
UNIVERSIDAD DE NARIÑO
OFICINA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Resolución No. 0358
Por medio de la cual se designa a los representantes para conformar el Comité de Convivencia Laboral de la Universidad de Nariño
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales, estatutarias y reglamentarias, y,
C O N S I D E R A N D O:
Que de acuerdo a los dispuesto en la Ley 1010 de 2006, por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, artículo 9 señala las medidas preventivas y correctivas del Acoso Laboral, y en su inciso 1, dispone que “Los reglamentos de trabajo de las empresas e instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo.
Los comités de empresa de carácter bipartito, donde existan, podrán asumir funciones relacionadas con el acoso laboral en los reglamentos de trabajo”. Que la Resolución 2646 del 17 de julio de 2008, emanada del Ministerio de Protección Social, por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por estés ocupacional.
Que, el objeto de la citada Resolución es definir la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas, así como establecer la responsabilidad que les asiste a los empleados públicos y privados y a las administradoras de Riesgos Profesionales frente al desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, contenidas en el artículo 14 de la resolución 2646 de 2008.
Que, el Artículo 5 de la Resolución 0652 de 2012, indica que el periodo de los miembros del Comité de Convivencia será de dos (2) años, a partir de la conformación del mismo, que se contará desde la fecha de la comunicación de la elección y /o designación.
Que, la Resolución 1356 de 2012, que modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012, en su artículo 3 ratifica la conformación del Comité de Convivencia, el cual estará compuesto por dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, con sus respectivos suplentes quienes los elegirán a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y autentica de todos los trabajadores.
Que la Universidad de Nariño realizó la convocatoria dirigida a todos los funcionarios de la Universidad de Nariño, mediante Circular No. 001 del 31 de enero de 2024 para que los interesados en conformar el Comité de Convivencia Laboral se inscriban, de cuyo proceso se obtuvieron los siguientes candidatos inscritos: ESPERANZA BRAVO GARRETA, NANCY GÓMEZ, BRAYAN PANTOJA, OSCAR GUADIR, SANDRA DORADO, MADELYN MATABANCHOY e IDELFONSO BURBANO
Que el día 14 de febrero de 2024, se realizó el proceso de elección mediante votación virtual, a través del link: https://sapiens.udenar.edu.co:5051/votaciones, enlace que estuvo habilitado desde las 8:00 a m hasta las 4:00 p.m.
Que, mediante Acta de escrutinio de elecciones de representantes de los funcionarios al Comité de Convivencia Laboral, del 14 de febrero del 2024, para el periodo 2024 – 2026, la profesional ADRIANA CRISTINA GUERRERO ROSERO, Coordinadora de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad de Nariño, da a conocer los resultados de las elecciones de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Convivencia Laboral, así:
Por medio de la cual se designa a los representantes para conformar el Comité de Convivencia Laboral de la Universidad de Nariño
Que el resultado arroja como ganadoras y miembros principales a las funcionarias JOHANA MADELYN MATABANCHOY SALAZAR y ZOILA ESPERANZA BRAVO GARRETA y como suplentes SANDRA DORADO y OSCAR GUADIR.
Que, en virtud de lo anterior,
ARTICULO 1:
Designar como miembros del Comité de Convivencia Laboral y representantes del empleador a la Jefe de la Sección de Talento Humano, a l(a) Secretario(a) General, al(a) asesor(a) jurídico(a) de Rectoría y al(a) Jefe de la Sección de Tesorería de la Universidad de Nariño, para un periodo de dos (2) años.
ARTICULO 2:
Designar como representantes de los trabajadores de la Universidad de Nariño para conformar el Comité de Convivencia Laboral a los funcionarios JOHANA MADELYN MATABANCHOY SALAZAR, docente Departamento de Psicología y ZOILA ESPERANZA BRAVO GARRETA, Técnico Sección de Talento Humano como miembros principales, y SANDRA YAKELINE DORADO MEDINA, Secretaria Administrativa Sede Regional Ipiales, y OSCAR IVÁN GUADIR CHINCHAJOA, Asistencial Servicios Generales, como suplentes para un periodo de dos (2) años
ARTICULO 3:
Rectoría, Sección de Talento Humano, Sistema de Bienestar Universitario, División de Autoevaluación, Acreditación y Certificación, Secretaria General, Control Interno y Seguridad y Salud en el Trabajo, anotarán lo de su cargo
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los veintidós (22) días del mes de febrero de 2024.
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Rectora