal a migrantes venezolanos, PPT, será a partir del 01 de mayo de 2021 y estará vigente hasta el 30 de abril de 2031, o hasta que el Gobierno nacional así lo disponga. Si los documentos aportados por el aspirante son expedidos en el extranjero, sea diploma de bachiller, notas, pruebas de conocimiento, entre otros, estos deberán estar respectivamente apostillados y convalidados, como se estipula en los requisitos de este literal.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa.

REQUISITOS:

  • Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción deberá anexar la Fotocopia ampliada al 150% y legible de la cédula de extranjería, visa de estudiante o documento de extranjería vigente.
  • Los demás requisitos de inscripción exigidos para los nacionales, salvo las excepciones contempladas en las leyes o tratados internacionales.
  • El puntaje del Examen de Estado de la Educación Media, ICFES SABER 11), o su equivalente en el exterior (Resolución 135 del 14 de febrero de 2019: Por la cual se reconoce la validez en Colombia de algunos exámenes extranjeros por ser similares al Examen de Estado de la Educación Media SABER 11 – Resolución 252 de 2018 y Resolución 546 de 2018 artículo 2°).

Además, debe anexar:

  • Certificado de la institución educativa que avale y acredite que cursó al menos los tres últimos años de los estudios de la educación media en el exterior. Debe estar convalidado y si se requiere, traducido al español por un traductor oficial de la lista de inscritos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Título o Diploma o Acta de Bachiller o Diploma de Conclusión de Estudios Secundarios o Diploma de High School o Licencia de Educación Media, debidamente legalizado por el Ministerio de Educación del país de origen, y apostillado por el Ministerio de Relaciones exteriores o la entidad encargada de este trámite. Fijándose para la presentación, el mismo plazo concedido a todos los aspirantes, como se establece en el Calendario Académico
    de inscripciones.
  • Certificado de notas obtenidas en la Educación Media, debidamente apostillado y si se requiere, traducido. El documento debe indicar la escala de evaluación en que están expresadas las calificaciones o incluir un documento adicional que lo indique. Quien se inscriba por este cupo con los resultados del examen SABER 11, debe tener un puntaje ponderado igual o superior al del último admitido en los cupos regulares, en el respectivo Programa.

Debe además presentar una prueba de conocimientos en castellano. Esta prueba se presentará de manera virtual con las condiciones de seguridad informática establecidas en la Universidad. Revise las fechas para esta prueba en el Calendario Académico.

NOTA: los aspirantes de nacionalidad venezolana que tengan el PERMISO POR PROTECCIÓN TEMPORAL PARA MIGRANTES VENEZOLANOS PPT, podrán inscribirse por cupo regular o por cupo especial para aspirantes extranjeros, y este documento será válido como medio de identificación.

Debe además presentar una prueba de conocimientos en castellano. Esta prueba se presentará de manera virtual con las condiciones de seguridad informática establecidas en la Universidad. Revise las fechas para esta prueba en el Calendario Académico.

NOTA: los aspirantes de nacionalidad venezolana que tengan el PERMISO POR PROTECCIÓN TEMPORAL PARA MIGRANTES VENEZOLANOS PPT, podrán inscribirse por cupo regular, y este documento será válido como documento de identificación

Un cupo entre los aspirantes que acrediten su condición de Reintegrados o Reincorporados de conformidad con lo establecido en la Ley. Los aspirantes a este cupo deberán acreditar los requisitos que determine el Comité de Admisiones.

PARÁGRAFO: En caso de no presentarse ninguna persona Reintegrada o Reincorporada como aspirante para este cupo, se podrá adjudicar el mismo a los hijos de personas Reintegradas o Reincorporadas, quienes deberán acogerse a los mismos calendarios de admisión que se establezcan para los demás aspirantes”.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar una Certificación expedida por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), con una vigencia no mayor a dos meses, es decir con fecha no anterior al 19 de agosto de 2023. Esta certificación debe incluir dirección, teléfono y correo electrónico institucional de la oficina que la está expidiendo

En caso de ser hijo de Persona Reintegrada o Reincorporada: para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar la certificación expedida por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) del padre o la madre, con una vigencia no mayor a dos meses, es decir con fecha no anterior al 19 de agosto de 2023. Esta certificación debe incluir dirección, teléfono y correo electrónico institucional de la oficina que la está expidiendo. Además, debe anexar la cédula de ciudadanía del padre o la madre y el Registro Civil de Nacimiento del Aspirante.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar:

  • La Constancia de haber sido elegido como Mejor Bachiller del Municipio entre las instituciones educativas oficiales presentes en el municipio, expedida por la Secretaría de Educación Municipal, en caso de no existir la Secretaria de Educación, puede expedirla el alcalde o el Personero Municipal, bajo acuerdo con los Rectores, mediante Resolución.
  • Un Certificado de Calificaciones del colegio, de los grados sexto a once, con promedio cuantitativo acumulado de cada año, en escala de 0 a 5.
  • Una Certificación expedida por el Rector del Colegio, en la cual manifieste su mérito como mejor bachiller.

