UNIVERSIDAD DE NARIÑO
CONTROL INTERNO DE GESTIÓN
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
CIRCULAR No. 005
DE:
OFICINA DE CONTROL INTERNO DE GESTIÓN, COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PARA:
PERSONAL QUE REALIZA PROCESOS DE MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS EN CAFETERÍAS Y PUNTOS DE VENTA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO INCLUIDAS SUS EXTENSIONES.
FECHA:
MARZO (30) DE DOS MIL DIECISIETE (2017).
ASUNTO:
ATENCIÓN Y ESTRICTO CUMPLIMIENTO A NORMATIVIDAD APLICABLE EXTERNA E INTERNA EN LA MATERIA Y OBSERVANCIA DEL “MANUAL PARA MANIPULADORES DE ALIMENTOS”.
La Oficina de Control Interno de Gestión en cumplimiento de su misión institucional y en atención a su carácter preventivo conjuntamente con la Coordinación de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad de Nariño; se permite solicitar al: PERSONAL QUE REALIZA PROCESOS DE MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS EN CAFETERÍAS Y PUNTOS DE VENTA DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO INCLUIDAS SUS EXTENSIONES, estricta observancia a la Resolución 2674 de 2013, Normas Internacionales (Reglamento Sanitario de la OMS 2005), y demás normativas nacionales e institucionales reglamentarías SOBRE MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS.
En el mismo sentido, respetuosamente se exige a todo el personal que manipula alimentos en las cafeterías y puntos de venta de la Universidad de Nariño, cumplir con los requisitos y recomendaciones establecidas en el adjunto a este comunicado denominado “MANUAL PARA MANIPULADORES DE ALIMENTOS” el cual se encuentra en Versión 01, lo anterior en procura de evitar eventos y situaciones que pongan en riesgo la salud de la comunidad universitaria en general y evitar así servicios o productos no conformes.
Para terminar, se informa que las oficinas y/o personas competentes entre las cuales se encuentran los supervisores de los contratos, realizarán periódicamente el seguimiento respectivo para que todas las actividades y las disposiciones normativas que rigen el cumplimiento de procedimientos y requisitos de manipulación adecuada de alimentos se cumplan a cabalidad, para lo cual se podrá desarrollar visitas en situ aleatorias y sin previo aviso, anotando que el no cumplimiento de las acciones señaladas son causales de las sanciones estipuladas por los entes de control.
Atentamente,
MARIA ANGELICA INSUASTY CUELLAR
Jefa Oficina Control Interno de Gestión
NASLY ANABEL OJEDA ERASO
Coordinadora Seguridad y Salud en el
Trabajo Lic. 2431 I.D.S.N