UNIVERSIDAD DE NARIÑO
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
RESOLUCIÓN Nº 599
Por el cual se modifica la Resolución 0996 de 7 de septiembre, en el sentido de amplían las fechas de matrícula financiera a los estudiantes de II a X semestre, del periodo B-2016 de los Municipios de Pasto, Ipiales, Tumaco y Túquerres, que aún no han legalizado la matrícula financiera.
La vicerrectora Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. 300 de 07 de diciembre de 2015, el Consejo Académico delegó a la Vicerrectoría Académica para expedir actos administrativos por los cuales se aprueban los calendarios académicos de cada vigencia y adoptar las medidas pertinentes que se deriven de su aplicación.
Que el Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño mediante Acuerdo No. 055 del 31 de julio de 2016 faculta al Comité de Matrículas, para realizar Acuerdos de Pago de Cartera con los estudiantes antiguos de pregrado con el fin de garantizar el derecho a la educación.
Que el Artículo 1º del mencionado Acuerdo señala “Para matricularse, los estudiantes antiguos deberán estar a paz y salvo por concepto de matrícula o haber adelantado Acuerdo de Pago sobre la deuda de matrícula de semestres anteriores”.
Que el Comité de Matrículas informa que a la fecha existen estudiantes que no están a paz y salvo o no han adelantado el Acuerdo de Pago pero se encuentran matriculados académicamente.
Que el Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño mediante Acuerdo No. 0064 del 13 de mayo del 2016 en su artículo 2 señala “El proceso de matrícula financiera se debe surtir entre la semana uno a dos del semestre correspondiente” PARÁGRAFO: “La matrícula académica se hará efectiva únicamente en el momento en que se realice el pago respectivo de la matrícula financiera.”
Que teniendo en cuenta que para la Universidad de Nariño, prima el derecho a la Educación y con el fin de evitar la deserción estudiantil, se hace necesaria la ampliación de las fechas de matrícula financiera.
Que esta Vicerrectoría considera viable ampliar las fechas de matrícula financiera, para todo estudiante que no haya legalizado este proceso, hasta el día 04 de noviembre de 2016.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Establecer como fecha límite para legalización de la matrícula financiera el 4 de noviembre de 2016, para los estudiantes antiguos de pregrado que a la fecha no se encuentran a paz y salvo por este concepto o que no hayan realizado el Acuerdo de Pago sobre la deuda de matrícula de semestres anteriores.
ARTÍCULO 2º.
Vicerrectoría Académica, Comité de Matrículas, Tesorería y Pagaduría, Aula de Informática, Facultades, Centro de Informática, Departamentos, Laboratorios y OCARA anotaran lo de su cargo
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en San Juan de Pasto, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Vicerrectora Académica