
Resolución No. 0401
(13 de Septiembre de 2024)
Por la cual se fijan los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para el GRADO DE TRANSICIÓN del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2025.
LA VICERRECTORIA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias
CONSIDERANDO:
Que, según la Constitución Política de Colombia, la educación es un derecho fundamental y un servicio que cumple una función social a cargo del Estado, la Sociedad y la Familia, la cual es obligatoria y comprende como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.
Que es necesario garantizar la transparencia, la igualdad de oportunidades y la equidad en los procesos de admisión para el ingreso al Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, con base en los principios Liceístas establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Que es necesario establecer procesos claros de asignación de cupos y matrículas que permitan optimizar el acceso al servicio educativo en condiciones de eficiencia y equidad, teniendo en cuenta la alta demanda de cupos que presenta la Institución.
Que la Resolución No. 07797 del 29 de mayo de 2015 del Ministerio de Educación Nacional en su Artículo 10 establece el orden de prioridad para la asignación de cupos y en su literal B., fija los criterios para la asignación de cupos a estudiantes nuevos así:
- 1. Estudiantes en condición de discapacidad.
- 2. Estudiantes que vayan a ingresar al grado de transición o grado obligatorio de preescolar.
- 3. Estudiantes pertenecientes a población víctima del conflicto armado.
- 4. Estudiantes en condición de vulnerabilidad.
- 5. Estudiantes que tengan hermanos ya vinculados al establecimiento educativo estatal.
- 6. Estudiantes que abandonaron el sistema educativo y manifiesten su intención de reingresar.
- 7. Estudiantes que de acuerdo con la Ley 1098 de 2006, Código de Infancia y Adolescencia, se encuentren en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescente- SRPA (adolescentes entre los 14 a los 18 años). La Secretaría de Educación Municipal seguirá los lineamientos establecidos en las diferentes normas, para atender esta población.
- 8. Los demás estudiantes que se hayan inscrito durante el proceso.
- 9. Estudiantes no inscritos durante el proceso y que requieran ser matriculados en el sistema educativo estatal
Que la Resolución 1852 del 31 de mayo de 2024 de la Secretaría de Educación de Pasto establece el proceso de gestión de la cobertura educativa para el año 2025.
Que el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño reconocido históricamente para realizar la oferta educativa de calidad, contempla un plan de estudios para todos los grados que propende por la formación integral de los estudiantes, conformado por áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales que corresponden al 80% y grupos de áreas, asignaturas o proyectos que ha seleccionado la Institución para el logro de los objetivos del Proyecto Educativo Liceísta que corresponden al 20% y que deben cumplirlo todos indistintamente.
Que mediante Acuerdo No. 300 del 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a la Vicerrectoría Académica para expedir los actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que el calendario, procesos y asignación de cupos se analizaron según los criterios establecidos a nivel institucional, de acuerdo con el número de estudiantes matriculados en el año 2024 y la proyección del número de alumnos para el siguiente año lectivo.
Por la cual se fijan los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para el GRADO DE TRANSICIÓN del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2025.
Que la Vicerrectoría Académica, en consecuencia;
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.
Aprobar los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para el GRADO DE TRANSICIÓN del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2025, de la siguiente manera:
Asignar treinta y dos (32) cupos para estudiantes nuevos en el GRADO DE TRANSICIÓN, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la Resolución 1852 del 31 de mayo de 2024 de la Secretaría de Educación Municipal de Pasto y en la Resolución 07797 del Ministerio de Educación Nacional.
ARTICULO 2º.
Establecer el siguiente procedimiento para inscripciones y asignación de cupos para el GRADO DE TRANSICIÓN:
a) Las inscripciones para GRADO TRANSICIÓN se realizarán en un solo día a través de la página web http://www.udenar.edu.co, de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. La Resolución que reglamenta el proceso de inscripciones se publicará en la página web de la Universidad de Nariño, el día viernes 13 de septiembre de 2024.
b) El procedimiento a seguir para los alumnos que aspiran ingresar al GRADO DE TRANSICIÓN es el siguiente:
- Los aspirantes deben inscribirse únicamente en la fecha señalada a través de la página web de la Universidad de Nariño, registrando con veracidad los datos pedidos para la inscripción, y adjuntando la documentación solicitada.
