UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN NÚMERO 1435
(8 DE AGOSTO DE 2022)
Por la cual se autoriza cambio de modalidad de trabajo al personal administrativo y docente.
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 108 del Estatuto de Personal Administrativo dispone que: “La jornada laboral para los empleados administrativos de tiempo completo será de cuarenta (40) horas semanales, y se desarrollará de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.; sin perjuicio de que el Rector pueda determinar jornadas u horarios diferentes de manera regular y atendiendo a necesidades académicas y administrativas de la Universidad”.
Que mediante oficio suscrito el 5 de agosto de 2022, la Empresa de Obras Sanitarias de Pasto EMPOPASTO informa a la Universidad de Nariño que el día martes 9 de agosto de 2022, se realizara suspensión del servicio de acueducto entre las 8:00 a.m. y las 4 p.m.., por cuanto se requiere instalar macromedidores en el sector.
Que a raíz de la emergencia sanitaria presentada por el COVID-19, los lugares donde concurren personas a cumplir sus labores deben contar con la debida prestación de servicio de acueducto, por cuanto la prestación del mencionado servicio ayuda a la no propagación del virus y evita emergencias de salubridad.
Que teniendo en cuenta la situación informada por EMPOPASTO, y con el fin de evitar perjuicios en la salud de los funcionarios de la Universidad de Nariño, se autoriza el cambio de la modalidad laboral el día nueve (9) de agosto de 2022, para que la misma sea virtual en jornada de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.-
Establecer cambio de modalidad laboral el día nueve (9) de agosto de 2022, para que la misma sea virtual en jornada de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m., de conformidad con la parte motiva de la presente resolución.
PARAGRAFO: La planeación y cumplimiento del trabajo virtual se efectuará de común acuerdo con los Jefes Inmediatos de los Funcionarios, y los medios para el cumplimiento de esta jornada serán con los que cuente cada trabajador, si existiere alguna dificultad para el cumplimiento de la labor, se deberá informar al Jefe Inmediato para que común acuerdo se encuentre una solución a la dificultad y así poder dar continuidad a la prestación del servicio público.
ARTICULO 2º.-
Se exceptúa de la aplicación de lo preceptuado en la presente Resolución al personal de vigilancia, granjas y sede centro.
ARTICULO 3º.-
Rectoría, Vicerrectorías, Secretaria General, Dirección de Planeación, Sección de Talento Humano, Control Interno y demás Unidades académicas y administrativas anotarán lo de su cargo.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los ocho (8) días del mes de agosto del 2022
Original Firmado
MARTHA SOFIA GONZALEZ INSUASTI
Rectora