UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No. 0700
(9 de julio de 2021)
Por la cual se interrumpe el periodo vacacional de algunos funcionarios de la Universidad de Nariño.
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 0652 del 1 de julio del 2021 la Rectora de la Universidad de Nariño, concedió vacaciones colectivas para el personal de la Universidad de Nariño conforme a lo dispuesto por las normas estatutarias aplicables a personal docente y administrativo cuando se refieren a quiénes tienen derecho al disfrute de las vacaciones en virtud del tiempo acumulado en la prestación de sus servicios.
Que el artículo 15 del Decreto 1045 de 1978, dispone que el disfrute de las vacaciones se interrumpirá cuando se configure alguna de las siguientes causales: por necesidades del servicio.
Que por necesidades del servicio se debe interrumpir el disfrute de las vacaciones del personal administrativo que así lo solicitó, y que de conformidad con la Resolución 0652 del 1 de julio del 2021, empieza el día 12 de julio hasta el día 10 de agosto del 2021.
Que de conformidad con el artículo 36 del Decreto 1279 de junio 19 de 2002: “Cuando por necesidades del servicio es necesario aplazar las vacaciones de un docente, el Rector o en quien se delegue dicha facultad, expide una resolución motivada y deja constancia en la hoja de vida del docente”.
Que por necesidades del servicio se debe interrumpir el disfrute de las vacaciones del personal docente que así lo solicitó, y que de conformidad con la Resolución 0652 del 1 de julio de 2021, empieza el día 12 de julio hasta el día 17 de agosto del 2021.
Que de acuerdo con el artículo 10° del Decreto 3135 de 1968 se encuentra prohibido compensar las vacaciones en dinero, por lo cual las personas a quienes a través del presente acto administrativo se les interrumpe el disfrute de vacaciones, con posterioridad podrán ejercitar su derecho, previo acuerdo con Rectoría en periodos en que no se afecten las labores docentes, administrativas, investigativas y de proyección social de la Universidad de Nariño.
Que mediante oficio 007, la docente tiempo completo Barbaja Ojeda Cortes, solicita la suspensión de su periodo vacacional, por cuanto es la coordinadora encargada de la Maestría en Pedagogía Social, posgrado que está activo y que requiere de su firma para trámites administrativos.
Que mediante oficio FOA-MSCB-049, la docente tiempo completo Sonia Yaneth Mahecha, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante los días 15 de julio y del 9 al 17 de agosto del 2021 con el fin de poder cumplir con las actividades académico administrativas.
Que mediante oficio DEL 051, el Director del Departamento de Electrónica ANDRES DARIO PANTOJA solicita la suspensión de su periodo vacacional y la de los docentes tiempo completo JAVIER REVELO FUELAGÁN y WILSON OLMEDO ACHICANOY MARTINEZ, con el fin de garantizar la continuidad de los diferentes procesos académicos, administrativos, del semestre A de 2021.
Que mediante oficio DEL 051, el Docente tiempo completo ROBERTO RAMIREZ BRAVO, solicita la suspensión de su periodo vacacional, debido a actividades de carácter académico-administrativas de la Maestría en Didáctica de la Lengua y la Literatura Españolas de la Universidad de Nariño.
Que mediante oficio suscrito el día 8 de julio del 2021, el Docente tiempo completo CARLOS CORDOBA CELY adscrito al Departamento de Diseño, solicita la suspensión de su periodo vacacional, durante el periodo comprendido entre el 12 y 19 de julio del 2021 y entre el 6 y 17 de agosto del 2021, por cuanto es coordinador de la Maestría en Diseño para la Innovación Social MADIS, y es necesario reintegrarme a las funciones que derivan de la misma para garantizar el correcto inicio del semestre B de 2021.
Que mediante oficio suscrito el 9 de julio del 2021, el Docente tiempo completo LUIS ALBERTO MONTENEGRO MORA, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 12 y 16 de julio del 2021, por cuanto actualmente se encuentra trabajando en el Factor 2: Estudiantes en el proceso de renovación de la acreditación institucional de alta calidad, lo cual implica la consolidación de información, análisis y presentación de dicho factor.
Que mediante oficio suscrito el 8 de julio del 2021, el Docente tiempo completo OSWALDO OSORIO MORA, solicita la suspensión de su periodo vacacional, debido a que en su calidad de Coordinador del Doctorado en Ciencias Agrarias, debo estar al frente del programa, supervisando y ejecutando actividades administrativas que son de suma importancia.
Que mediante oficio VAC-ACI-181, el Docente tiempo completo FRANCISCO TORRES MARTINEZ, solicita la suspensión de su periodo vacacional, Por las labores encomendadas en el proceso de autoevaluación institucional, actividades que se llevan a cabo desde la División de Autoevaluación, Acreditación y Certificación.
Que mediante oficio suscrito el día 9 de julio del 2021, el Decano de la Facultad de Educación NELSON TORRES VEGA, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 12 y 24 de julio del 2021, para desarrollar el Seminario de Investigación III en el programa de la Maestría en Educación, para desarrollar el proceso de preparación de la visita de pares académicos para la re- acreditación de alta calidad del programa de Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental de la Facultad de Educación, Atender el proceso de Autoevaluación Institucional con fines de la Re acreditación de alta calidad de la Universidad de Nariño, con el factor Estudiantes. Entre otras.
Que mediante oficio suscrito el día 9 de julio del 2021, el Docente Tiempo Completo ALVARO RUGELES PEREZ, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 12 de julio y 14 de agosto del 2021, para adelantar actividades de carácter académico – administrativo de la Maestría en Geofísica de la Universidad de Nariño.
Que mediante oficio suscrito el día 9 de julio del 2021, el Docente Tiempo Completo CARLOS GUAZMAYAN RUIZ, solicita la suspensión de su periodo vacacional, para adelantar actividades académicas y administrativas que debe realizar como Coordinador de la Maestría en Educación Virtual designado mediante Resolución VIIS-0826 de 3 de junio 2021.
Que mediante oficio FDI-FOA-032, el Decano de la Facultad de Ingeniería ALEXANDER ALVARO BARÓN, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre 12 y 25 de julio del 2021 y entre el 7 y 10 de agosto del 2021, para adelantar actividades de planeación para la para la construcción colectiva del Pensamiento Estratégico de Facultad. Así como también trabajando en el avance de los proyectos que hacen parte de nuestro Plan de Gestión entre otras.
Que mediante oficio suscrito el día 8 de julio del 2021, la Docente Tiempo Completo SANDRA ESPERANZA SÁNCHEZ SIERRA, solicita la suspensión de su periodo vacacional, debido a actividades de carácter académico de la Maestría en Geofísica de la Universidad de Nariño, que le es necesario laborar de manera continua.
Que mediante oficio DIC – FOA – 033, el Director del Departamento de Ingeniería Civil GUILLERMO MUÑOZ RICAURTE, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 12 y 30 de julio del 2021, para gestionar todo lo relacionado a lo administrativo y académico del programa,
Que mediante oficio DIC – FOA – 033, el Director del Departamento de Ingeniería Civil GUILLERMO MUÑOZ RICAURTE, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 12 y 30 de julio del 2021, para gestionar todo lo relacionado a lo administrativo y académico del programa.
Que mediante suscrito entre el 9 de julio del 2021, la docente tiempo completo MARIA ELENA SOLARTE CRUZ, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 29 de julio y 17 de agosto del 2021, como también la suspensión del docente BELISARIO CEPEDA, durante el periodo comprendido entre el 29 de julio y 17 de agosto del 2021 y de la docente AIDA ELENA BACA GAMBOA durante el periodo comprendido entre el 12 y el 16 de julio de 2021.
Que mediante DDS-21, el Director del Departamento de Sistemas, LUIS OBEYMAR ESTRADA, solicita la suspensión de su periodo vacacional durante el periodo comprendido entre el 12 de julio y 26 de julio del 2021 debido a que se encuentro desarrollando actividades como Coordinador Ad-honorem del programa de Maestría en Ingeniería de Sistemas y Computación en el cual se continúan con actividades académicas y administrativas normalmente.
En mérito de lo expuesto y por necesidades del servicio,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO:
Interrumpir el disfrute de vacaciones colectivas del año 2021 para los funcionarios que se enlistan a continuación de acuerdo con las fechas indicadas así:
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los nueve (9) días del mes de Julio de 2021.
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
RECTORA