FECHAS IMPORTANTES
Año lectivo 2022
CARGUE Y VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PARA MATRÍCULA
Día:
Lugar:
Horario:
viernes 21 de enero de 2022
9:00 a.m. a 4:00 p.m
PUBLICACIÓN DE LISTADO DE ASPIRANTES ADMITIDOS SEGUN PROMEDIO
Día:
Viernes, 20 de enero de 2022
PUBLICACIÓN DE LISTADO DE ASPIRANTES INSCRITOS
Día:
Viernes, 14 de enero de 2022
Universidad de Nariño
RESOLUCIÓN No. 0485
(DICIEMBRE 24 DE 2021)
Por la cual resuelve fijar los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para los grados diferentes a transición y sexto del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2022.
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y
CONSIDERANDO
Que mediante Proposición N° 004 de 22 de diciembre de 2021, el Liceo de la Universidad de Nariño, solicita a la Vicerrectoría Académica, aprobar los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para grados tercero, séptimo y octavo del Liceo Integrado de Bachillerato dela Universidad de Nariño para el año lectivo 2022.
Que, según la Constitución Política de Colombia, la educación es un derecho fundamental y un servicio que cumple una función social a cargo del Estado, la Sociedad y la Familia, la cual es obligatoria y comprende como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.
Que es necesario garantizar la transparencia, la igualdad de oportunidades y la equidad en los procesos de admisión para el ingreso al Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, con base en los principios Liceístas establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Que es necesario establecer procesos claros de asignación de cupos y matrículas que permitan optimizar el acceso al servicio educativo en condiciones de eficiencia y equidad, teniendo en cuenta la alta demanda de cupos que presenta la Institución.
Que el Acuerdo 194 de 1993, Estatuto General de la Universidad de Nariño, en su artículo 25, literal p) consagra como función del Consejo Académico aprobar o modificar los reglamentos de las Facultades y del Liceo de Bachillerato.
Que luego de culminar el año lectivo y una vez realizados los procesos de evaluación se presentan cupos disponibles para los grados tercero, séptimo y octavo con el objeto de completar el número de estudiantes establecido a nivel institucional.
Que el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño contempla en su plan de estudios áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales que corresponden al 80% y grupos de áreas, asignaturas o proyectos que ha seleccionado la Institución para el logro de los objetivos del Proyecto Educativo Liceísta que corresponden al 20%.
Que mediante Acuerdo N° 300 del 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a la Vicerrectoría Académica para expedir los actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que el calendario, procesos y asignación de cupos se analizaron según los criterios establecidos a nivel institucional, de acuerdo con el número de estudiantes matriculados y la proyección del número de alumnos para el siguiente año lectivo.
Que los procesos de admisión de estudiantes para cubrir los cupos disponibles por retiro o no aprobación del año deben obedecer a criterios de transparencia, equidad, oportunidad y en razón del cumplimiento de méritos académicos para todos los aspirantes que deseen continuar su formación básica y media en el Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño.
Que, mediante comunicación escrita, el Director del Liceo Integrado de Bachillerato presentó ante la Vicerrectoría Académica los criterios de inscripción, asignación y existencia de cupos disponibles únicamente para los grados tercero, séptimo y octavo del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2022.
Que los criterios de asignación de cupos para los grados tercero, séptimo y octavo deben c garantizar las condiciones de calidad y excelencia de la Institución. Igualmente, los procesos se efectuarán teniendo en cuenta el momento que se vive en la actualidad por efectos de pandemia por COVID – 19.
Que para el año escolar 2022 el procedimiento de admisiones para los grados tercero, séptimo y octavo se ha modificado debido a la situación vivida por la pandemia por COVID-19, el cual se realizará teniendo en cuenta los méritos académicos evidenciados en valoraciones de todas las asignaturas iguales o mayores a 4.2 (Alto), valoración de comportamiento o disciplina no inferior a 4.2 (Alto) y verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Institución y contemplados en la presente resolución.
Que teniendo en cuenta lo anterior
LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA
RESUELVE
Articulo 1º.
Aprobar los criterios de inscripción, asignación, número de cupos y cronograma para los grados tercero, séptimo y octavo del Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño para el año lectivo 2022, de la siguiente manera:
Asignar trece (13) cupos para estudiantes nuevos en el grado tercero, asignar cinco (5) cupos para estudiantes nuevos en el grado séptimo, asignar cinco (5) cupos para estudiantes nuevos en el grado octavo, teniendo en cuenta los méritos académicos y de comportamiento o disciplina, verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Institución y contemplados en la presente proposición.
Articulo 2º.
Establecer el siguiente procedimiento para inscripciones y asignación de cupos para los grados tercero, séptimo y octavo. Así:
- Las inscripciones para los grado tercero, séptimo y octavo, se realizarán en un solo día a través de la página web http://www.udenar.edu.co, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La fecha de inscripciones se publicará en la página web de la Universidad de Nariño, al menos con tres (3) días calendario de anticipación. En esta ocasión, se publicará el día miércoles 29 de diciembre de 2021.
- El procedimiento a seguir para los alumnos nuevos que aspiran ingresar a los GRADOS TERCERO, SEPTIMO Y OCTAVO, es el siguiente:
- Los aspirantes deben inscribirse en la fecha señalada registrando con veracidad los datos solicitados para la inscripción, a través de la página web de la Universidad de Nariño y adjuntando la documentación solicitada.
- La Universidad de Nariño publicará en su página web institucional y en la página web del Liceo Integrado de Bachillerato el listado de los aspirantes inscritos.
- Para la selección de admitidos a grado tercero se elijarán los 13 mejores promedios, teniendo en cuenta la certificación final de grado segundo en todas las áreas del plan de estudios, teniendo en cuanta que en ninguna valoración de las asignaturas y comportamiento sea inferior a 4.2 (Alto); para la selección de admitidos a grado séptimo se elijarán los 5 mejores promedios, en todas las áreas del plan de estudios, teniendo en cuanta que en ninguna valoración de las asignaturas y comportamiento sea inferior a 4.2 (Alto); para la selección de admitidos a grado octavo se elijarán los 5 mejores promedios, en todas las áreas del plan de estudios, teniendo en cuanta que en ninguna valoración de las asignaturas y comportamiento sea inferior a 4.2 (Alto).
- Se realizará la verificación de la información de los certificados de grado segundo, sexto y séptimo a los estudiantes admitidos teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Valoración mínima de 4.2 (Nivel Alto según la escala de valoración Institucional) en todas las áreas y además no tener áreas reprobadas.
- La valoración de disciplina o comportamiento debe ser igual o superior a 4,2 (Nivel Alto según la escala de valoración institucional).
- El certificado de grado segundo, sexto y séptimo, según el caso debe corresponder al año lectivo 2021. No se admiten aspirantes que hayan reprobado estos grados.
- Aquellos certificados o boletines cuyas valoraciones finales de las áreas sean expedidas de manera cualitativa, los padres de familia deberán solicitar en la respectiva institución la conversión de las notas a la escala cuantitativa, para determinar los valores a promediar.
- No se concederá cupo a estudiantes que actualmente se encuentren cursando grado tercero, séptimo u octavo, o lo hayan reprobado y pretendan repetirlo, o a estudiantes que habiéndolo aprobado en otra institución quieran volverlo a cursar en el Liceo de la Universidad de Nariño.
- El Liceo Integrado de Bachillerato de la Universidad de Nariño, solicitará a las Instituciones Educativas la veracidad de la información entregada en las certificaciones.
- Los padres de familia del aspirante presentarán la documentación completa en las fechas señaladas, con el fin de verificar que la información subida en la plataforma sapiens corresponde con lo exigido por la Institución.
- Todos los aspirantes a los grados tercero, séptimo y octavo deberán presentar las certificaciones finales correspondientes a los grados segundo, sexto y séptimo según el caso, deben corresponder al año lectivo 2021.
- PARÁGRAFO: Abstenerse de realizar la inscripción en caso de no cumplimiento de los anteriores requisitos.
- Los aspirantes deben presentar certificado de disciplina o comportamiento de la Institución de donde proceden a la fecha de inscripción. No se aceptarán estudiantes que a la fecha de inscripción presenten valoración en disciplina o comportamiento inferiores a 4.2 (Nivel Alto según la escala de valoración institucional). La valoración de disciplina o comportamiento será un factor a tenerse en cuenta en el promedio exigido para la admisión.
- Los aspirantes deben presentar certificado de calificaciones finales del grado inmediatamente anterior al que se inscribió de la Institución de donde proceden a la fecha de inscripción. No se aceptarán aspirantes que a la fecha de inscripción presenten valoraciones inferiores a 4.2 en todas las áreas (Nivel alto según la escala de valoración institucional) y además no tener áreas reprobadas.
- Aquellos certificados o boletines cuyas valoraciones finales de las áreas sea n expedidas de manera cualitativa, los padres de familia deberán solicitar en la respectiva institución la conversión de las notas en lo correspondiente a la escala cuantitativa para determinar los valores a promediar.
- A los aspirantes a quienes se les haya asignado el cupo y posteriormente se les compruebe falsedad en la información presentada durante el proceso de inscripción, matrícula o a posteriori, ó alteración en la documentación, o presentación incompleta de la misma, se les cancelará el cupo.
Dada en San Juan de Pasto, a los veinticuatro (24) días del mes de diciembre de 2021.
Original Firmado
JORGE FERNANDO NAVIA ESTRADA
Vicerrector Académico