
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 0825
(12 DE MARZO DE 2025)
“Por la cual se autoriza la enajenación a título gratuito de unos bienes muebles de propiedad de la Universidad de Nariño”
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO,
En uso de sus atribuciones constitucionales legales y estatutarias, en especial las consagradas en el Acuerdo No. 104 de 27 de noviembre de 2013 emanado por el H. Consejo Superior, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el Acuerdo número 029 del 20 de marzo de 2007, proferido por el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño, se aprobó el instructivo para el manejo administrativo de los bienes, propiedad planta y equipo de la Universidad de Nariño.
Que el artículo 11.1., de la norma en cita establece: “Los bienes muebles e inmuebles que en la actualidad no estén utilizando o que no sean necesarios para el desarrollo normal de funciones, se deberán desarrollar todas las actividades tendientes a enajenarlos o arrendarlos.”
Que el H. Consejo Superior de la Universidad de Nariño, profirió el Acuerdo número 066 del 22 de diciembre de 2011, mediante el cual se autoriza al Rector de la Universidad de Nariño para que realice la venta de los bienes muebles e inmuebles inventariados como improductivos u ociosos.
Que mediante Acuerdo No. 104 del 27 de noviembre de 2013, se modificó el Acuerdo No. 066 de diciembre de 2011, estableciendo las siguientes disposiciones:
“Artículo 1. Derogar el considerando pertinente a la venta de bienes improductivos u ociosos (…)
Artículo 2. Modificar el artículo 1 del Acuerdo 066 de Diciembre de 2011, el que quedará así:
Autorizar al Rector de la Universidad de Nariño, para que realice las acciones pertinentes sobre los bienes muebles e inmuebles improductivos y se busque posibilidad de hacerlos rentables económica y/o socialmente a través de las acciones jurídicas pertinentes como: convenios, constitución de sociedades, comodato, donación y otras; para lo cual la Universidad deberá evaluar la rentabilidad económica y social de este tipo de negociaciones.”
Que el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, en lo concerniente a la enajenación de bienes muebles a título gratuito entre entidades estatales consagra:
“Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web
La Entidad Estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud (…)”
Que el jefe de Almacén de la Universidad de Nariño mediante constancia del 07 de marzo de 2025, certifica que los bienes que se relacionan a continuación se encuentran en estado regular y fuera de uso, por ende, son susceptibles de enajenación a título gratuito por parte de la Universidad de Nariño:
DETALLE | CANTIDAD | LUGAR |
---|---|---|
MUEBLE CONSOLA | 1 | TOROBAJO |
PUESTO UNIPERSONAL DE ESTUDIANTE | 30 | TOROBAJO |
SILLA METALICA AZUL | 6 | TOROBAJO |
SILLON ERGONOMICO | 1 | TOROBAJO |
ARCHIVADOR | 2 | TOROBAJO |
CALCULADORA | 3 | TOROBAJO |
ESCRITORIO TIPO SECRETARIA | 13 | TOROBAJO |
PERFORADORA | 1 | TOROBAJO |
ARCHIVADOR EN MADERA | 1 | TOROBAJO |
ARCHIVADOR2 FLOTANTE | 2 | TOROBAJO |
BANCO MEDIANO EN MADERA | 2 | TOROBAJO |
BIBLIOTECA METALICA | 1 | TOROBAJO |
BIBLIOTECA | 6 | TOROBAJO |
CARTELERA | 1 | TOROBAJO |
ESCRITORIO METALICO | 8 | TOROBAJO |
ESTANTES EN MADERA | 2 | TOROBAJO |
LIBRERO EN MADERA | 1 | TOROBAJO |
MESAS | 21 | TOROBAJO |
VITRINA METALICA | 1 | TOROBAJO |
MUEBLE EN FORMICA | 4 | TOROBAJO |
PUFF COLOR BEIGE | 1 | TOROBAJO |
SILLA GIRATORIA | 48 | TOROBAJO |
SILLAS UNIVERSITARIA | 263 | TOROBAJO |
MESAS PARA ARQUITECTURA | 49 | TOROBAJO |
TOTAL | 468 |
DETALLE | CANTIDAD | LUGAR |
---|---|---|
ARCHIVADOR METALICO | 3 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
MESA EN PANDALA COLOR | 27 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
ESCRITORIO | 4 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
ARCHIVADOR EN MADERA | 1 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
MIUEBLE | 1 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
CARTELERA | 1 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
SILLAS | 67 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
ESTACION DE TRABAJO | 1 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
BIBLIOTECA | 1 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
MESA DE TENIS | 1 | TUMACO-SEDE CIUDADELA |
TOTAL | 107 |
Que la Rectora de la Universidad de Nariño, en estricto cumplimiento de la normatividad vigente, autoriza la enajenación a título gratuito de bienes muebles de propiedad de la institución, los cuales, han sido dados de baja por la oficina de Almacén.
Que las entidades estatales de cualquier orden que estén interesadas en la adquisición de estos bienes muebles deberán manifestar por escrito su voluntad, justificando las razones y las necesidades que se buscan satisfacer. En caso de que ninguna entidad exprese su interés dentro del plazo establecido por la ley, la Universidad de Nariño procederá con la enajenación mediante oferta directa.
Que la Resolución No. 0312 de marzo 14 de 2022, establecen las acciones pertinentes para la rentabilidad económica y social de los bienes muebles improductivos en la Universidad de Nariño
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
PÚBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dada en San Juan de Pasto, a los doce (12) días del mes de marzo de 2025.
Original Firmado
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Rectora