UNIVERSIDAD DE NARIÑO
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
CIRCULAR No. 086
(31 de agosto de 2022)
PARA:
DECANOS DE FACULTAD, SECRETARÍAS ACADÉMICAS, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO, SECRETARÍAS DE DEPARTAMENTO, OFICINA DE CONTROL Y REGISTRO ACADÉMICO (OCARA), OFICINA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO, CENTRO DE INFORMÁTICA Y SECCIÓN DE LABORATORIOS.
DE:
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
ASUNTO:
Implementación del Acuerdo 074 de diciembre 3 de 2019 – Asignaturas comunes de universidad de las áreas de Matemáticas, Estadística, Química, Biología y Física.
1. El Acuerdo 074 de diciembre de 2019, expedido por el Consejo Académico, establece las asignaturas comunes de universidad para las áreas de matemáticas, estadística, biología, física y química, en el cual se unifica el número de créditos y la intensidad horaria semanal de teoría y práctica, todo lo cual fue concertado con los programas oferentes y los que reciben el servicio.
2. El Acuerdo 074 de 2019 para las áreas de Biología, Química y Física, se aplicará plenamente desde el período 2022B.
3. Todos los programas que tengan asignaturas comprometidas en el Acuerdo en mención, lo deben acoger y aplicar plenamente.
4. Para efectos de matrícula de las asignaturas de flexibilidad de los estudiantes de primer semestre, los departamentos de Química, Matemáticas y Estadística, Biología y Física, según corresponda, indicarán a OCARA las franjas, grupos y cupos en las que se los debe matricular.
5. Para la organización de horarios, oferta y matrícula de las asignaturas de flexibilidad de todas las áreas, se procederá de la siguiente manera:
HORARIOS: para la organización de los horarios, se deben respetar las franjas de horarios establecidas para el área de matemáticas y estadística, y luego, entre oferentes, receptores del servicio y sección de laboratorios deben concertar las franjas para las áreas de Biología, Física y Química.
OFERTA: la solicitud de asignaturas en la programación académica y la apertura de cupos en el sistema Sapiens de la Universidad de Nariño, sólo la debe realizar el departamento que las ofrece; por lo tanto, el Centro de Informática debe realizar los ajustes para que se cumpla este requerimiento.
Las franjas de las asignaturas teóricas tendrán cupo indefinido y los cupos para las franjas de laboratorio están condicionados al número de laboratorios y a la capacidad de los mismos.
Una vez finalizado el período de matrícula ordinaria, el sistema Sapiens, en una primera etapa organizará de forma aleatoria grupos de máximo 45 estudiantes para cursos teóricos y de 25 para los de laboratorio; una vez finalizado el período de matrícula extraordinaria, se balancearán los grupos teóricos con máximo 50 estudiantes y de 25 estudiantes para los cursos de laboratorio. Para el área de estadística, los cursos se consideran teóricoprácticos y deben tener una capacidad de 40 cupos
MATRÍCULA: Los estudiantes primero deben matricular las asignaturas que NO corresponden a las asignaturas comunes de universidad, luego matricularán las de flexibilidad. El estudiante debe matricular los componentes teórico y práctico en los casos que se requiere; NO puede matricular sólo una de las dos.
Los cursos de estadística son tratados como si solamente fueran teóricos, por lo tanto, únicamente se realiza una matrícula.
Todo el proceso de matrícula se debe realizar a través del sistema Sapiens, por lo cual no se tramitarán solicitudes personales.
6. El sistema de matrículas NO permitirá que el estudiante cambie de franja. Si el estudiante cancela la matrícula de una asignatura de flexibilidad, no podrá matricularla nuevamente en el mismo período.
7. La asignación de espacios físicos para todos los cursos de la Institución, sean o no de flexibilidad, la realizará la Oficina de Planeación y Desarrollo, considerando en lo posible que no se modifiquen en lo sucesivo.
8. Se reitera que, sin excepción, todos los programas deben acoger las franjas de los horarios de flexibilidad tanto del componente teórico como el práctico; por lo cual, los profesores no pueden modificar los horarios, así sea concertado con los estudiantes.
9. Las solicitudes estudiantiles relacionadas con asignaturas de flexibilidad, no contempladas en esta circular, deben ser atendidas por los departamentos que las ofrecen.
Original firmado
JORGE FERNANDO NAVIA ESTRADA
Vicerrector Académico
Original firmado
SEGUNDO JAVIER CAICEDO ZAMBRANO
Asesor de Desarrollo Académico Pregrado