
RESOLUCIÓN No. 2364
(11 DE SEPTIEMBRE DE 2026)
Por la cual se modifica la Resolución 2146 de 25 de agosto, modificada por la Resolución 2253 de 2 de septiembre de 2026
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo No. 080 del 23 de diciembre de 2019 del Consejo Superior, se expidió el Estatuto General de la Universidad de Nariño, el cual en su ARTÍCULO 141 establece: “Periodo de Transición. Mientras se promulgan los Estatutos relacionados en los artículos anteriores y se reglamentan por parte del Consejo Superior, el Consejo Académico, la rectoría y las vicerrectorías, según sea el caso, las funciones de los cargos contemplados en este Estatuto, seguirán vigentes los estatutos y demás normas internas actuales”
Que mediante Resolución 010 de 24 de octubre de 2024 emanada del Honorable Consejo Superior de la Universidad de Nariño se designa a la Doctora MARTHA SOFÍA GONZALEZ INSUASTI, como rectora de la Universidad de Nariño, para el periodo de 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2028.
Que mediante Resolución Rectoral No. 004 de 1 de enero de 2025, se designa al Doctor ALVARO JAVIER BURGOS ARCOS como Vicerrector de Investigación e Interacción Social de la Universidad de Nariño.
Que mediante Resolución 2146 de 25 de agosto de 2026, se reglamentó el proceso de organización, convocatoria y elección de un Representante profesoral del área de las Artes, de las Ciencias Sociales y Humanas ante el Comité de Ética en Investigación de la Universidad de Nariño, con el fin de asegurar que éstas sean la expresión libre, espontánea y auténtica de los estamentos convocados, buscando garantizar la sana controversia ideológica, académica y argumentativa entre los candidatos.
Que mediante Resolución rectoral 2253 de 2 de septiembre de 2026 se modificaron los artículos 3, 4, 6, 9, 11, 13, 19 de la resolución 2146 de 25 de agosto de 2026.
Que, en reunión del Comité Electoral realizada el 11 de septiembre de 2026, una vez vencidos los términos establecidos en el cronograma electoral, se verificó que no se presentaron reclamaciones respecto de los listados de docentes habilitados para participar en el proceso y, asimismo, se constató que no se registraron inscripciones de aspirantes para ocupar la representación profesoral del área de las Artes, las Ciencias Sociales y Humanas ante el Comité de Ética en Investigación, circunstancia que imposibilita continuar con las etapas subsiguientes del proceso electoral en las condiciones inicialmente previstas en la Resolución No. 2146 de 25 de agosto de 2026, modificada mediante Resolución Rectoral No. 2253 de 2 de septiembre de 2026. Esta última estableció el cronograma y las etapas correspondientes a la inscripción de aspirantes, reclamaciones, publicación definitiva y posterior votación.
Que, de conformidad con el artículo 7 del Acuerdo No. 001 del 18 de enero de 2022, los representantes del área de las Artes, las Ciencias Sociales y Humanas ante el Comité de Ética en Investigación deben ser designados mediante votación directa de sus homólogos y, ante la ausencia definitiva de alguno de los representantes, debe adelantarse de manera inmediata un nuevo proceso de designación conforme al mecanismo establecido; en consecuencia, al no existir aspirantes inscritos que permitan continuar válidamente con la elección, se hace necesario modificar nuevamente el cronograma del proceso, con el propósito de habilitar un nuevo término para la inscripción de candidatos y garantizar la efectiva provisión de la representación profesoral, en observancia de los principios de participación, pluralismo, democracia y transparencia que orientan el funcionamiento del Comité de Ética en Investigación.
Que en virtud de lo anterior;
R E S U E L V E:
…
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Pasto, a los once (11) días del mes de septiembre de 2026.
ORIGINAL FIRMADO
MARTHA SOFIA GONZALEZ INSUASTI
Rectora Universidad de Nariño