NOTA: Esta categoría de cupo especial no contempla a estudiantes destacados como mejor SABER 11, estudiantes destacados como mejor Bachiller de la institución educativa o estudiantes catalogados como el mejor de grado 11.

Para concursar por este cupo, el aspirante debe haber terminado y aprobado sus estudios de educación media en un colegio de carácter oficial diurno o nocturno, ubicado en cualquier municipio del Departamento de Nariño. El mejor bachiller se admite bajo las siguientes condiciones:

  • El reconocimiento por el mérito académico, en la respectiva Institución Educativa del Municipio, de conformidad con los resultados del Examen de Estado de la Educación Media, SABER 11.
  • El reconocimiento por el mérito académico y de desempeño en la respectiva Institución Educativa a través de certificación del promedio cuantitativo de calificaciones (es decir en escala numérica).

Para los cálculos y definición de la admisión del Mejor Bachiller, los resultados del Examen de Estado de la Educación Media, SABER 11 tendrán una ponderación del 50% y para los resultados del desempeño escolar, se fijará un valor del 50%. Este beneficio se reconocerá a quienes, en el momento de la inscripción, acrediten esta condición mediante tarjeta de resultados del Examen de Estado de la Educación Media, SABER 11 y certificación expedida por la respectiva institución educativa de la cual egresa.

Un cupo, en aquellos programas que a juicio del Comité Curricular sea pertinente otorgarlo debido a la naturaleza académica del mismo, para la comunidad estudiantil del Departamento de Nariño que pertenezca al Grupo de PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Para efecto de este cupo, el Grupo de Personas con Discapacidad está conformado por los aspirantes que padezcan una de las limitaciones establecidas en las categorías de discapacidad física, auditiva, visual y sordo ceguera, establecidas de acuerdo con los fundamentos conceptuales, los cuales expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: El aspirante que concurse por esta modalidad de cupo deberá presentar:

  • Certificación de discapacidad expedida por IPS y el médico especialista, donde conste el tipo de limitación y se acredite la severidad de esta
  • Certificación de discapacidad expedida por Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Constancia de domicilio en ciudad o población del Departamento de Nariño, expedida por la autoridad competente.

NOTA: Los documentos de los aspirantes que cumplan con los requisitos de inscripción para esta categoría, serán remitidos a los Comités Curriculares de los programas a los cuales hicieron su inscripción, este órgano colegiado será el encargado de determinar su admisión al programa analizando la naturaleza académica del mismo.

  • Certificación de discapacidad expedida por Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Constancia de domicilio en ciudad o población del Departamento de Nariño, expedida por la autoridad competente.

NOTA: Los documentos de los aspirantes que cumplan con los requisitos de inscripción para esta categoría, serán remitidos a los Comités Curriculares de los programas a los cuales hicieron su inscripción, este órgano colegiado será el encargado de determinar su admisión al programa analizando la naturaleza académica del mismo.

Este cupo se destina a las víctimas directas e indirectas que hayan sufrido lesiones como consecuencia de violaciones a los derechos humanos, ocurridas a partir del 1° de enero de 1985 en el marco del conflicto armado, de conformidad con el Artículo 3 de la Ley 1448 de 2011.”

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: dos cupos por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción se requiere estar debidamente inscrito en el Registro Único de Atención a las Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Todos los que se inscriban por esta condición especial, no adjuntarán documento alguno, el Comité de Admisiones remitirá la relación de los aspirantes inscritos a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas para su respectiva verificación, de manera individual con el documento de identificación del aspirante registrado en la plataforma.

NOTA: Recuerde que para comunidad desplazada existe otro cupo especial, cada aspirante debe seleccionar solo una categoría.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción se requiere estar debidamente inscrito en el Registro Único de Atención a la Población Desplazada de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Todos los que se inscriban por esta condición especial, no adjuntarán documento alguno, el Comité de Admisiones remitirá la relación de los aspirantes inscritos a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas para su respectiva verificación de manera individual, con el documento de identificación del aspirante registrado en la plataforma.

