UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN NÚMERO 1334
(17 de agosto de 2018)
Por la cual se convoca a elección de asambleístas.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones estatutarias y reglamentarias, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo Nº108 de 17 de diciembre de 2008, fue aprobado el “Plan de Desarrollo 2008 – 2020, Pensar la Universidad y la Región”, el cual fue construido democráticamente por la Comunidad Universitaria a partir de una fase diagnóstica que obliga a generar un proceso de Reforma Profunda en la Universidad de Nariño.
Que mediante Resolución Rectoral Nº1781 del 8 de mayo de 2009, se constituyó la Asamblea Universitaria que se define como un organismo de participación y deliberación de los estamentos universitarios cuyo fin es el de materializar la Reforma Profunda en sus normas principales y generales.
Que mediante Acuerdo No. 079 de noviembre de 30 de 2010 del Consejo Superior de la Universidad de Nariño se adoptó la Reforma Universitaria como una política académico – administrativa institucional (art. 1º) y reconoció a la Asamblea Universitaria como un órgano de participación y deliberación de la comunidad universitaria, adscrita a la Rectoría (art. 4º).
Que el acto administratico en mención delegó al Rectoor para que en acuerdo con la Mesa Directiva de la Asamblea, actualice la composición y el funcionamiento de la Asamblea Universitaria (art. 6º).
Que mediante resolución rectoral No. 3122 de octubre 16 del 2013 se modifico parcialmente la Resolución No 0535 de 01 de marzo del 2013 sobre la conformación de la Asamblea Universitaria, disponiendo que la misma será la siguiente:
“COMPOSICIÓN. La Asamblea Universitaria como órgano de participación y deliberación de la Comunidad Universitaria, adscrita a la Rectoría estará integrada así:
a) Un representante profesoral por cada Programa Académico elegido por sus homólogos.
b) Los Decanos de todas las Facultades de Pregrado.
c) Un (1) estudiante por cada uno de los programas académicos de Pregrado.
d) Quince (15) representantes de los empleados y trabajodores.
e) Un 1 estudiante por cada una de las Extensiones de Ipiales, Tumaco y Túquerres.
f) Los representantes profesorales ante el Consejo Superior y el Consejo Académico.
g) Los representantes estudiantiles ante el Consejo Superior y el Consejo Académico.
h) Cinco representantes estudiantiles ante el Consejo Superior Estudiantil.
i) Diretores de los Centro de Investigación y Postgrados.
j) Dos (2) representantes de los egresados.
k) un (1) representante de los pensionados.
l) El Director y un representante estudiantil del Liceo Integrado de Bachillerato Univerisdad de Nariño.
m) El Rector o su delegado
n) El presidente del Consejo Superior Universitario como miembro honorario.
Los asambleístas de que hablan los numerales c) y e) contarán cada uno con el respectivo suplente”.
Que en el Acta Nº 007 del día 14 de agosto de 2018 de la Mesa Directiva Ampliada se analiza la conformación actual de la Asamblea Universitaria y se plantea la necesidad de desarrollar el proceso de reafirmación o elección de los asambleístas de los literales a,c,e,j y k.
Por lo anterior,
RESUELVE:
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los 17 días del mes de agosto 2018.
Original firmado
CARLOS SOLARTE PORTILLA
RECTOR