
RESOLUCIÓN No.022
(19 DE ENERO DE 2024)
Por la cual se autoriza el cronograma de actividades de las Ceremonias de Grado, para el año 2024.
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias
CONSIDERANDO
Que la Oficina de Control, Registro Académico y Admisiones – OCARA presentó mediante oficio OCARA-009 del 17 de enero de 2024, la propuesta del cronograma de actividades de las Ceremonias de Grado, para que se desarrolle de manera presencial para el año 2024.
Que mediante Acuerdo No. 300 de 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a la Vicerrectoría Académica para expedir actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que mediante Acuerdo No. 031 del 9 de marzo de 1999, el Consejo Académico reglamentó el proceso de grados y en el Artículo 1º definió cuatro ceremonias de grado durante el año, las cuales se efectuarán en el último sábado de cada trimestre.
Que la Oficina de Registro y Control Académico – OCARA es la responsable de implementar el cronograma de las actividades que se relacionan con el proceso de graduación, desde la presentación de las solicitudes respectivas hasta la realización de la ceremonia de grado.
Que la organización y desarrollo de las actividades de las ceremonias de grado corresponden a las Dependencias de OCARA, Secretaria General, Bienestar Universitario y Servicios Generales.
Que, de acuerdo a lo anterior,
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESUELVE:
Artículo 1.
Autorizar el cronograma de actividades de las Ceremonias de Grado Presencial para el año 2024, de la siguiente manera:
CRONOGRAMA DE CEREMONIAS DE GRADO 2024
Artículo 2.
Autorizar el pago por concepto de alquiler de Toga para las ceremonias de grado del año 2024.
Artículo 3.
Para garantizar el autocuidado y organización, OCARA, Secretaria General, Servicios Generales y la Unidad de Salud, dispondrán las recomendaciones obligatorias para el desarrollo de las Ceremonias presenciales en la Universidad de Nariño.
Artículo 4.
La organización y desarrollo de las actividades de las ceremonias de grado corresponden a las Dependencias de OCARA, Secretaria General, Bienestar Universitario y Servicios Generales.
Artículo 5.
Toda modificación del cronograma será aprobada por la Vicerrectoría Académica.
Artículo 6.
Secretaria General, OCARA, Servicios Generales, Bienestar Universitario, Comité de Matriculas, Sección de Sistemas de Información, Tesorería, Facultades, Departamentos, anotarán lo de su cargo.
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los diecinueve (19) días del mes de enero de 2024.
Original Firmado
GIRALDO JAVIER GÓMEZ GUERRA
Vicerrector Académico