
CIRCULAR 008
(10 de febrero de 2026)
DE:
Dirección de Talento Humano
PARA:
Jefes de Unidades Académicas y Administrativas que tenga a su cargo personal de libre nombramiento, trabajadores oficiales y de carrera administrativa
ASUNTO:
Evaluación de desempeño 2025B periodo julio-diciembre de 2025
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004 y al Decreto 1083 del 2015 y con el objetivo de continuar aplicando los procedimientos en pro del mejoramiento continuo de la institución acorde al Plan de Desarrollo Institucional; se informa que el sistema de evaluación de desempeño laboral para el semestre B2025 (periodo julio-diciembre de 2025) estará disponible a partir del 10 de febrero al 28 de febrero de 2026.
En este sentido cabe aclarar que, la aplicación de la Evaluación de Desempeño es a los servidores públicos solo de carrera administrativa, trabajadores oficiales, libre nombramiento y remoción, adscritos al área administrativa de la Universidad de Nariño, permitirá además de lo mencionado, la adopción de decisiones administrativas referidas a la permanencia, proyección, retiro, motivación, capacitación y desarrollo de competencias en los servidores públicos.
Para cumplir este objetivo, es necesario que cada líder de proceso, director o jefe de dependencia, evalúe la totalidad de los funcionarios de carrera que se encuentren a su cargo de manera objetiva, en concordancia con el desempeño real de cada funcionario y en cumplimiento de competencias, habilidades, metas, objetivos y compromisos adquiridos.
Para llevar a cabo este proceso acceda a la plataforma institucional SAPIENS con su usuario y contraseña, en caso de tener inconvenientes, debe informar a la Sección de Sistemas de Información al correo ci@udenar.edu.co o al teléfono 6027244309 Ext. 1100.
La evaluación debe realizarse únicamente a través del aplicativo correspondiente y deben guardar el reporte en formato digital y enviarlo al correo recursoscalidad@udenar.edu.co evitando imprimir para evitar un gasto innecesario de papel.
Por último, la responsabilidad del evaluador es INDELEGABLE y el establecimiento de compromisos debe hacerse de manera concertada con el funcionario evaluado. Agradecemos su colaboración en la aplicación oportuna de este procedimiento.
NOTA: Desde la Sección de Contabilidad se informa que para la reducción de la base gravable de los pagos que se realizan por medio de Orden de Pago Individual por concepto de servicios docentes prestados por los profesores vinculados a la Universidad en los programas de postgrado, escuelas y convenios, es necesario que la documentación que se describe en esta circular sea anexada en cada orden de pago tramitada según el tipo de vinculación de cada docente, por cuanto el Sistema Financiero de la Universidad no permite el cargue y consulta permanente de estos documentos. Se advierte que la reducción en la base gravable solo se aplicará por cada orden de pago que acredite en su documentación uno o varios de los requisitos contenidos en la presente circular. Dichos requisitos se recibirán de forma presencial, en la Sección de Talento Humano; desde el 15 de febrero hasta el día 15 de marzo de 2026.
Atentamente:
Cordialmente,
Original Firmado
ELIZABETH CABRERA RAMOS
DIRECTORA DE TALENTO HUMANO
UNIVERSIDAD DE NARIÑO




