
CIRCULAR No. 0067
25 DE JUNIO DE 2025
DE:
Rectoría – Jefe Sección de Talento Humano
PARA:
Jefes de Unidades Académicas y Administrativas que tenga a su cargo personal de libre nombramiento, trabajadores oficiales y de carrera administrativa
ASUNTO:
Evaluación de desempeño 2025A periodo enero-junio 2025
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004 y al Decreto 1083 del 2015 y con el objetivo de continuar aplicando los procedimientos en pro del mejoramiento continuo de la institución acorde al Plan de Desarrollo Institucional; se informa que el sistema de evaluación de desempeño laboral para el semestre A2025 (periodo enero-junio de 2025) estará disponible a partir del 27 de junio al 15 de agosto de 2025.
En este sentido cabe aclarar que, la aplicación de la Evaluación de Desempeño es a los servidores públicos solo de carrera administrativa, trabajadores oficiales, libre nombramiento y remoción, adscritos al área administrativa de la Universidad de Nariño, permitirá además de lo mencionado, la adopción de decisiones administrativas referidas a la permanencia, proyección, retiro, motivación, capacitación y desarrollo de competencias en los servidores públicos.
Para cumplir este objetivo, es necesario que cada líder de proceso, director o jefe de dependencia, evalúe la totalidad de los funcionarios de carrera que se encuentren a su cargo de manera objetiva, en concordancia con el desempeño real de cada funcionario y en cumplimiento de competencias, habilidades, metas, objetivos y compromisos adquiridos.
Para llevar a cabo este proceso acceda a la plataforma institucional SAPIENS con su usuario y contraseña, en caso de tener inconvenientes, debe informar a la Sección de Sistemas de Información al correo ci@udenar.edu.co o al teléfono 6027244309 Ext. 1100.
La evaluación debe realizarse únicamente a través del aplicativo correspondiente y deben guardar el reporte en formato digital y enviarlo al correo recursoscalidad@udenar.edu.co evitando imprimir para evitar un gasto innecesario de papel.
Por último, la responsabilidad del evaluador es INDELEGABLE y el establecimiento de compromisos debe hacerse de manera concertada con el funcionario evaluado.
Agradecemos su colaboración en la aplicación oportuna de este procedimiento.
Original Firmado
ELIZABETH CABRERA RAMOS
Jefe Sección de Talento Humano
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Rectora