
RESOLUCIÓN No. 2211
(01 DE SEPTIEMBRE DE 2026)
Por la cual se adopta el reglamento de garantías y transparencia electoral para adelantar el proceso de convocatoria y elección del representante de docentes tiempo completo ante al Comité de Asignación de Puntaje de la Universidad de Nariño por Área de Artes, Ciencias Humanas y Sociales.
EL RECTOR (E) DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CO N S I D E R A N D O
Que, a partir de los principios de la Constitución Política de Colombia, consignados en el Artículo 1, respeto a la participación democrática, así como el Artículo 40 que garantiza el derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político a través del derecho a elegir y ser elegido.
Que en el Acuerdo No. 080 del 23 de diciembre de 2019, Estatuto General de la Universidad de Nariño, numeral 13, artículo 26, establece como una de las funciones del Rector: “Convocar las elecciones de cargos directivos y de representantes a los cuerpos colegiados sujetos a elección”.
Que mediante Acuerdo 102 de 2002 del Consejo Superior de la Universidad de Nariño, Artículo 1º. Se crea el Comité de Asignación de Puntaje (CAP), el cual estará integrado de la siguiente forma: El Vicerrector Académico quien lo presidirá, el Asesor de Desarrollo Académico de la Vicerrectoría Académica, el Director del Sistema de Investigaciones, dos (2) Decanos (uno por el área de ciencias naturales y uno por el área de ciencias humanas designados por el Consejo Académico y dos (2) profesores que ostenten la categoría de Asociado o Titular, (uno por el Área de Ciencias Naturales, Exactas y Técnicas y uno por el Área de Artes, Ciencias Humanas y Sociales), elegidos por los docentes para un período de tres años.
Que mediante Resolución Rectoral No. 0535 de 12 de marzo de 2024, se designó al Profesor ORLANDO MORILLO, cómo representante profesoral del Área de Artes, Ciencias Humanas y Sociales.
Que el Profesor ORLANDO MORILLO SANTACRUZ, representante de los docentes del Área de Artes, Ciencias Humanas y Sociales, presentó renuncia a dicha representación, por lo anterior es necesario suplir la vacancia en el Comité de Asignación de Puntaje.
Que mediante Resolución No. 0266 de 2025, se adoptó el reglamento de garantías y transparencia electoral para adelantar el proceso de convocatoria y elección de los representantes de docentes tiempo completo ante al Comité de Asignación de Puntaje de la Universidad de Nariño (uno por el Área de Ciencias Naturales, Exactas y Técnicas, y uno por el Área de Artes, Ciencias Humanas y Sociales).
Que, en el anterior proceso electoral, por el Área de Artes, Ciencias Humanas y Sociales, se presentó un solo candidato, y como resultado ganó el voto en blanco, por tanto, es necesario realizar nuevamente la convocatoria y elección para esta área.
Que, atendiendo a que los últimos procesos democráticos que se han llevado a cabo a través de las herramientas informáticas, que han dado como resultado mayor participación de votantes, se considera que con ello se cumple con el propósito de la protección del medio ambiente y, por lo tanto, se toma ésta alternativa garantizar el cabal cumplimiento de los principios constitucionales fundamentales y el cumplimiento de la norma interna con relación al derecho al voto, continuando con su aplicación.
Que, así las cosas, es necesario adoptar el proceso de elección utilizando la plataforma que la Universidad disponga para la escogencia del representante docente ante Comité de Asignación de Puntaje.
Que en virtud de lo anterior resuelve;
…
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Pasto, al primer día (1) del mes de septiembre de 2026.
ORIGINAL FIRMADO
GIRALDO JAVIER GOMEZ GUERRA
Rector (E) Universidad de Nariño




