
RESOLUCIÓN VIIS No. 0870
(28 DE MAYO DE 2025)
Por la cual se modifica la Resolución 0400 de 21 de marzo de 2025
El Vicerrector de Investigación e Interacción Social de la Universidad de Nariño,en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. 0127 de 20 de marzo de 2025 se expidió la reglamentación de la Reglamentación de la Convocatoria de Investigación Docente 2025, elegibles para ser financiados por la Vicerrectoría de Investigación e Interacción Social – VIIS.
Que mediante Acuerdo No. 0128 de 20 de marzo de 2025 se expidió la reglamentación de la convocatoria de Trabajos de Grado 2025.
Que mediante Acuerdo No. 0129 de 20 de marzo de 2025 se expidió la reglamentación de la convocatoria d Investigación Estudiantil 2025.
Que mediante Acuerdo No. 0130 de 20 de marzo de 2025 se expidió la reglamentación de la convocatoria de Semilleros de Investigación 2025.
Que el Comité de Investigaciones delegó al Vicerrector de Investigación e Interacción Social para expedir el
calendario de la Convocatoria de Investigación Docente 2025, Estudiantil 2025, Trabajos de Grado 2025 y
Semilleros de Investigación 2025, elegibles para ser financiados por la Vicerrectoría de Investigación e
Interacción Social – VIIS.
Que mediante Resolución VIIS 0400 de 21 de marzo de 2025 se estableció el calendario de la Convocatoria de Investigación Docente 2025, Estudiantil 2025, Trabajos de Grado 2025 y Semilleros de Investigación 2025, elegibles para ser financiados por la Vicerrectoría de Investigaciones e Interacción Social.
Que se recibió un número significativo de solicitudes por parte de los investigadores que participarán en la convocatoria interna para proyectos de investigación, en las cuales manifestaron la necesidad de ampliar el plazo de cierre con el fin de completar adecuadamente la formulación de sus propuestas y cumplir con los requisitos establecidos. En atención a estas solicitudes, y buscando promover una participación más robusta y de calidad, se considera procedente realizar un ajuste al cronograma previamente establecido.
Que en virtud de lo anterior.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.
Modificar la Resolución 0400 de 21 de marzo en el sentido de cambiar el calendario de la Convocatoria de Investigación Docente 2025, Estudiantil 2025, Trabajos de Grado 2025 y Semilleros de Investigación 2025, elegibles para ser financiados por la Vicerrectoría de Investigaciones e Interacción Social – VIIS, así:
Detalle | |
Apertura de la convocatoria | 21 de marzo de 2025 |
Recepción de propuestas a través del Sistema de Información | 21 de marzo de 2025 |
Cierre de la convocatoria | 16 de junio de 2025 hasta las 17:00 Horas (HORA COLOMBIA) |
Verificación de cumplimiento de requisitos | Hasta el 20 de junio de 2025 |
Publicación del listado deproyectos que cumplen requisitos a través de la página WEB de la VIIS | Hasta el 20 de junio de 2025 |
Reclamaciones | Desde el 20 al 25 de junio de 2025 |
Publicación del listado definitivo de proyectos que cumplen requisitos a través de la página WEB de la VIIS | 27 de junio de 2025 |
Designación de pares evaluadores y evaluación de los proyectos | Del 20 de junio hasta 20 de agosto de 2025 |
Visualización y revisión de las sugerencias de los evaluadores, para reenvío del proyecto por parte de los autores al sistema | Desde el 21 al 27 de agosto de 2025 hasta las 17:00 Horas (HORA COLOMBIA) |
Revisión de los proyectos susceptibles de financiación, por parte del Comité de Ética en
Investigación y visualización e implementación de dichas sugerencias, por parte de los autores |
Desde el 28 de agosto al 9 de octubre de 2025 |
Verificación de certificado de curso del CEI, por parte del comité de ética. | 9 de octubre de 2025 |
Publicación del listado definitivo de proyectos elegibles a través de la página WEB | 10 de octubre de 2025 |
Reunión con investigadores de proyectos elegibles | 16 de octubre de 2025 |
Fecha límite para recepción de actas de cumplimiento firmadas por los investigadores y pólizas (para los proyectos que lo requieran) | 23 de octubre de 2025 |
Apertura del Sistema de Información para solicitudes de gasto | 23 de octubre de 2025 |
PARÁGRAFO
Para los casos en los que se presente incapacidad médica por algún motivo por parte del investigador, la misma deberá ser certificada exclusivamente por la EPS.
ARTÍCULO 2.
VIIS, el Sistema de Investigaciones, Grupos de Investigación, Comités Curriculares y de Investigaciones, Consejos de Facultad y Comité de Ética en Investigación anotarán lo de su cargo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en San Juan de Pasto, a los 28 días del mes de mayo de 2025
Original Firmado
ALVARO JAVIER BURGOS ARCOS
Vicerrector VIIS