UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No. 0037
(febrero 12 de 2021)
Por la cual se modifica la Resolución N° 0509 de diciembre 18 de 2020, correspondiente al calendario académico para Estudiantes (Semestre VI y VIII) – año 2020; únicamente para el Programa de Medicina.
La Vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Proposición N°006 de febrero 12 de 2021, el Consejo de Facultad de Ciencias de la Salud, recomienda, modificar la Resolución 0509 del 18 de diciembre de 2020, del calendario académico para Estudiantes semestre VI y VIII, año 2020, únicamente para el Programa de Medicina.
Que mediante Resolución 0509 del 18 de diciembre de 2020, Vicerrectoría Académica modificó la Resolución N° 0404 de septiembre 11 de 2020, donde se aprueba el calendario académico (Semestre II y siguientes) periodo A 2020; únicamente para el Programa de Medicina.
Que mediante Resolución 0404 del 11 de septiembre de 2020, Vicerrectoría Académica modificó la resolución N° 0323 de 22 de julio, donde se apruebó el calendario académico (Semestre II y siguientes) Periodo B 2020; únicamente para el Programa de Medicina.
Que mediante Acuerdo 024 del 12 de marzo de 2020, el Consejo Superior de la Universidad de Nariño, adoptó las medidas de carácter preventivo frente a la amenaza del COVID – 19.
Que, en el Artículo primero del precitado Acuerdo, se acordó mantener y reforzar las medidas institucionales adoptadas para prevenir la propagación de COVID – 19 en la comunidad universitaria.
Que mediante Acuerdo 044 del 17 de marzo de 2020, el Comité Curricular y de Investigaciones del Programa de Medicina, acoge plan de contingencia, respecto a las medidas de carácter preventivo frente a la amenaza del COVID – 19.
Que en las diferentes reuniones de Docencia – Servicio realizadas con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, con las cuales la Universidad mantiene convenios vigentes en la ciudad de Pasto e Ipiales, expresaron a través de sus Coordinadores autorizados, la aprobación del retorno a los escenarios de práctica.
Que en efecto el retorno a las prácticas clínicas de los estudiantes pertenecientes a VI y VIII semestre del Programa de Medicina, se llevó a cabo, los días 09 y 17 de noviembre, respectivamente, contando con 16 semanas hábiles para la culminación de las actividades académicas pendientes.
Que el día 11 de enero de 2021, las diferentes entidades prestadoras de servicios de salud, mediante comunicado, informan a las Instituciones de Educación Superior del Departamento, su preocupación, respecto al segundo pico epidemiológico por pandemia COVID–19, hecho que generó sobreocupación en los hospitales, habiéndose considerado pertinente restringir el acceso de los estudiantes para realizar las prácticas clínicas.
Que ante la situación de pandemia y atendiendo a las sugerencias de las diferentes Instituciones de Salud y sitios de práctica, el Comité Curricular y de Investigaciones del Programa de Medicina, acató las recomendaciones, suspendiendo todas las actividades clínicas en los hospitales, aclarando que una vez la situación lo permita, se retomaría dicho componente.
Que mediante Proposición 002 del 19 de enero de 2021, el Consejo de Facultad Ciencias de la Salud, recomendó al Honorable Consejo Académico de la Universidad, aplazar algunas actividades académicas del Programa de Medicina en el periodo A – 2020.
Que el día 5 de febrero de 2021, en reunión con la Decana de la Facultad Ciencias de la Salud, la Dirección del Programa de Medicina y los representantes de los sitios de práctica con los cuales la Universidad de Nariño tiene convenios docencia servicio vigentes, se adoptó la medida de retorno a prácticas académicas de los estudiantes de VI semestre, a partir del 15 de febrero y de VIII semestre, a partir del 22 de febrero de 2021, toda vez que se acaten a cabalidad los protocolos y normas de Bioseguridad pertinentes y se generen las medidas de autocuidado, por parte de todos los actores que participen dentro del proceso.
Que a partir de esta fecha de reanudación de prácticas clínicas, el periodo académico A 2020, se deberá extender y culminar hasta el mes de abril del año 2021 conservando 10 semanas hábiles para realizar las actividades académicas que no se pudieron desarrollar por motivo de pandemia COVID – 19, permitiendo que los estudiantes de los diferentes semestres, puedan culminar de manera satisfactoria los contenidos del componente práctico de las asignaturas que se suspendieron, asegurando de esta manera, la finalización de los ejes temáticos y contenidos programáticos, acorde a lo establecido en el Proyecto Educativo del Programa.
En consecuencia,
LA VICERRECTORA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESUELVE:
ARTICULO 1.-
Modificar la Resolución 0509 del 18 de diciembre de 2020, correspondiente al calendario académico para Estudiantes (Semestre VI y VIII) – año 2020, únicamente para el Programa de Medicina, de la siguiente manera:
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en San Juan de Pasto, a los quince (12) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica