UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No. 0509
(diciembre 18 de 2020)
Por la cual se modifica la Resolución N° 0404 de septiembre 11 de 2020, donde se aprueba el calendario académico (Semestre II y siguientes) periodo A 2020; únicamente para el Programa de Medicina.
La Vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Proposición N° 016 de diciembre 11 de 2020, el Consejo de la Facultad de Ciencias de la Salud, recomienda la modificación de la Resolución 0404 del 11 de septiembre de 2020, correspondiente al calendario académico para Estudiantes (Semestre II y siguientes) – Periodo A de 2020 -únicamente para el Programa de Medicina.
Que mediante Resolución No 0404, de septiembre 11 de 2020, la Vicerrectoría Académica aprobó la modificación de la Resolución N° 0323 de 22 de julio, donde se aprueba el calendario académico (Semestre II y siguientes) 2020; únicamente para el Programa de Medicina.
Que mediante Acuerdo 024 del 12 de marzo de 2020, el Consejo Superior de la Universidad de Nariño, adoptó las medidas de carácter preventivo frente a la amenaza del COVID – 19.
Que, en el Artículo primero del precitado Acuerdo, se acordó mantener y reforzar las medidas institucionales adoptadas para prevenir la propagación de COVID – 19 en la comunidad universitaria.
Que mediante Acuerdo 044 del 17 de marzo de 2020, el Comité Curricular y de Investigaciones del Programa de Medicina, acoge plan de contingencia, respecto a las medidas de carácter preventivo frente a la amenaza del COVID – 19.
Que en las diferentes reuniones de Docencia – Servicio realizadas con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, con las cuales la Universidad mantiene convenios vigentes en la ciudad de Pasto e Ipiales, expresaron a través de sus Coordinadores autorizados, la aprobación del retorno a los escenarios de práctica;
Que, debido al alto grado de responsabilidad por parte de la Universidad con respecto a permitir el ingreso de los estudiantes a las prácticas clínicas, y los procesos de inducción en las instituciones prestadoras de salud, la fecha de reanudación para dichas actividades se postergó hasta los días 09 y 17 de noviembre de 2020, para VI semestre y VIII semestre, respectivamente.
Que a partir de esta fecha de reanudación de prácticas clínicas, el periodo académico A 2020, se deberá extender y culminar hasta el mes de marzo del año 2021, conservando 16 semanas hábiles para realizar las actividades académicas que no se pudieron desarrollar por motivo de pandemia COVID – 19, permitiendo de esta manera que, los estudiantes de los diferentes semestres puedan culminar de manera satisfactoria los contenidos del componente práctico de las asignaturas que se suspendieron; de esa forma se garantizará la finalización de los ejes temáticos y contenidos programáticos, acorde a lo establecido en el Proyecto Educativo del Programa.
Que con base al calendario aprobado por Vicerrectoría Académica, mediante Resolución 0404 de la presente anualidad, los estudiantes cursantes hasta ese momento en X semestre, desarrollaron las actividades académicas a través de la virtualidad, aprobando y culminando el semestre A 2020 en el mes de noviembre; quedando pendiente el componente práctico en la asignatura de Pediatría, con el compromiso de reponerlo durante el año de Internado Rotatorio, lo cual fue avalado por el Comité Curricular y de Investigaciones del Programa de Medicina, mediante Acuerdo 097 del 04 de noviembre de 2020.
Que una vez culminado X semestre, con base a los lineamientos y normatividad establecida para la asignación de cupos en los sitios de práctica con los cuales la Universidad de Nariño tiene convenio Docencia – Servicio vigente, los estudiantes empezaron a realizar su práctica profesional en el Hospital Universitario Departamental de Nariño, Fundación Hospital San Pedro, Resolución No. 0509 del 18 de diciembre de 2020 Página 2 de 3 Hospital Eduardo Santos, Hospital Civil de Ipiales, y están a punto de iniciar así mismo, en las instituciones de salud designadas por las Universidades del Cauca y del Valle, para desarrollar el Internado Rotatorio, por lo cual, los mismos deben registrar su matrícula financiera y académica para garantizar el cumplimiento de ellos y sus actividades académicas por parte de las aseguradoras en Riesgos Laborales (ARL) y Póliza de Responsabilidad Civil Contractual.
Que la Mesa Directiva de la ASAMBLEA UNIVERSITARIA, el movimiento estudiantil y las directivas universitarias en cabeza del señor Rector con el apoyo de la ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE NARIÑO, en un hecho histórico ante la coyuntura por pandemia COVID – 19, logró obtener la matrícula cero para todos los estudiantes de todos los programas, en todas las sedes en el periodo B 2020
Que por lo anterior se debe garantizar matrícula cero para los estudiantes que ingresan a Internado Rotatorio, asignatura perteneciente a XI semestre del Programa de Medicina, de igual manera, avalar el avance de la matrícula académica.
Que mediante Acuerdo 086 del 01 de diciembre de 2020, el Honorable Consejo Académico autoriza la apertura y desarrollo de las asignaturas del Plan de Estudios del Programa de Medicina correspondiente a los ciclos académicos básico y preclínico en el periodo A 2020.
Que en precitado acuerdo se autoriza la apertura de las asignaturas: Inmunología y Neuroanatomía de III semestre, Farmacología y Bioética II de V semestre, las cuales iniciaran la tercera semana del mes de enero del 2021, su finalización y registro de notas en el sistema, se evaluara según el avance de las mismas.
Que dichas asignaturas solo deberán ser cursadas por los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos en el Acuerdo 086 del 01 de diciembre de 2020, emanado por el Honorable Consejo Académico, y la matricula académica de las mismas se llevará a cabo en las fechas establecidas en la Resolución 0502 del 09 de diciembre de 2020.
En consecuencia,
LA VICERRECTORA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESUELVE:
ARTICULO 1.-
Modificar la Resolución 0404 del 11 de septiembre de 2020, correspondiente al calendario académico para Estudiantes (Semestre II y siguientes) – Periodo A de 2020- únicamente para el Programa de Medicina, de la siguiente manera:
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en San Juan de Pasto, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil veinte (2020).
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica