RESOLUCIÓN No. 1990 DE 2021
(DICIEMBRE 31)
Por medio de la cual se actualizan los niveles y asignaciones salariales de trabajadores vinculados mediante Contrato Laboral o Contratos de Personal Administrativo a la Universidad de Nariño.
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias, y
CONSIDERANDO
Que con fundamento en el principio de autonomía universitaria y según lo dispuesto en la Ley 30 de 1992, el Consejo Superior de la Universidad Nariño, en ejercicio de su competencia, profirió el Acuerdo No. 080 de 2019, mediante el cual se expidió el Estatuto General de la Universidad de Nariño.
Que el artículo 26 del mencionado Estatuto dispuso como funciones de la Rectoría, entre otras, “Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de Colombia, las normas legales, los estatutos y reglamentos de la Universidad de Nariño y las decisiones y actos del Consejos Superior y del Consejo Académico”, “Dirigir el funcionamiento general de la universidad (…)”, “Dirigir los procesos de búsqueda de la excelencia académica y administrativa, así como los relacionados con la programación, dirección, ejecución, evaluación y control de las actividades de la institución”.
Que mediante la Resolución 777 de 2021, modificada por la Resolución 1687 de 2021, el Ministerio de Salud adoptó el protocolo general de bioseguridad, estableciendo, entre otros, los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado, de acuerdo con los ciclos de apertura definidos en el artículo 4 del mencionado acto administrativo, producto de lo cual, la Universidad de Nariño profirió sus protocolos de bioseguridad.
Que mediante la expedición del Acuerdo No. 004 de 31 enero de 2005 el Consejo de Administración redefinió la política de la suscripción de Contratos laborales temporales en la Universidad de Nariño, creado niveles como Asesor, Profesional, Técnico, Auxiliar, Secretaria, Conductor, Operario y Vigilante.
Que mediante Acuerdo 022 de 19 de septiembre de 2005 proferido por el Consejo de Administración se adicionó al Acuerdo 004 del mismo año, el nivel denominado “Auxiliar de Postgrado”.
Que mediante Acuerdo No. 057 de 14 de junio de 2006 expedido por el Consejo de Administración se dispuso adicionar un parágrafo al artículo 7º del Acuerdo 004 de 2005, en el sentido de autorizar los incrementos pertinentes a las asignaciones salariales mensuales en porcentaje no mayor al que el Gobierno Nacional autorizare para los empleados públicos de las universidades oficiales.
Que mediante Acuerdo 065 de 1º de noviembre de 2007 proferido por el Consejo de Administración se adicionó al Acuerdo 004 del mismo año, el nivel denominado “Auxiliar de Laboratorio”.
Que mediante la expedición del Acuerdo No. 002 de 22 enero de 2009 el Consejo de Administración redefinió la política de la suscripción de Contratos para el personal administrativo de la Institución estableciendo la figura del Contrato de Personal Administrativo como uno similar al Contrato Laboral, estableciendo los niveles de profesional, técnico y asistencial en diferentes grados.
Que para desarrollar dichas políticas para mejorar la prestación del servicio al interior de la Institución se requiere acoger los criterios y preceptivas contenidas en nuestra legislación respecto de competencias laborales, funciones y requisitos de aquellos cargos que se provean a través de contratos para personal administrativo al interior de la Universidad de Nariño.
Que una de las medidas necesarias para reorientar la política de suscripción de contratos para personal administrativo mientras se adelanta el proceso de formalización de planta de personal, es la reclasificación de los niveles jerárquicos de acuerdo con las funciones que corresponden a cada uno de ellos.
Que el Decreto 1083 de 2015 ha definido los requisitos mínimos para el ejercicio y desempeño de funciones dependiendo de los diferentes niveles jerárquicos, sin perjuicio de la materialización de las prerrogativas derivadas del principio de autonomía universitaria, en lo aplicable.
Que en atención a la competencia estatutaria prevista en el artículo 33 del Estatuto General de la Universidad de Nariño (Acuerdo 080 de 2019) el Consejo de Administración ha recomendado a la Rectoría adoptar medidas tendientes a la estandarización, equidad y orden en las denominaciones de niveles y remuneraciones en orden a lo expuesto, con el fin de lograr el buen funcionamiento institucional, tal como la norma aplicable lo prevé.
Que en mérito de lo expuesto acogiendo la asesoría y recomendación efectuada por el Consejo de Administración,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, el 31 de diciembre de 2021
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
RECTORA