UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RECTORÍA
RESOLUCIÓN Nº 1996
Por la cual se establece el periodo de Suspensión de actividades académicas y administrativas de la Universidad de Nariño.
LA RECTORA ENCARGADA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo No. 071 del 15 de octubre de 2016, proferido por el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. 071 del 15 de octubre de 2016 proferido por el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño, se delega al Rector de la Universidad de Nariño para suspender actividades universitarias de conformidad con las fechas señaladas para el efecto por la Oficina de Recursos Humanos, así mismo a disponer e informar las jornadas para reponer el tiempo suspendido y determinar el personal que por la naturaleza de su cargo y por la necesidad del servicio sea indispensable para el normal funcionamiento de la Universidad y por lo tanto no pueda suspender actividades.
Que el Artículo 108 del Estatuto de Personal Administrativo dispone que: La jornada laboral para los empleados administrativos de tiempo completo será de cuarenta (40) horas semanales, y se desarrollará de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.; sin perjuicio de que el Rector pueda determinar jornadas u horarios diferentes de manera regular y atendiendo a necesidades académicas y administrativas de la Universidad.
Que la Universidad de Nariño se permite realizar receso académico administrativo durante el periodo comprendido entre el día veintidós (22) de diciembre de 2016 y el ocho (08) de enero de 2017.
LO anterior obedece a que las actividades académico administrativas finalizan el día veintiuno (21) de diciembre de 2016, y en consecuencia por necesidades del servicio no se requiere que los funcionarios continúen laborando.
Que el Receso es para el personal Docente de tiempo Completo, Empelados de Carrera, Trabajadores Oficiales. de periodo y de Libre nombramiento y remoción exceptuándose a los trabajadores del Fondo de Salud, Granjas y Vigilancia.
Que los días hábiles 22. 23, 26, 27, 28, 29, y 30 del mes de diciembre de 2016, deberán compensarse en tiempo dentro de jornadas laborales pactadas por Rectoría, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 del Acuerdo 166 de 1990, para quienes se encuentran vinculados a la Universidad de Nariño y entren a Receso de fin de año, así mismo, es preciso aclarar que los días hábiles 4, 5 y 6 de enero de 2017, en nuestra región son considerados días Cívicos, por lo tanto no son laborables.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Declarar Periodo de Receso para el personal Docente de Tiempo completo, Empleados de Carrera, Trabajadores Oficiales, de periodo y de Libre nombramiento y remoción a partir del día veintidós (22) de diciembre de 2016 hasta el día ocho (08) de enero de 2017, inclusive, reintegrándose a sus labores a partir del día diez (10) de enero de 2017.
ARTÍCULO 2º.
El Receso podrá suspenderse a algunos funcionarios de la Universidad de Nariño, lo cual será por Acto Administrativo, cuando se presenten necesidades del servicio al personal seleccionado y autorizado por Rectoría, que por sus conocimientos técnicos o por razón del trabajo que ejecuta, no pueda reemplazarse a fin de garantizar el cumplimiento de las labores que desarrolla, incluyéndose en esta excepción, además, al personal de carrera. Trabajadores oficiales, de periodo y de libre nombramiento y remoción que hace parte del Fondo de Salud, Granjas, Personal de Vigilancia.
ARTÍCULO 3º.
Establecer la siguiente jornada laboral, con la finalidad de reponer los días de receso antes mencionados:
De lunes a viernes a partir del día veintiuno (21) de octubre y hasta el día catorce (14) de diciembre de 2016 en el horario comprendido de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 7:00 p.m.
Parágrafo. Los Jefes de cada Sección verificarán el cumplimiento del horario anteriormente establecido.
ARTÍCULO 4º.
Rectoría, Vicerrectorías, Secretaría General, Control Interno, Oficina Jurídica, Control Interno Disciplinario, Tesorería, Planeación, Contabilidad, Almacén, Servicios Generales y mantenimiento, Facultades, Departamentos, División de Recursos Humanos y demás Unidades Académico – Administrativas anotarán lo de su cargo
ARTÍCULO 5º.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, a los veinte (20) días del mes de octubre de 2016.
MARTHA SOFÍA GONZALES INSUASTI
RECTORA (E)