UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No. 1590
(10 de noviembre del 2020)
Por la cual se establece el período de Suspensión de actividades académicas y administrativas en la Universidad de Nariño.
LA RECTORA ENCARGADA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo No. 071 del 15 de octubre de 2016 modificado parcialmente por el Acuerdo No. 016 del 3 de marzo de 2017, proferidos por el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño.
CONSIDERANDO:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.
Declarar Periodo de Receso para el personal Docente de Tiempo completo, Empleados de Carrera, Trabajadores Oficiales, de periodo y de Libre nombramiento y remoción a partir del día veintidós (22) de diciembre del 2020 hasta el día ocho (8) de enero de 2021, inclusive.
ARTÍCULO 2°.
El Receso podrá suspenderse a algunos funcionarios de la Universidad de Nariño, lo cual se hará por Acto Administrativo, cuando se presenten necesidades del servicio al personal seleccionado y autorizado por Rectoría, que por sus conocimientos técnicos o por razón del trabajo que ejecuta, no pueda reemplazarse a fin de garantizar el cumplimiento de las labores que desarrolla, incluyéndose en esta excepción, además, al personal de carrera, Trabajadores oficiales, de periodo y de libre nombramiento y remoción que hace parte del área financiera Tesorería, Contabilidad, Presupuesto, Revisoría de Cuentas, División de Recursos Humanos, Departamento de Contratación, Fondo de Salud, Granjas y Vigilancia.
ARTÍCULO 3°.
Establecer la siguiente jornada laboral, con la finalidad de reponer los días de receso antes mencionados:
De lunes a viernes del día once (11) de noviembre hasta el día dieciocho (18) de diciembre del 2020 en el horario comprendido de 7:00 a.m. a 12:30 m. y de 2:00 p.m. a 7:00 p.m., y los sábados veintiuno (21) de noviembre del 2020, en el horario comprendido de 8:00 am a 12:00 m y el cinco (5) de diciembre del 2020 en el horario comprendido de 8:00 am a 11:00 a.m.
Parágrafo. Los Jefes de cada Sección verificarán el cumplimiento del horario anteriormente establecido.
ARTÍCULO 4°.
Rectoría, Vicerrectorías, Secretaría General, Control Interno, Oficina Jurídica, Control Interno Disciplinario, Tesorería, Planeación, Contabilidad, Almacén, Servicios Generales y mantenimiento, Facultades, Departamentos, División de Recursos Humanos y demás Unidades Académico – Administrativas anotarán lo de su cargo.
ARTÍCULO 5°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los diez (10) días del mes de noviembre de 2020.
Original Firmado
MARTHA SOFIA GONZALEZ INSUAST
RECTORA (E)