UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN No.0132
(marzo 13 de 2023)
Por la cual se establecen los aspectos procedimentales para el otorgamiento de la beca a la excelencia estudiantil Julián Bucheli Ayerbe año 2022.
EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que como lo establece el Proyecto Educativo Institucional, para la Universidad de Nariño la búsqueda de la excelencia constituye un imperativo en la medida en que permite garantizar el cumplimiento de su función social y define el sentido de su pertinencia académica.
Que, para el desempeño de la función social, es necesario adoptar medidas que contribuyan al desarrollo de la cultura de la calidad académica.
Que para fomentar esta cultura de la calidad es pertinente fomentar y estimular la excelencia académica de los estudiantes que se destaquen por su alto rendimiento académico, creando para ello beneficios que promuevan el espíritu de la calidad como motivación de los procesos educativos.
Que, como parte de la función social derivada de la naturaleza de Institución de educación pública, la Universidad de Nariño está llamada a reducir las brechas de inequidad adoptando medidas orientadas a mejorar los índices de permanencia y elevar la calidad de vida de sus estudiantes más destacados.
Que mediante Acuerdo No. 104 de noviembre 4 de 2014 y en conmemoración de los 110 años de la Universidad de Nariño, el Honorable Consejo Superior Universitario creó la Beca a la excelencia estudiantil Julián Bucheli Ayerbe de la Universidad de Nariño como estímulo a los estudiantes de pregrado de la Universidad de Nariño que se destaquen por su alto rendimiento académico.
Que el Acuerdo No. 104 de noviembre 4 de 2014 fijó el valor de la beca, los criterios de inscripción y los mecanismos de adjudicación de la Beca a la excelencia estudiantil Julián Bucheli Ayerbe de la Universidad de Nariño.
Que el Acuerdo No. 104 de noviembre 4 de 2014 designó a la Vicerrectoría Académica para definir los aspectos procedimentales del concurso y determinar aquellos que no están definidos en el acuerdo conservando su espíritu.
Por lo anterior,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en San Juan de Pasto, a los trece (13) días del mes de marzo de 2023.
Original Firmado
JORGE FERNANDO NAVIA ESTRADA
Vicerrector Académico