- Junto con la documentación requerida para inscripción y atendiendo a los órdenes de prioridad dispuestos en la Resolución 07797 del 29 de mayo de 2015 del Ministerio de Educación Nacional, se deberá incluir a través de la página web en el link correspondiente, la certificación actual expedida por una institución legalmente reconocida que demuestre que el menor se encuentra en condición de discapacidad o víctima de conflicto armado o de vulnerabilidad o cualquiera de los criterios establecidos para la asignación de cupos a estudiantes nuevos.
- Se exceptúan para condiciones de admisión por órdenes de prioridad la discapacidad cognitiva y otras que por su grado de complejidad no puedan ser atendidas por el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño debido a que no tiene los requerimientos para atender este tipo de casos especiales.
- La Universidad de Nariño publicará en su página web institucional, los listados de los inscritos que cumplieron con los requisitos exigidos.
- Los padres de familia del aspirante presentarán la documentación completa en las fechas señaladas, con el fin de verificar que la información subida a la página corresponde con lo exigido por la Institución.
- Una comisión delegada por el Consejo Académico de la Universidad de Nariño, la Secretaría de Educación Municipal, Personería Municipal, junto con las directivas del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, realizarán un sorteo público para proveer los 32 cupos correspondientes al GRADO DE TRANSICIÓN. Para este procedimiento y considerando el orden de prioridad explicitado en la Resolución 07797 de 2015, serán sorteados veinticinco (25) cupos regulares, cinco (5) cupos entre aspirantes que tienen hermanos estudiando en el Liceo de la Universidad de Nariño y dos (2) cupos para aspirantes en condición de discapacidad o víctima del conflicto armado o de vulnerabilidad.
- En caso de no tener más de dos (2) aspirantes inscritos en condición de discapacidad o víctima del conflicto armado o de vulnerabilidad o en cualquiera de los criterios establecidos en la Resolución No. 07797 de 2015 y no tener más de cinco (5) aspirantes con hermanos matriculados en la Institución, se asignarán los cupos a los inscritos que hayan adjuntado la certificación solicitada en la inscripción, y los cupos restantes se incluirán en el sorteo general.
- En caso de presentarse inscritos hermanos gemelos, mellizos o múltiples, la selección de uno de ellos en el sorteo, le otorga automáticamente el cupo al segundo o más; en consecuencia, se resta el número de cupos faltantes del sorteo.
- Atendiendo lo establecido en la Resolución 1852 del 31 de mayo de 2024 emanada de la Secretaría de Educación Municipal, que dice: “Que el Decreto 1075 de 2015 en su artículo 2.3.3.2.2.1.2. Establece que la prestación del servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los educandos de tres (3) a cinco (5) años de edad y comprenderá tres (3) grados, así: la organización del nivel preescolar en tres grados denominados prejardín, jardín, y transición; sin embargo, la matrícula para el grado transición, se enfatiza para los niños y niñas entre los 5 y 6 años”.
- Para inscribirse a GRADO TRANSICIÓN, los y las aspirantes deberán tener cumplidos los cinco años de edad hasta el 31 de marzo del 2025.
- No se concederá cupo a estudiantes que hayan cursado o estén cursando el GRADO TRANSICIÓN en otros establecimientos o centros y pretendan repetirlo en el Liceo de la Universidad de Nariño, debido a que ya se encuentran reportados en el Sistema de Matriculas – SIMAT.
- A los aspirantes a quienes se les haya asignado el cupo y posteriormente se les compruebe falsedad, alteración, o presentación incompleta de la información y documentación presentada durante el proceso de inscripción, matrícula y a posteriori, se procederá a cancelarles el cupo.
ARTICULO 3º.