Este cupo especial es específicamente para aspirantes que pertenezcan a población desplazada de los Departamentos de Nariño y Putumayo

Para concursar por este cupo es requisito pertenecer a las negritudes y haber terminado estudios secundarios en uno de los colegios ubicados en la Zona Pacífica del Departamento de Nariño.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar:

  • Acta de grado en la que conste haber terminado estudios de educación media o estar cursando grado once en uno de los colegios ubicados en la zona Pacífica del Departamento de Nariño.
  • Certificación que acredite que es miembro de una comunidad afrocolombiana. La certificación será expedida por una organización afrocolombiana, debidamente reconocida en la que conste ser miembro de dicha comunidad. La constancia debe incluir nombre completo y documento de identidad del Representante legal, la dirección, correo electrónico activo, teléfono fijo y/o celular. La constancia debe tener una vigencia no mayor a dos meses, es decir fecha no anterior al 12 de marzo de 2023.

NOTA: La constancia de auto reconocimiento emitida por el Ministerio del Interior u otro tipo de constancia, no son válidas para concursar por esta categoría de cupo especial.

Corresponde este Cupo Especial a los aspirantes que hayan sido selección departamental, nacional o preseleccionado nacional o que participen en los deportes reconocidos por el Comité Olímpico Colombiano y que se desempeñe en alguno de los deportes que la Coordinación de Deportes de la Universidad de Nariño ofrece.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa

REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar certificaciones originales expedidas por las entidades deportivas competentes, en las cuales debe constar haber representado a su departamento en calidad de seleccionado o al país a nivel de preseleccionado o seleccionado en deportes reconocidos por el Comité Olímpico Colombiano (COI), el nivel deportivo al cual pertenece el aspirante, y los eventos en los cuales participó en los dos últimos años previos a la convocatoria.

  • Si es seleccionado departamental debe presentar certificación de la Liga de la disciplina, además de la certificación de la Secretaria de Recreación y Deporte o del instituto Departamental de Recreación y Deporte.
  • Si es preseleccionado o seleccionado nacional debe presentar la certificación de la Federación de la disciplina

El aspirante debe tener una edad máxima de 22 años al momento de su admisión, es decir, menos de 22 años hasta el 15 de diciembre de 2023.

Los beneficiarios de estos cupos especiales deberán acreditar como requisitos de admisión el puntaje del examen SABER 11, ponderado igual o superior al mínimo establecido para cada uno de los programas y los establecidos en los Artículos 1º y 2º del Estatuto Estudiantil.

Además, debe presentar una prueba deportiva efectuada por parte de la Coordinación de Deportes, en la cual se adjudicará un puntaje considerando el currículum de los dos últimos años, los resultados de un test técnico de la disciplina y de un test físico general. Esta prueba se presentará de manera presencial, en las fechas establecidas en el calendario.

NOTA: Al aspirante que no presente las pruebas deportivas en las fechas establecidas según el calendario de admisiones, le será anulada su inscripción.

Para acceder a este cupo especial el aspirante debe ser bachiller egresado bajo la modalidad presencial de un colegio ubicado en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: un cupo por programa
REQUISITOS: Para acceder a este Cupo Especial, en el momento de la inscripción debe anexar:

  • Certificado de residencia expedido por una autoridad competente durante el tiempo en el cual el aspirante cursó sus estudios para obtener el título de Bachiller.
  • El aspirante debe poseer un puntaje en las pruebas Saber Once igual o superior al mínimo exigido para cada carrera a la que va a aspirar.

Se les concederá cupo en el programa de su preferencia durante el año inmediatamente siguiente a su graduación.

NÚMERO DE CUPOS A ASIGNAR: Dos cupos en el programa de su preferencia.

REQUISITOS:

  • Inscribirse por cupo regular
  • Enviar la resolución como mejor bachiller, emitida por el director del Liceo Integrado de la Universidad de Nariño al correo electrónico ocara@udenar.edu.co. En caso de presentarse más de dos aspirantes en la convocatoria por este cupo, se tendrá en cuenta el puntaje ponderado del examen SABER 11 para la asignación de los mismos.

