UNIVERSIDAD DE NARIÑO
RESOLUCIÓN Nº 0394
(10 DE AGOSTO DE 2023)
“Por la cual se corrige parcialmente la Resolución No. 0368 de 1 de agosto de 2023, por medio de la cual se resuelve recurso de reposición interpuesto por la aspirante Diana Marcela García Acosta, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 37.086.876, contra la Resolución Número 0333 de 29 de junio de 2023”
La Vicerrectoría Académica de la Universidad de Nariño
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. 263 A de 2004, el Honorable Consejo Académico de la Universidad de Nariño, estableció el reglamento para vincular docentes bajo la modalidad hora cátedra.
Que el artículo 3 del Acuerdo No. 263A, dispone que Vicerrectoría Académica de la Universidad de Nariño, hará la apertura del concurso a través de la página institucional, enunciado los términos de la convocatoria aprobados por los Consejos de Facultad.
Que mediante Resolución No. 0310 de 20 de junio de 2023, Vicerrectoría Académica de la Universidad de Nariño, dio apertura y fijó los términos del concurso docente hora cátedra para el Semestre B 2023.
Que de conformidad con el cronograma para el concurso de docentes hora cátedra previsto en el artículo 2 de la Resolución No. 0310, se establece como fecha de publicación de convocados a prueba el 29 de junio de 2023.
Que mediante Resolución No. 0333 de 29 de junio de 2023, Vicerrectoría Académica publicó la lista de aspirantes convocados y no convocados para presentar pruebas de conocimiento del concurso de méritos para vincular docentes hora cátedra de la Universidad de Nariño semestre B-2023.
Que el 05 de julio de 2023, la aspirante Diana Marcela García Acosta, identificada con C.C. No. 37.086.876, presentó RECURSO DE REPOSICIÓN contra “(…) la resolución N° 0333 del 29 de junio de 2023 emitida por la VICERRECTORÍA ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO”.
Que mediante Resolución No. 0368 de 1 de agosto de 2023, se resolvió de manera favorable la alzada interpuesta por la aspirante Diana Marcela García Acosta, identificada con C.C. No. 37.086.876, y como consecuencia se resolvió: “MODIFICAR el artículo 1° de la Resolución 0333 de 29 de junio de 2023, en el perfil 08-2023B – 109”, incluyendo a la aspirante en la lista de convocados para presentar la prueba de conocimiento dentro del perfil 08-2023B – 109, en el marco del Concurso Hora Cátedra de la Universidad de Nariño, Periodo B 2023.
Que por un error de digitación, en el considerando párrafo 6, se digitó el nombre de la aspirante “Marcela Natalia Arango Pinzon”. Por lo que, con el fin de evitar una eventual confusión, se hace necesario modificar dicho nombre al de la aspirante: Diana Marcela García Acosta.
Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, consagra que: “ARTÍCULO 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”. Así las cosas, en el caso objeto de estudio, se tiene que el error en la digitación del nombre de la recurrente en el párrafo 6 del considerando no modifica el sentido material de la decisión, en cuanto en el resuelve de la misma, se encuentra plena y correctamente identificada a la señora Diana Marcela García Acosta. Aunado, al hacer la respectiva corrección del considerando, no cambia el sentido de la decisión, esto es, convocarla a presentar la prueba de conocimiento.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
MODIFICAR el párrafo 6 del “CONSIDERANDO” de la Resolución No. 0368 de 1 de agosto de 2023
ARTÍCULO 2º.
PUBLICAR con fines de notificación la presente decisión en la página web de la Universidad de Nariño – Vicerrectoría Académica.
ARTÍCULO 3º.
Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 0368 de 1 de agosto de 2023, se mantienen indemnes y continúan vigentes.
ARTÍCULO 4º.
Contra la presente decisión no procede recurso alguno.
ARTÍCULO 5º.
La presente resolución rige desde su fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en San Juan de Pasto, el 10 de agosto de 2023.
FRANCISCO JAVIER TORRES MARTÍNEZ
Vicerrector Académico