COMUNICADO A COMUNIDAD EDUCATIVA LICEÍSTA
(23 de Mayo 2020)
Apreciada comunidad educativa:
Reciban un afectuoso saludo y los mejores deseos por el bienestar de ustedes y todos sus seres queridos.
De conformidad a los Acuerdos 03 del Consejo Académico y 003 del Consejo Directivo del Liceo de la Universidad de Nariño, mediante los cuales se establecen de manera transitoria la flexibilización curricular y del Sistema de Evaluación y Promoción de los aprendizajes en tiempos
de pandemia por el COVID-19 para el año lectivo 2020, informamos las siguientes decisiones:
1. Modificar de cuatro a tres períodos académicos el desarrollo del año escolar; por tanto, se hará entrega de 3 boletines valorativos, siendo el primer informe, el resultado de lo trabajado hasta el día viernes 19 de junio de 2020.
2. Los docentes priorizarán de las programaciones curriculares establecidas para el año lectivo 2020, los contenidos pertinentes y necesarios que los estudiantes deben aprender durante los tres períodos académicos, en este tiempo.
3. Se realizará el seguimiento, acompañamiento y apoyo a los estudiantes en los aprendizajes priorizados por los docentes y se fortalecerá la Evaluación Formativa entendida como una oportunidad, un elemento fundamental a través del cual se retroalimentan aspectos como: el refuerzo, la corrección, el complemento, la consolidación de conceptos y procesos, etc.; es decir, acciones para lograr el desarrollo de competencias. Para esto, se requiere de la responsabilidad en el aprendizaje autónomo de los estudiantes y el apoyo de los padres de familia en el cumplimiento con las actividades, en la medida de las circunstancias que estamos viviendo por la pandemia.
4. Registrar la evaluación formativa en la plataforma institucional Sapiens las valoraciones correspondientes a los niveles de desempeño cualitativo de básico, alto y superior, establecidas en la escala numérica de 3,5 a 5,0 (tres cinco a cinco), entendidos como aprobados de acuerdo al Sistema Institucional de Evaluación (SIE) del Liceo.
5. Las valoraciones inferiores a 3,5 (nivel de desempeño bajo), serán registradas con la letra “P” que significa pendiente, mientras los estudiantes logran cumplir con las actividades establecidas por los docentes en cada una de las áreas del conocimiento y acorde con las diversas circunstancias que nos presenta este año lectivo.
6. Para aquellos estudiantes que no hayan podido cumplir con actividades académicas por dificultades en conectividad, situaciones de salud, económicas o circunstancias especiales; los docentes, a través de los diferentes medios de comunicación, continuarán con los procesos de retroalimentación remitiendo actividades, explicaciones, orientaciones y demás que sean necesarias para que los estudiantes logren lo programado. Esta decisión se aplicará a todo lo que corresponda al primer periodo académico y a los siguientes.
7. Los estudiantes mencionados en el numeral anterior, registrarán en portafolios, diarios de campo, bitácoras u otros elementos, los trabajos y actividades con el fin garantizar su proceso formativo y evidenciar el trabajo que será evaluado en el momento de retornar a la presencialidad.
8. Continuar con el indicador de logro del Perfil Liceísta que en esta situación equivale al 20% de los indicadores de logro trabajados en cada periodo, valorándolo desde el proceso de autoevaluación que realiza cada estudiante. Lo anterior, analizado desde el marco de la pandemia y las situaciones que ello ha implicado para llevar a cabo el trabajo académico y en concordancia con la modificación temporal que el Consejo Académico deba efectuar al Acuerdo 004 de 31 de mayo de 2019. Los docentes tienen autonomía para el desarrollo y registro del número de indicadores de logro por periodo académico, que en todo caso no podrá ser inferior a 2 (dos).
9. Reiterar el deber de los padres de familia de facilitar un ambiente y entorno adecuado en su hogar, para que los estudiantes puedan desarrollar los procesos de aprendizaje planteados por el colegio en medio de salvaguardar la vida, el respeto, la sana convivencia y colaboración, sin menoscabar su autonomía al llevar a cabo su proceso formativo.
10. Ratificar que el Manual de Convivencia se mantiene vigente y de manera particular lo que refiere al aspecto disciplinario con el fin de garantizar el buen comportamiento en los espacios de enseñanza – aprendizaje virtual. Los casos específicos que se presenten en relación con el aspecto disciplinario los analizará y decidirá el Comité de Convivencia Escolar y el Consejo Directivo.
11. Finalizada la emergencia de salud y la pandemia se trabajará en acciones de fortalecimiento para todos los grados y en las diferentes áreas con el fin de complementar lo que no se pudo desarrollar durante este tiempo.
12. Los horarios a desarrollarse a partir del miércoles 27 de mayo permiten complementar la labor académica y continuar con los proyectos flexibles y complementarios con el fin de garantizar la educación integral que ofrece el Liceo de la Universidad.
13. El martes 26 de mayo, se han programado reuniones de directores de grupo con sus estudiantes y también con padres de familia para informar las decisiones tomadas por Directivos de la Institución y respaldadas por los Consejos Académico y Directivo, de la siguiente manera Transición a quinto con pares de familia y estudiantes Bachillerato con estudiantes. – 9:00 a.m: Bachillerato con padres de familia
14. Atendiendo recomendaciones y sugerencias de la Comunidad Educativa Liceísta y valorando la importancia de la comunicación, se reactivan los horarios de atención de docentes, directivos, orientación y apoyo escolar a padres de familia por plataforma zoom según la programación que se publicará de manera oportuna.
15. El grado de transición continuará trabajando por dimensiones y conceptos en horario particular que se publicará oportunamente y teniendo en cuenta el proceso evaluación integral. Consideramos que la etapa de adaptación al cambio en los procesos de enseñanza aprendizaje utilizando herramientas virtuales y trabajado por semanas por cada departamento ha finalizado en una primera parte; en consecuencia, es importante hacer ajustes en los horarios para continuar con el desarrollo del Proyecto Educativo Liceísta. Finalmente, es importante mencionar que tanto directivos, administrativos y docentes, hemos puesto lo mejor de cada uno para ofrecer la calidad de trabajo que caracteriza al Liceo de la Universidad de Nariño; en consecuencia, esperamos tanto de estudiantes como de padres de familia seguir confiando en los procesos, asumir con responsabilidad el cumplimiento del deber y aportar lo mejor de cada uno para mantener el alto reconocimiento social que nos caracteriza.
ACUERDO No. 003
(18 de mayo de 2.020)
por el cual se proponen flexibilizaciones transitorias curriculares y del
Sistema de Evaluación y promoción de los aprendizajes en tiempos de
pandemia por el COVID-19 para el año lectivo 2.020
EL CONSEJO ACADEMICO DEL LICEO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO,
en uso de sus atribuciones reglamentarias y estatutarias y,
C O N S I D E R A N D O
Que las orientaciones dadas por el MEN frente al Estado de emergencia económica, social y ecológica, el aislamiento social por la expansión de la pandemia del COVID-19; en especial la Directiva N° 5 de 25 de marzo de 2.020 titulada “Orientaciones para la implementación de estrategias pedagógicas de trabajo académico en casa…” para la prestación del servicio educativo en casa durante la emergencia sanitaria, y de la misma manera, el Decreto 1290 de 2.009 “por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media”. Que “Los estándares internacionales, del conocimiento que el mundo científico, tecnológico y social actual ha catalogado como adecuado, pertinente y conveniente para los ciudadanos de hoy” (Finalidades y alcances decreto 1290), y establecidos en los lineamientos y programaciones curriculares a desarrollase en situación de normalidad: presencialidad, en este contexto de emergencia y pandemia se han transformado.
Que desde el momento que empezó la cuarentena, la institución adoptó un cambio en sus dinámicas pedagógicas y evaluativas orientadas a generar un proceso de adaptación al nuevo sistema educativo y centrado fundamentalmente en la parte emocional de los estudiantes y ahora se ve la necesidad de hacer los ajustes necesarios para dar continuidad al desarrollo del Proyecto Educativo Liceísta acorde con la realidad actual. Que por lo anterior, es necesario analizar, dentro del actual contexto mundial, del país y región, cuáles son las actuales metas de la educación y de la institución, las cuales, desde el trabajo académico en casa toman otro enfoque: además de la excelencia académica “privilegia la protección, el cuidado y el desarrollo emocional, … en función de dar prelación a la asunción y mantenimiento de hábitos y prácticas que garanticen la vida y el bienestar de sus integrantes” (Directiva 05/2.020). Que por todo lo anterior, el presente año lectivo es atípico,
ACUERDA
ARTÍCULO 1: Proponer flexibilizaciones curriculares transitorias y del SIE (Sistema Institucional de Evaluación) para el año lectivo 2.020 mientras dura el aislamiento y la pandemia por el COVID -19 de la siguiente manera: Modificar de cuatro a tres períodos académicos y el desarrollo de los horarios institucionales para la organización del presente año escolar.
ARTÍCULO 2: Los docentes priorizarán de las programaciones curriculares establecidas para el año lectivo 2.020, lo pertinente y necesario que los estudiantes deben aprender en este tiempo.
ARTÍCULO 3: A los aprendizajes priorizados para esta época como pertinentes y necesarios se les hará seguimiento, acompañamiento y apoyo mediante la Evaluación Formativa, entendida como una oportunidad, un elemento fundamental a través del cual se retroalimenta desde aspectos como: el refuerzo, la corrección, el complemento, y la consolidación de conceptos y procesos, etc.; es decir permite adelantar acciones de mejoramiento para lograr el desarrollo de competencias y aprendizajes; ello se verá reflejado en el registro de valoraciones en la plataforma institucional Sapiens, en la cual, para ser concordantes, se registrará numéricamente las valoraciones correspondientes a los niveles de desempeño cualitativo de básico, alto y superior, establecidas en la escala numérica de 3,5 a 5,0 (tres cinco a cinco), entendidas en nuestro Sistema Institucional de Evaluación (SIE) como aprobados.
ARTÍCULO 4: Las valoraciones inferiores a 3,5, nivel de desempeño bajo, serán registradas con la letra “P” que significa pendiente, porque responden a las muchas circunstancias que nos presenta este año lectivo y para las cuales, los docentes, a través de los diferentes medios de comunicación, continuarán con los procesos de retroalimentación remitiendo actividades, explicaciones, orientaciones y demás que sea necesario para que los estudiantes logren lo programado. Parágrafo 1: Lo anterior se aplicará a todo lo que corresponda al primer periodo académico y los siguientes. Parágrafo 2: El grado de transición continuará trabajando por dimensiones y conceptos.
ARTÍCULO 5: Para lo anterior y “teniendo en cuenta que una de las labores del establecimiento educativo es mantener una relación de constante comunicación con los padres de familia…, también es tarea obligatoria entregar informes o reportes de manera periódica que den cuenta de los desempeños de los estudiantes. Esta periodicidad no implica de ninguna manera que se hagan cortes de “borrón y cuenta nueva” y menos fraccionar los procesos educativos… La obligación enfática de esta labor es que estudiantes, padres de familia y docentes tengan acceso a la información permanente de cómo va el proceso de formación”. (Finalidades y alcances 1290) y del mismo modo por la necesidad de adaptación a las exigencias que la actual situación nos presentó, se entregarán 3 boletines informativos del desarrollo correspondiente del año escolar; siendo el primero el resultado de lo trabajado hasta el día viernes 19 de junio.
ARTÍCULO 6: También se contempla, tanto en nuestro Manual de Convivencia y de parte del MEN, más aún en este contexto “conviene que se construya una escala clara de valoración actitudinal, la cual implica tener en cuenta los valores que orientan el Proyecto Educativo Institucional…” (Finalidades y alcances 1290). En consecuencia, se continuará con la valoración del indicador de logro del Perfil Liceísta que en todo caso equivaldrá al 20% de los indicadores de logro trabajados en cada periodo, valorándolo desde la actividad de autoevaluación: que realiza el estudiante; lo anterior, analizado desde el marco de la pandemia y las situaciones que Liceo de la Universidad de Nariño ello ha implicado para llevar a cabo el trabajo académico; modificando temporalmente el Acuerdo 004 de 31 de mayo de 2.019 Parágrafo: Los docentes tienen autonomía para el desarrollo y registro del número de indicadores de logro por periodo académico, que en todo caso no podrá ser inferior a 2 (dos).
ARTÍCULO 7: Para los estudiantes que presentan problemas de conectividad y dificultades de comunicación por los diferentes medios, los docentes orientarán el desarrollo de actividades que serán registradas en portafolios, diarios de campo, bitácoras u otros elementos, con el fin de que continúen a su ritmo el proceso formativo y evidenciarlo en el momento de retornar a la presencialidad.
ARTÍCULO 8: Cuando se determine la fecha de retornar a las clases presenciales, se analizarán entre otros, los casos particulares de estudiantes que durante esta época no fue posible tener comunicación, orientación y seguimiento de procesos para establecer la forma de apoyar su que-hacer escolar con el compromiso de los padres de familia.
ARTÍCULO 9: Finalizada la emergencia de salud y la pandemia se trabajará en acciones de fortalecimiento para todos los grados y en las diferentes áreas con el fin de complementar lo que no se pudo desarrollar durante este tiempo.
ARTÍCULO 10: Es también deber de los padres de familia facilitar un ambiente y entorno adecuado en su hogar, para que los estudiantes puedan desarrollar los procesos de aprendizaje planteados por el colegio en medio de salvaguardar la vida, el respeto, la sana convivencia y colaboración sin menoscabar su autonomía al llevar a cabo su proceso formativo. Junto a este deber y de acuerdo a las condiciones que la actual situación nos impone, se mantiene vigente el Manual de Convivencia y de manera particular lo que refiere al aspecto disciplinario con el fin de garantizar espacios: encuentros adecuados de enseñanza – aprendizaje para los estamentos de la comunidad educativa. Los casos específicos frente al aspecto disciplinario los analizará, reglamentará y decidirá el Comité de Convivencia Escolar y el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 11: El presente acuerdo es de tipo transitorio y rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en San Juan de Pasto, a los 18 días del mes de mayo de 2.020