ARTÍCULO 5°. REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y SELECCIÓN DE ASPIRANTES

  • Revisión de documentación:

Para el caso de aspirantes que se inscribieron con sus resultados del examen SABER 11, la Oficina de Registro y Control Académico, en conjunto con el Centro de Informática y Control Interno realizarán la carga de los resultados del examen SABER 11. Los datos se solicitarán directamente al ICFES, por medio de la plataforma PRISMA, y se realizarán muestreos aleatorios para comprobar la correcta carga y ponderación de los mismos en el sistema SAPIENS.

La Universidad de Nariño NO corregirá ningún tipo de información. Si se encuentran diferencias en esta verificación en la fecha establecida para la revisión, la inscripción será anulada.

La información que suministre el aspirante en el proceso de registro de la inscripción debe ser completa, exacta y verídica, los datos que suministre el aspirante son de su absoluta responsabilidad y bajo la gravedad de juramento. La Universidad se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información consignada.

La información suministrada al momento de la inscripción es requisito esencial para que el puntaje del examen SABER 11 sea tenido en cuenta al momento de seleccionar a los admitidos, el puntaje por sí mismo no basta para concursar por un cupo.

 

  • Selección de aspirantes:

El proceso de selección se realizará con las ponderaciones vigentes derivadas de los resultados del examen SABER 11.

Para los programas de:

– Licenciatura en Artes Visuales

Se realizará la selección de los aspirantes con los porcentajes establecidos por el programa entre los resultados del examen SABER 11 y la prueba de aptitud específica.

  • Proceso de Subsanación:

    Se establecerá en el proceso de inscripción a primer semestre de la Universidad de Nariño, el proceso de subsanación de documentos anexos en el formulario de inscripción, a excepción de lo concerniente al examen SABER 11, para lo cual se dispondrá de cuatro días hábiles, posterior a la publicación del listado de subsanables, el cual se podrá consultar de acuerdo al calendario en https://ocara.udenar.edu.co, menú admisiones, numeral 11, “Proceso de Subsanación”.

    La subsanación se permitirá una sola vez en cada periodo de inscripción, y tendrá una sola revisión, si en dado caso los aspirantes no subsanan en las fechas establecidas, se ANULARÁN o pasarán a concursar por cupos regulares en caso de ser los soportes de los cupos especiales, contra esta decisión no procederá ningún recurso de reclamación.

  • Número de cupos por programa:Los aspirantes que se inscriban para esta convocatoria concursarán por un total de 38 cupos regulares por cada programa, en concordancia con el Acuerdo 060 de 2021 del Consejo Superior. La asignación de cupos especiales se realizará de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Estudiantil de Pregrado, Capítulo VI y reglamentaciones complementarias.

 

  • Publicación de los resultados:

 

Los listados se publicarán por Programa Académico de acuerdo al ponderado obtenido por cada aspirante, en forma descendente, en la fecha establecida en el Calendario Académico. Se publicará un listado por programa para los aspirantes que se inscribieron por cupo regular, adicionalmente un listado por programa para cada modalidad de cupo especial. La publicación se realizará en la página de la Universidad y las carteleras de la institución.

Si se presentan empates entre los aspirantes de los diferentes listados al asignar el último cupo, se admitirá a aquellos que tengan el mismo puntaje en este caso, en concordancia con el parágrafo del Artículo 12 del Estatuto Estudiantil de Pregrado.

Si en las fechas señaladas en el calendario uno o varios admitidos no se matriculasen, los cupos disponibles se adjudicarán a los aspirantes que siguen en orden de puntaje, hasta agotar la lista de inscritos, si fuese necesario.

NOTA: La fecha de publicación de listados puede estar sujeta de modificaciones al presentarse eventualidades de tipo externo o alteraciones de orden público para lo cual cada aspirante deberá estar pendiente de las publicaciones en la página oficial de la Universidad de Nariño.

  • Presentación de reclamos:

El calendario académico incluirá dos (2) días hábiles para presentar recursos al acto administrativo que aprueba la publicación de los listados de admitidos, no admitidos y anulados de la convocatoria. Las respuestas favorables a estos recursos se reflejarán en la publicación del segundo listado de admitidos.

NOTA: EN CUALQUIER TIEMPO LA UNIVERSIDAD SE RESERVA EL DERECHO DE ANULACIÓN DE LA ADMISIÓN Y/O MATRÍCULA, CUANDO SE PRESENTEN INCONSISTENCIAS EN LA INFORMACIÓN APORTADA POR LOS ASPIRANTES QUE NO PUEDAN SER VERIFICADAS O ACLARADAS.