UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No 105
(marzo 16 de 2022)
Por la cual se aprueba la modificación de la Resolución N°0324 de septiembre 10 de 2021, referente a la cancelación de asignaturas del calendario para estudiantes de II semestre y siguientes, periodo B de 2021. Para Pasto, Ipiales, Tumaco y Túquerres, excepto Derecho y Medicina.
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. 300 de 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a Vicerrectoría Académica para expedir actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que la oficina de OCARA, el día 09 de septiembre del año en curso, presentó la propuesta del calendario para Estudiantes (Semestre II y siguientes) – Periodo B 2021 para Pasto, Ipiales, Tumaco y Túquerres.
Que según Resolución 0324 de septiembre 10 de 2021, se aprobó el calendario para estudiantes (semestre II en adelante, periodo B 2021) para Pasto, Ipiales, Túquerres y Tumaco, dentro del cual se establecieron fechas para realizar la cancelación de asignaturas para todos los programas excepto Derecho y Medicina.
Que como medida excepcional y previo estudio de los casos por parte de los Comités Curriculares, se autoriza la cancelación de asignaturas para aquellos estudiantes a quienes en el momento presentan cruce de horarios entre las asignaturas durante el periodo B 2021, debido al tránsito de virtualidad a presencialidad.
Que los estudiantes interesados en la medida excepcional, deberán remitir la solicitud de cancelación de asignaturas propias del Plan de Estudios, directamente ante los Comités Curriculares de cada departamento, dentro de la fecha límite.
Que no se podrá autorizar cancelación de asignaturas para aquellos estudiantes que tienen una asignatura matriculada para el periodo B 2021.
Que, para el caso de los estudiantes del programa de Derecho, únicamente se autorizará la cancelación de las asignaturas con duración semestral.
Que, para la radicación de los acuerdos de autorización de cancelación de asignaturas por parte de los Comités Curriculares ante la oficina de OCARA, se establece como fecha límite el 25 de marzo de 2022.
Que la cancelación de las asignaturas de Formación Humanística, se debe realizar con la Coordinación de Formación Humanística; de Idioma Extranjero con el Departamento de Lingüística e Idiomas; para los Módulos de Lenguaje y Herramientas informáticas con el Aula de Informática; para los Módulos de Lectura y Producción de Textos I y II, con el Departamento de Filosofía y Letras, dentro de la fecha límite.
En consecuencia,
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESUELVE:
ARTICULO 1.-
Aprobar la modificación de la Resolución N°0324 de septiembre 10 de 2021, referente a la cancelación de asignaturas del calendario para estudiantes de II semestre y siguientes, periodo B de 2021. Para Pasto, Ipiales, Tumaco y Túquerres, excepto Derecho y Medicina, de la siguiente manera:

ARTICULO 1.-
Vicerrectoría Administrativa, Comité de Matrículas, Tesorería y Pagaduría, Aula de Informática, Facultades, Centro de informática, Unidad de Televisión, Departamentos, Laboratorios y OCARA anotaran lo de su cargo.
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en San Juan de Pasto, a los dieciséis (16) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022).
Original Firmado
JORGE FERNANDO NAVIA ESTRADA
Vicerrector Académico