UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCION No. 2127
(27 DE SEPTIEMBRE DE 2023)
Por medio de la cual se revoca la resolución 0717 de 2023 y se dictan otras disposiciones.
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 108 del Estatuto de Personal Administrativo dispone que: “La jornada laboral para los empleados administrativos de tiempo completo será de cuarenta (40) horas semanales, y se desarrollará de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.; sin perjuicio de que el Rector pueda determinar jornadas u horarios diferentes de manera regular y atendiendo a necesidades académicas y administrativas de la Universidad”.
Que el horario de trabajo, es la distribución de la jornada laboral según las necesidades de cada entidad; dependerá de las funciones impuestas y las condiciones en que deban ejecutarse.
Que mediante Resolución Rectoral No. 0717 de 19 de abril de 2023 se dispuso autorizar jornada contínua para los días viernes de cada semana para el personal administrativo de la Universidad, en horario comprendido entre las 7:00 a.m. y las 3:00 p.m. No obstante, la presencia de estudiantes, docentes e incluso de algunos funcionarios han evidenciado que se requiere la atención en el horario habitual que comprende desde las 8:00 a.m a 12:00 m y desde las 2:00 p.m hasta las 6:00 p.m. a efectos de que los procesos académicos y administrativos fluyan con entera normalidad, razón por la cual se procederá conforme con el numeral 2º del artículo 93 de la Ley 1437 de 2011 a revocar la mencionada resolución, a efectos de que los días viernes el personal administrativo genere la prestación de sus servicios en el horario laboral ordinario antes mencionado por necesidades en el servicio.
Que el numeral 2 del Artículo 7° de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), señala que las autoridades deberán: “Garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio”.
Que, en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
CAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA
ARTÍCULO 1.
Revocar la Resolución Rectoral No. 0717 de 19 de abril de 2023 conforme lo expuesto en la parte motiva del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO 2.
En consecuencia, disponer que el horario laboral para la totalidad del personal administrativo de la Universidad de Nariño para los días viernes de cada semana corresponde al comprendido entre las 8:00 a.m a 12:00 m y desde las 2:00 p.m hasta las 6:00 p.m.
ARTÍCULO 3.
El ingreso a la Universidad de Nariño durante los días viernes a partir de las 2:00 p.m. será exclusivo para docentes, estudiantes, funcionarios y contratistas de la Institución. Secciones como Biblioteca y OCARA no prestarán servicio a terceros ajenos a la misma.
ARTÍCULO 4.
La presente Resolución rige a partir del día veinte (20) de octubre de 2023 y deja sin efecto cualquier disposición que le pudiera ser contraria.
ARTÍCULO 5.
Rectoría, Vicerrectorías, Secretaria General, Dirección de Planeación y Desarrollo, Sección de Talento Humano, Dirección Control Interno, Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo y demás Unidades académicas y administrativas anotarán lo de su cargo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los veintisiete (27) días de septiembre de 2023.
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUATI
Rectora