Convocar a los aspirantes que deseen ingresar al GRADO DE TRANSICIÓN en el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, de acuerdo con el siguiente cronograma:
N° | ACTIVIDAD | FECHA |
---|---|---|
1 | INSCRIPCIONES:
Únicamente a través de la página web de la Universidad de Nariño https://www.udenar.edu.co/ Para la inscripción deberá adjuntar los siguientes documentos en el link correspondiente: – Registro Civil de Nacimiento. – Carta valorativa o boletín de notas. – Certificado de comportamiento, disciplina o convivencia actualizada. – En caso de que el menor se encuentre en condición de discapacidad o víctima del conflicto armado o de vulnerabilidad o en cualquiera de los criterios establecidos en el orden de prioridad, en el Artículo 10 de la Resolución 07797 del 29 de mayo de 2015, presentar la Certificación correspondiente avalada por |
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
(Único día). |
2 | PUBLICACIÓN DE ASPIRANTES INSCRITOS QUE PARTICIPARÁN EN EL SORTEO PÚBLICO: A través de la página web de la Universidad de Nariño https://www.udenar.edu.co/ |
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024 a partir de las 4:00 p.m. |
3 | SORTEO DE CUPOS:
Por transmisión de medios de comunicación institucionales (Canal Telepasto, Facebook Live, Udenar digital, YouTube Udenar) |
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024
a partir de las 05:00 p.m. |
4 | PUBLICACIÓN DE LISTADO DE ASPIRANTES ADMITIDOS POR SORTEO PÚBLICO:
A través de la página web de la Universidad de Nariño https://www.udenar.edu.co/ |
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024
a partir de las 9:00 a.m. |
5 | REUNIÓN CON PADRES DE FAMILIA DE LOS ASPIRANTES ADMITIDOS, RECEPCIÓN, VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PARA LA MATRÍCULA.
Lugar: Liceo de la Universidad de Nariño en el Auditorio Miguel Guaitarilla. DOCUMENTOS A ENTREGAR el día miércoles 6 de noviembre de 2024: a) Registro civil de nacimiento (original). b) Cuatro fotografías tamaño 3×4 fondo blanco. c) Certificado médico reciente, en que conste que el admitido no padece alguna enfermedad que le impida vivir en comunidad. d) Copia del carnet de vacunas. e) En caso de que el menor se encuentre en condición de discapacidad o víctima del conflicto armado o de vulnerabilidad o en cualquiera de los criterios establecidos en el orden de prioridad, en el Artículo 10 de la Resolución 1852 del 31 de mayo de 2024, presentar la Certificación correspondiente avalada por Secretaría de Educación Municipal o por la instancia pertinente legalmente reconocida f) En caso de que el aspirante tenga hermanos estudiando en el Liceo de la Universidad de Nariño deberán adjuntar constancia de matrícula expedida por Secretaría de la Institución. |
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024 a las 8:30 a.m. |
6 | CONSULTA E IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS PARA LA MATRÍCULA
A través de Plataforma SAPIENS y Pagina Web del Colegio. Se debe diligenciar: El Contrato Escolar, la Tarjeta de Matrícula, realizar en la plataforma SAPIENS la Matrícula online, y gestionar la documentación relacionada en el Instructivo. |
JUEVES 7 Y VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024 desde las 9:00 a.m. . |
7 | MATRÍCULAS
Lugar: Liceo de la Universidad de Nariño en el Auditorio Miguel Guaitarilla. Presentar el jueves 12 de diciembre los siguientes documentos: a) El Contrato Escolar, la Tarjeta de Matrícula y la documentación relacionada dentro del instructivo de matrícula, debidamente diligenciados y firmados. b) Comprobante del diligenciamiento obligatorio del formato Sociodemográfico (Plataforma SAPIENS) pantallazo del formulario enviado. |
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024 a las 8:00 a.m. |
NOTA: Durante el proceso de inscripción no se recibirá ningún tipo de documento. Éstos solamente se recibirán el miércoles 6 de noviembre de 2.024 a las 8:00 a.m., a los estudiantes que hayan obtenido el cupo en la Institución. |
ARTICULO 4º.
Las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales durante el proceso de inscripción y asignación de cupos para el GRADO TRANSICIÓN están obligadas a garantizar la reserva de la información, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y su decreto reglamentario 1377 de 2013 o las normas que lo modifiquen, sustituyan o compilen.
ARTICULO 5º.
Liceo de la Universidad de Nariño, Vicerrectoría Académica, Sección de Sistemas de Información, Centro de Comunicaciones y Control Interno, anotarán lo de su cargo
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los trece (13) días del mes de septiembre de 2024.
FRANCISCO JAVIER TORRES MARTÍNEZ
Vicerrector Académico (E)