UNIVERSIDAD DE NARIÑO
CONSEJO SUPERIOR
ACUERDO No. 047
(3 de junio de 2020)
Por el cual se suspende transitoriamente el régimen sancionatorio dispuesto en el estatuto estudiantil por reprobación de materias, núcleo problémico o curso, en los programas de pregrado.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
en uso de sus atribuciones estatutarias y reglamentarias, y
CONSIDERANDO
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO:
Como medida excepcional, transitoria y por única vez, mientras dure la contingencia por la pandemia COVID-19, suspender el régimen sancionatorio dispuesto en el estatuto estudiantil por reprobación de materias, núcleo problémico o curso, contenidas en los Arts. 84 (modificado por el Acuerdo 051 de junio de 2003); 85 (modificado por el Acuerdo 046 de 2000); 86 (modificado por el Acuerdo 065 de marzo de 2003 y 021 de marzo de 2003) y 87 del Estatuto Estudiantil de Pregrado de la Universidad de Nariño, por las razones expuestas en los considerandos del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEGUNDO:
OCARA, Vicerrectoría Académica, Centro de Informática, Jurídica, Facultades, Departamentos, anotarán lo de su cargo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en San Juan de Pasto, a los 3 días del mes de junio de 2020.
Original Firmado
CARLOS EMILIO CHAVES MORA
Presidente
Original Firmado
JAIME HERNÁN CABRERA ERASO
Secretario General