UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 589
(10 de junio de 2021)
Por la cual se convoca y reglamenta la elección del representante de las Directivas Académicas ante el Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño.
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones reglamentarias y estatutarias
CONSIDERANDO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.-
Convocar al Vicerrector Académico, al Vicerrector de Investigaciones e Interacción Social, Decanos de las Facultades, Directores de Departamento, Coordinadores de Centros de Investigación y los Directores de las escuelas de postgrado, para que el día 17 DE JUNIO DE 2021 a las 9:00 a.m. , elijan al Representante de las Directivas Académicas ante el Honorable Consejo Superior, vía virtual, mediante el proceso democrático del voto directo, único, universal y secreto, para culminar el período estatutario enero 2021 – diciembre 2024 y reglamentar el proceso para la elección, como se describe en los siguientes artículos.
Parágrafo: La reunión de directivos de dichas dependencias con el objeto de designar a su representante, sesionará con la mitad más uno de los convocados; de no reunirse el quórum, los presentes determinarán si se lleva a cabo con las personas que se encuentren presentes o convocar a una nueva fecha.
ARTÍCULO 2.-
Al tenor del numeral 4 del Artículo 12º del Estatuto General (Acuerdo 080 del 29 de diciembre de 2019), son directivas académicas las mencionadas en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.-
La elección se realizará mediante votación directa de los directivos de las dependencias académicas en reunión virtual convocada mediante el presente acto administrativo. Además, contará con el apoyo logístico del Centro de Informática, a través de la plataforma SAPIENS.
ARTÍCULO 4.-
El cronograma para seguir en esta convocatoria es el siguiente
ACTIVIDAD DEL PROCESO |
LUGAR: |
FECHAS |
HORARIO |
Publicación de la convocatoria | Página web Correos electrónicos |
Desde 11-06-2021 Hasta 16-06-2021 |
Permanente |
Fecha de la elección | Vía virtual – Zoom | 17-06-2021 9:00 a.m |
ARTÍCULO 5.-
El acto electivo será instalado por la Rectoría o su delegado, luego de lo cual los jefes de las dependencias académicas designarán la persona que actuará como presidente. Actuará como Secretario de la reunión el Secretario General de la Universidad de Nariño, con apoyo de una relatoría,3 que para el efecto designe, con el propósito de levantar un acta con la información de todo el proceso.
Parágrafo: A dicho acto igualmente serán invitados los jefes de dependencias de los medios de comunicación, para lo de su competencia.
ARTÍCULO 6.-
La Secretaría General, expedirá el listado oficial de los directivos de las dependencias académicas, aptos para votar y ser elegidos, ante lo cual la Jefatura de Recursos Humanos, certificará con el mismo, si cumplen con el requisito establecido en el numeral 4 del Artículo 12º del Estatuto General (Acuerdo 080 del 29 de diciembre de 2019).
ARTÍCULO 7.-
La elección se realizará mediante el siguiente procedimiento:
- La elección iniciara con la postulación de candidatos que se encuentren en la lista oficial de los citados a la convocatoria.
- Inmediatamente se procederá a la votación virtual asistida mediante la plataforma zoom, para lo cual se contará con el apoyo del centro de informática
- Se considerará elegido al Directivo que obtenga la mayoría de los votos de los electores presentes en la reunión, efectuando para ello el número de votaciones que sean necesarias.
- El representante de los Directivos académicos permanecerá en sus funciones, siempre y cuando conserven la calidad de tal.
Parágrafo: La persona que haya sido designada como candidata, deberá manifestar verbalmente en el momento de la sesión su aceptación a la postulación.
ARTÍCULO 8.-
De todo el proceso de esta convocatoria, se levantará un acta que será suscrita por el Secretario General, anexando la lista de los participantes y el resultado del escrutinio. Así mismo, elaborará la respectiva certificación por la cual se declara electo al ganador.
PARAGRAFO: La posesión del Representante de las Directivas Académicas, se realizará en la primera sesión del Consejo Superior, posterior a la fecha de su elección.
ARTÍCULO 9.-
La Secretaría General dispondrá del apoyo de la Oficina de Control Interno, para llevar a cabo el proceso o de un delegado del Departamento Jurídico.
ARTÍCULO 10.-
Las situaciones no previstas en la presente resolución serán resueltas por las oficinas mencionadas en el artículo 9º y quedarán establecidas en el acta correspondiente a la reunión.
ARTÍCULO 11.-
La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los 10 días del mes de junio de 2021
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Presidente