
CIRCULAR N° 033
(28 de julio de 2026)
DE:
SECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES Y DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL.
PARA:
DECANOS DE FACULTAD, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO, DOCENTES, ESTUDIANTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y COMUNIDAD EN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO, SEDE TOROBAJO, VIIS Y CENTRO.
ASUNTO:
FUMIGACIÓN DE ESPACIOS INTERNOS Y EXTERNOS, DESINFECCIÓN Y DESRATIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE TOROBAJO, VIIS Y CENTRO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO.
INFORMACIÓN PARA LA FUMIGACIÓN DE ESPACIOS INTERNOS Y EXTERNOS, DESINFECCIÓN Y DESRATIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE TOROBAJO, VIIS Y CENTRO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO.
La Dirección de Servicios Generales y la Dirección de Planeación y Desarrollo, a través del Sistema de Gestión Ambiental de la Universidad de Nariño se permiten informar lo siguiente:
- Que el día sábado 01 y domingo 02 de agosto de 2026, se realizará fumigación de espacios internos y externos, desinfección y desratización en las siguientes instalaciones:
- El día sábado 01 de agosto de 2026, a partir de las 8:00 a.m., se llevará a cabo una jornada de fumigación de espacios internos y externos, desinfección, desratización en TODAS las instalaciones de la SEDE TOROBAJO de la Universidad de Nariño.
- El día sábado 01 de agosto de 2026, a partir de las 2:00 p.m., se llevará a cabo una jornada de fumigación de espacios internos y externos, desinfección, desratización en TODAS las instalaciones de la SEDE VIIS de la Universidad de Nariño.
-
El día domingo 02 de agosto de 2026, a partir de las 8:00 a.m., se llevará a cabo una jornada de fumigación de espacios internos y externos, desinfección, desratización en TODAS las instalaciones de la SEDE CENTRO de la Universidad de Nariño.
- Las actividades antes descritas se llevarán a cabo con el fin de garantizar condiciones adecuadas de salubridad, prevenir riesgos asociados a la presencia de vectores y dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas por la autoridad sanitaria competente. Estas acciones se enmarcan en el cumplimiento de la normatividad legal vigente, en particular de lo dispuesto en los artículos 168, 201 y 593 de la Ley 9 de 1979, así como de los requerimientos derivados de la visita de Inspección, Vigilancia y Control Sanitario realizada por la Secretaría de Salud Municipal.
- Se recomienda designar responsables para la apertura de las instalaciones objeto de intervención o, en su defecto, realizar la entrega de las llaves debidamente identificadas al personal de vigilancia correspondiente, con el fin de facilitar el ingreso del personal técnico encargado de ejecutar las actividades programadas.
- Únicamente estará autorizado el ingreso del personal externo encargado de realizar la fumigación y desinfección. En consecuencia, se restringirá el acceso de la comunidad universitaria a las instalaciones a intervenir, con el fin de evitar la exposición a riesgos biológicos y químicos derivados de este procedimiento.
- La empresa contratada para la ejecución de las actividades de control de plagas y desinfección deberá cumplir con los protocolos de bioseguridad, seguridad y salud en el trabajo, así como con las disposiciones vigentes relacionadas con la gestión integral de residuos generados durante la prestación del servicio.
Atentamente,
Original Firmado
IVAN MARTÍNEZ GUERRERO
Director (E) Servicios Generales
Universidad de Nariño.




