
RESOLUCION NÚMERO 002
(14 de febrero de 2025)
Por la cual se adopta el reglamento de garantías y transparencia electoral para adelantar el proceso de elección del Representante (s) Estudiantil (es) ante el Consejo de Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, para el período de dos (2 años).
EL DECANO DE LA FACULTAD DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO,
En uso de sus atribuciones reglamentarias y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 10 del artículo 29 del Estatuto General de la Universidad de Nariño adoptado mediante Acuerdo 080 de 2019 por el Consejo Superior Universitario, determina que “(…) Las elecciones de representantes estudiantiles y profesorales ante los comités curriculares y consejos de facultad, serán organizadas y coordinadas por los secretarios académicos”.
Que a su vez, el numeral 15 del artículo 80 de la norma en comento dispuso como función propia del Decano la siguiente: “Convocar a elección de los representantes profesorales y estudiantiles ante los organismos de la facultad y presentar a quienes resulten elegidos ante el rector para su designación”.
Que el artículo 89 del Estatuto General prevé la conformación de los Consejos de Facultad de la siguiente forma:
“El Consejo de Facultad estará conformado por:
1. El decano, quien lo preside.
2. Los directores de departamento
3. El director de la escuela de postgrados, si la facultad la tuviese, o un coordinador de los programas de postgrado elegido por sus homólogos.
4. El coordinador del centro de investigación e interacción social de la facultad.
5. Un profesor escalafonado de la facultad, elegido por sus homólogos.
6. Un estudiante de pregrado, con matrícula académica vigente, elegido por sus homólogos. Cuando la facultad cuente con más de cinco programas de pregrado, se elegirán dos representantes estudiantiles.
7. Un estudiante de postgrado propio de la facultad, elegido por sus homólogos”.
Que en armonía con lo expuesto, el artículo 126 de la misma norma establece que “corresponde a las siguientes autoridades académicas- administrativas, reglamentar las elecciones de los servidores públicos y cargos de representación, como se indica a continuación: (…) 6. Elección de representantes ante consejos de Facultad y Comités curriculares, por Resolución de la respectiva decanatura”.
A su turno, el artículo 124 del citado Estatuto determina respecto del periodo de los representantes estudiantiles a los diferentes cuerpos colegiados universitarios, que “La elección democrática de los representantes ante los diferentes consejos universitarios se llevará a cabo en la medida en que se terminen sus periodos personales. Con excepción de las señaladas en este Estatuto. En el caso de vacancia definitiva de las representaciones sometidas a elección democrática ante los diferentes consejos, se procederá a convocar a nuevas elecciones para iniciar nuevo periodo”.
Que el artículo 119 del mencionado Estatuto General determina quiénes serán los electores dentro de esta representación, disponiendo que tienen la calidad de estudiantes las personas con 2 matrícula vigente en cualquier programa de pregrado o postgrado propios de la Universidad de Nariño, adscritos a la Facultad.
Que, a la fecha, se requiere adelantar la elección de Representantes Estudiantiles ante el Consejo de Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, para lo cual, mediante el presente acto administrativo se procederá con la convocatoria para dicha elección conforme con lo establecido en las normas estatutarias aplicables;
Que, mientras persista la emergencia sanitaria por la covid 19, las elecciones se llevarán a cabo a través de la plataforma virtual dispuesta por la Institución.
R E S U E L V E
Artículo 1º.
Objeto.- Convocar al estamento estudiantil adscrito a la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Nariño con matrícula vigente para que el día 02 de abril del 2025, elijan a su representante ante el Consejo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, para el periodo dos (2 años), contados a partir de la fecha de su posesión, siempre y cuando conserven las calidades exigidas para tal representación
EXPÍDASE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los (catorce) 14 días del mes de febrero de 2025.
Original Firmado
HERNAN ALVERTO ESCOBAR
DECANO FACIEN
Original Firmado
DUVI MARCELA MENESES
SECRETARIA ACADÉMICA