
RESOLUCIÓN No. 2523
(12 DE NOVIEMBRE DE 2024)
Por medio de la cual se establece el periodo de suspensión de actividades académicas y administrativas en la Universidad de Nariño.
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales, estatutarias y
C O N S I D E R A N D O:
Que, el artículo 26 numeral 28 del Acuerdo No. 080 del 23 de Diciembre del 2019, por el cual se adopta el Estatuto General de la Universidad de Nariño señala que son funciones del señor Rector “Suspender a través de resolución rectoral motivada, actividades académicas administrativas por receso de semana santa, carnavales, época decembrina, receso de mitad de año o final de año y cuando se presenten motivos de orden público, fuerza mayor o caso fortuito en cualquiera de las sedes de la Universidad de Nariño. Cuando las razones de suspensión por orden público, fuerza mayor o caso fortuito sobrepasen los tres (3) días, será la máxima autoridad la que adopte la determinación”
Que, de conformidad con el artículo 108 del Estatuto de Personal Administrativo dispone que: La jornada laboral para los empleados administrativos de tiempo completo será de cuarenta (40) horas semanales, la cual se desarrollará de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. sin perjuicio de que el Rector pueda determinar jornadas u horarios diferentes de manera regular y atendiendo a necesidades académicas y administrativas de la Universidad.
Que, la Universidad de Nariño se permite realizar receso administrativo para el personal Docente Tiempo Completo, Empleados de Carrera, Trabajadores Oficiales, de Periodo, de Libre Nombramiento y Remoción durante los días hábiles veintitrés (23), veinticuatro (24), treinta (30) y treinta y uno (31) de diciembre de 2024, así como los días dos (2), tres (3) y siete (7) de enero de 2025.
Que, para el Personal Administrativo vinculado mediante contrato laboral, el receso administrativo será durante los días hábiles veintitrés (23), veinticuatro (24), treinta (30) y treinta y uno (31) de diciembre de 2024.
Que, los días hábiles veintitrés (23), veinticuatro (24), treinta (30), treinta y uno (31) de diciembre de 2024 y los días dos (2), tres (3) y siete (7) de enero de 2025, deberán compensarse en tiempo dentro de jornadas laborales pactadas por Rectoría, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 del acuerdo 166 de 1990, para quienes se encuentran vinculados a la Universidad de Nariño.
Que, los días del periodo mencionado, se compensarán de la siguiente manera:
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, al doce (12) día del mes de noviembre de 2024
Original Firmado
JAIRO ANTONIO GUERRERO GARCÍA
RECTOR