UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 989
( 2 de agosto)
Por la cual se dan a conocer los resultados consolidados de pruebas de conocimiento, se establece la lista de elegibles y se declaran desiertos los concursos docentes de tiempo completo año 2018
LA VICERRECTORA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo 074 de primero de diciembre de 2017 el Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño, aprobó el Plan de Vinculación Docente 2018-2020, en atención a la propuesta elaborada por la Administración Central y presentada a través del Consejo Académico.
Que en el presupuesto de la vigencia 2018 se encuentran incorporados los recursos financieros para cubrir los costos del Plan de Vinculación aprobado por el Consejo Superior.
Que mediante Acuerdo 027 de mayo 10 de 2017 el Consejo Académico de la Universidad de Nariño aprobó los perfiles y autorizó a la Vicerrectoría académica para desarrollar el concurso de méritos con el objeto de vincular docentes tiempo completo y medio tiempo en el año 2018 según el plan de vinculación 2018-2020.
Que la convocatoria aprobada por el Consejo Académico se abrió oficialmente el día 13 de mayo, dando a la misma suficiente difusión en cumplimiento de los Artículo 14 y 15 del Acuerdo 012 de febrero 8 del 2018.
Que en aplicación del reglamento de vinculación docente proferido mediante Acuerdo 012 de 8 de febrero de 2017, se cumplieron por parte de la Vicerrectoría Académica todos los procesos relacionados con los capítulos I, II, III y IV y con los artículos primero a treinta y seis referentes a todos los procesos formales del concurso docente de Tiempo Completo.
Que los distintos comités de selección y evaluación constituidos en cada Departamento con el aval de la Vicerrectoría Académica, desarrollaron los procesos relacionados con la revisión de hojas de vida de todos los inscritos e informaron formalmente los resultados para que se procediera a convocar a la presentación de las pruebas de conocimiento a los aspirantes que cumplieron con los requisitos habilitantes.
Que la Vicerrectora Académica en cumplimiento del Acuerdo 012 de 2018, seleccionó a través de invitación pública a Universidades Acreditadas en Alta Calidad para la elaboración de las pruebas de conocimiento y recibió de ellas tanto los exámenes como las evaluaciones de las pruebas escritas y proyectos de investigación haciendo uso de los protocolos establecidos para tal fin.
Que una vez recibidos los resultados de las pruebas escritas, proyectos de investigación, idioma extranjero y clase magistral, la Vicerrectora Académica consolidó la información correspondiente y autorizó a los comités de selección para evaluar la hoja de vida de los aspirantes que superaron las pruebas de conocimiento por haber obtenido un puntaje igual o superior a 35 puntos sobre 50.
Que los distintos comités de selección constituidos en cada departamento con el aval de la Vicerrectoría Académica, desarrollaron los procesos relacionados con la revisión de hojas de vida de los aspirantes que obtuvieron el puntaje requerido en las pruebas de conocimiento en aplicación del Acuerdo 012 de 2017 e informaron formalmente los resultados a la Vicerrectoría Académica.
Que en aplicación del Artículo 36 del acuerdo 012 de 2017, la vicerrectoría académica procedió a realizar el cálculo de la calificación de las hojas de vida de cada concurso, otorgando 50 puntos al aspirante que obtuvo la mayor valoración y aplicando una regla de tres simple para los demás aspirantes.
Que el artículo 38 del Acuerdo 012 de 2017 establece: “La Vicerrectoría Académica mediante resolución, publicará los resultados consolidados, sumando los puntajes obtenidos en la evaluación de las hojas de vida y la prueba de conocimientos. Con estos resultados se elaborará una lista de elegibles en estricto orden descendente de puntaje. Se declarará ganador al aspirante que ocupe el primer lugar en la lista de elegibles. La resolución se publicará en la página web oficial de la Universidad de Nariño”.
Que a su turno, el artículo 39 de la norma en comento, prevé que contra la resolución que conforma la lista de elegibles podrá interponerse el recurso de reposición dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su publicación y de apelación en segunda instancia al Rector dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la respuesta del recurso de reposición.
Que en consecuencia de lo expuesto
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Dar a conocer los resultados de las pruebas de conocimiento realizadas por los distintos aspirantes habilitados para los concursos de tiempo completo de la Universidad de Nariño año 2018, cuyos puntajes fueron:
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los dos (2) días del mes de agosto del año 2018
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica