
Proceso: Gestión del Talento Humano
POLÍTICA DE PREVENCION DE CONSUMO DE ALCOHOL, TABACO Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
La Universidad de Nariño, consiente de la importancia de construir diariamente un ambiente laboral sano y seguro considera que el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas y el uso problemático de alcohol constituyen un riesgo para la salud y una condición que incrementa la posibilidad de accidentes en el trabajo; por lo tanto, se compromete a mejorar la calidad de vida de sus funcionarios y contratistas. Cumpliendo con la normatividad vigente y aplicable en cuanto a prevención del consumo de dichas sustancias, en especial se aplicará lo estipulado en la Ley 734 de 2002 Código Único Disciplinario, libro II, capítulo I, Articulo 48, Resolución 7036 de 1991, Circular 038 de 2009, Resolución 3258 1998, Ley 1335 de 2009, el Decreto 1108 de 1994, la Resolución 1956 de 2008, la Resolución 1075 de 1992, la Resolución 4225 de 1992, entre otras, y realizara acciones que promuevan hábitos de vida y trabajo saludable y seguro.
Desde el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, se desarrollará actividades de promoción y prevención en el marco de esta política, las cuales contaran con la participación activa de los funcionarios y contratistas; con el apoyo de bienestar universitario y demás dependencias que aporten acciones a esta política.
Para ello se deberá cumplir con las siguientes directrices:
- Compromiso con el bienestar, la salud y la seguridad de toda la comunidad universitaria.
- Educación en el consumo responsable y controlado del alcohol, y disminuir el uso de cigarrillo y otras sustancias psicoactivas.
- Gestionar actividades de sensibilización y de capacitación que busquen la creación de hábitos y estilos de vida saludables en relación con el daño que causan el cigarrillo, bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en la salud del individuo y su entorno.
- Orientación a los trabajadores que consideren pueden ser dependientes del alcohol y otras sustancias psicoactivas. Deberes de los funcionarios y contratistas con respecto a la prevención de SPA.
- Los funcionarios y contratistas deben ser ejemplo de buena conducta acorde con los principios y valores de la universidad plasmados en el código de ética.
- Abstenerse de consumir sustancias psicoactivas en el interior de las instalaciones de la Universidad de Nariño, así como en el interior de los vehículos que hacen parte del parque automotor de propiedad de la Institución.
- Abstenerse de presentarse al puesto de trabajo o al cumplimiento de sus actividades, obligaciones, funciones o tareas, bajo efectos de sustancias psicoactivas, que afecten directamente en las actividades a realizar. En caso de que un funcionario o contratista considere que tiene comportamientos abusivos de cualquier sustancia psicoactiva, podrá buscar ayuda de manera voluntaria con los responsables de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- El SGSST contará con una ruta de atención y acompañamiento para los casos que acudan de manera voluntaria o que se identifiquen y requieran atención.
Esta política será publicada, divulgada y actualizada cada vez que la universidad lo considere pertinente. De igual manera estará disponible a todas las partes interesadas
Dada en San Juan de Pasto, a los 21 días del mes de febrero del 2022.
MARTHA SOFIA GONZALEZ INSUASTI
Rectora