
RESOLUCIÓN No. 2550
(14 DE NOVIEMBRE DE 2024)
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 2523 del 12 de noviembre de 2024.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Rectoral No. 2523 del 12 de noviembre de 2024, se estableció el periodo de suspensión de actividades académicas y administrativas en la Universidad de Nariño.
Que, el artículo 2 de la Resolución ibidem, estableció la siguiente jornada laboral para la compensación de los días de receso concedidos:
I)
Desde el día trece (13) de noviembre hasta el quince (15) de noviembre de 2024, se compensarán dos (2) horas diarias, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 7:00 p.m.
II)
Desde el día dieciocho (18) de noviembre hasta el veintisiete (27) de diciembre de 2024, se compensará una (1) hora diaria, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m.
III)
Los días sábados dieciséis (16), veintitrés (23) y treinta (30) de noviembre de 2024 se realizará una jornada laboral remota en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Parágrafo: Para el Personal Administrativo vinculado mediante contrato laboral, se compensará una (1) hora diaria, desde el día trece (13) de noviembre hasta el dieciséis (16) de diciembre, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m.
Que, mediante oficio fechado el día 13 de noviembre de 2024, algunos funcionarios solicitaron que se considere la posibilidad de agregar una jornada adicional para la reposición de horas o que se permita acordar directamente con el jefe inmediato el horario para la compensación de las horas de receso.
Que, en atención a la solicitud recibida, el Rector de la Universidad de Nariño analizó la viabilidad de ajustar la jornada laboral de reposición, teniendo en cuenta la naturaleza de las actividades y las necesidades operativas de cada área administrativa, así como el interés de promover una gestión flexible que facilite el cumplimiento de las horas compensatorias por parte de los funcionarios.
Que, en este orden de ideas la compensación de los días de receso se llevará a cabo de la siguiente manera:
Para el personal Docente Tiempo Completo, Empleados de Carrera, Trabajadores Oficiales, de Periodo, de Libre Nombramiento y Remoción:
I)
Desde el día trece (13) de noviembre hasta el quince (15) de noviembre de 2024, se compensarán dos (2) horas diarias, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 7:00 p.m.
II)
Desde el día dieciocho (18) de noviembre hasta el veintisiete (27) de diciembre de 2024, se compensará una (1) hora diaria, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. o de 12:00 m a 1:00 p.m., acordando la elección del horario mencionado con el jefe inmediato
III)
Los días sábados dieciséis (16), veintitrés (23) y treinta (30) de noviembre de 2024 se realizará una jornada laboral remota en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Parágrafo: Para el Personal Administrativo vinculado mediante contrato laboral, se compensará una (1) hora diaria, desde el día trece (13) de noviembre hasta el dieciséis (16) de diciembre, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. o de 12:00 m a 1:00 p.m., concertando la elección del horario mencionado con el jefe inmediato.
Que, mediante oficio OCARA-0369, fechado el día 13 de noviembre de 2024, el Director de la Oficina de Control, Registro Académico y Admisiones, solicita modificar el artículo 3 de la Resolución Rectoral No. 2523 del 12 de noviembre de 2024, con el propósito de incluir a dicha oficina entre las dependencias exentas de la jornada de compensación. Esto se debe a que, entre el 23 y el 31 de diciembre de 2024, se llevarán a cabo los procesos académicos de acuerdo con el calendario establecido por la Vicerrectoría Académica.
Que, en virtud de lo anterior, se requiere modificar parcialmente la Resolución No. 2523 del 12 de noviembre de 2024, en sus artículos segundo y tercero.
En mérito de lo expuesto,
ARTÍCULO 1°. Modificar parcialmente el artículo 2 de la Resolución No. 2523 del 12 de noviembre de 2024, el cual quedará así:
“ARTICULO 2°. Establecer la siguiente jornada laboral, con la finalidad de reponer los días de receso de la siguiente manera:
Para el personal Docente Tiempo Completo, Empleados de Carrera, Trabajadores Oficiales, de Periodo, de Libre Nombramiento y Remoción:
I)
Desde el día trece (13) de noviembre hasta el quince (15) de noviembre de 2024, se compensarán dos (2) horas diarias, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 7:00 p.m.
II)
Desde el día dieciocho (18) de noviembre hasta el veintisiete (27) de diciembre de 2024, se compensará una (1) hora diaria, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. o de 12:00 m a 1:00 p.m., concertando la elección del horario mencionado con el jefe inmediato.
III)
Los días sábados dieciséis (16), veintitrés (23) y treinta (30) de noviembre de 2024 se realizará una jornada laboral remota en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Parágrafo 1: Para el Personal Administrativo vinculado mediante contrato laboral, se compensará una (1) hora diaria, desde el día trece (13) de noviembre hasta el dieciséis (16) de diciembre, en el horario de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. o de 12:00 m a 1:00 p.m., concertando la elección del horario mencionado con el jefe inmediato.
Parágrafo 2: los Jefes de cada Sección verificarán el cumplimiento del horario anteriormente mencionado.”
ARTÍCULO 2°. Modificar parcialmente el artículo 3 de la Resolución No. 2523 del 12 de noviembre de 2024, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 3°. El receso podrá suspenderse a algunos funcionarios de la Universidad de Nariño, lo cual se hará por acto administrativo, cuando se presenten necesidades del servicio al personal seleccionado y autorizado por Rectoría que por sus conocimientos técnicos o por razón del trabajo que ejecutan, exceptuándose los trabajadores que hacen parte del Área Financiera, Tesorería, Contabilidad, Presupuesto, Revisoría de Cuentas, Sección de Talento Humano, Departamento de Contratación, Oficina de Control, Registro Académico y Admisiones (OCARA), Fondo de Seguridad Social en Salud, Granjas y Sección de Vigilancia.”
ARTÍCULO 3°. Las demás disposiciones de la Resolución No. 2523 del 12 de noviembre de 2024, se mantienen en su integridad.
ARTÍCULO 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
ARTÍCULO 5º. Rectoría, Vicerrectorías, Secretaría General, Control Interno, Departamento Jurídico, Control Interno Disciplinario, Tesorería, Planeación y Desarrollo, Contabilidad, Almacén, Servicios Generales, Decanaturas, Departamentos, Sección de Talento Humano, Seguridad y Salud en el Trabajo, Fondo de Seguridad Social en Salud, OCARA y demás Unidades Académico – Administrativas, anotarán lo de su cargo.
Dada en San Juan de Pasto, a los catorce (14) días del mes de noviembre de 2024
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Original Firmado
JAIRO ANTONIO GUERRERO GARCÍA
RECTOR